Emergencia sanitaria hasta el 31 de julio

Región 19 de junio de 2021 Por REDACCION
SUNCHALES
FOTO PRENSA CONCEJO// SESION. Horacio Bertoglio y Soledad Mendoza durante el encuentro de la víspera.
FOTO PRENSA CONCEJO// SESION. Horacio Bertoglio y Soledad Mendoza durante el encuentro de la víspera.

SUNCHALES (De nuestra Agencia). - Ayer por la mañana el Concejo Municipal llevó a cabo una sesión de modo virtual, con la presencia en el recinto de deliberaciones del presidente, Horacio Bertoglio y la secretaria, Soledad Mendoza.
En la oportunidad y en el comienzo del del encuentro, en las habituales manifestaciones la concejal  Luciana  Paredes criticó los sucesos registrados en Salta el pasado jueves, acciones que  calificó de dolorosas y faltas de ética.
Por su parte Oscar Trinchieri señaló los hechos vandálicos registrados en los últimos días  que tuvo como epicentro propiedades del Club Deportivo Libertad y en  los que fueron sustraídos muchos metros de cables.
Fue aprobada el acta del encuentro anterior y fue ofrecido el informe de la presidencia, acto seguido por Secretaría se dio lectura a diversas notas remitidas al Cuerpo Legislativo local y se inició la consideración del Orden del Día.
Entre los proyectos aprobados sobresale el visto bueno al proyecto presentado por el Ejecutivo, por medio del cual se prorrogó el estado de emergencia sanitaria hasta el día 31 de julio de 2021, en el marco de la pandemia por Covid-19, a continuación difundimos el texto proporcionado por el área prensa del Concejo.
Además, la Ordenanza crea el Programa Especial de Asistencia a Sectores Económicos más afectados, como consecuencia de las restricciones establecidas. El Departamento Ejecutivo deberá informar al Cuerpo Legislativo, de manera mensual, el grado de ejecución y la readecuación de las partidas afectadas.
Se dispuso que cumplimentado el Programa y dentro de los 30 días posteriores, también deberá enviarse al Concejo un informe de la cantidad de beneficiarios por actividad económica y monto total asignado. Asimismo deberá detallarse la cantidad por rubro de solicitudes rechazadas, indicando los motivos.

Bases y condiciones del Programa según anexo aprobado

Alcance

Establece una asistencia económica no reembolsable para todos los titulares de unidades económicas (establecimientos, locales y servicios) con asiento en la ciudad de Sunchales, correspondiente a los rubros que se detallan a continuación:

a. Gimnasios;

b. Centros de pilates y yoga;

c. Piletas climatizadas;

d. Escuelas de artes marciales;

e. Canchas de fútbol 5 y Pádel;

f. Salas de baile, danzas y otras expresiones artísticas;

g. Salones de juegos infantiles, juegos y servicios infantiles al aire libre;

h. Salones privados de eventos;

i. Transportes escolares;

j. Talleres y academias culturales y artísticas;

k. Hoteles, residenciales y alojamientos;

l. Sonido e iluminación, fotógrafos, alquiler de mobiliario para eventos, decoradores de fiestas;

m. Bares y Restaurantes (que no tengan local propio);

n. Servicios gastronómicos para eventos.



Requisitos

Dispone que la asistencia económica sea otorgada a los titulares de las unidades económicas de los rubros antes descriptos que reúnan los siguientes requisitos:

1. Registrar pago del período mensual de Derecho de Registro e Inspección (DREI) diciembre 2019, y;

2. Desarrollar actualmente la actividad económica.

El Departamento Ejecutivo Municipal estará facultado para contemplar como supuestos especiales, aquellos casos de actividades arriba descriptas que si bien no se encuentran actualmente en actividad como consecuencia de haber sido afectada por la pandemia Covid-19, demuestren un compromiso mediante una declaración jurada de reiniciar la misma en el marco del presente Programa. Estas incorporaciones las deberá evaluar la comisión creada por el Decreto Nº 3044/2021, Artículo 5º (Comisión DREI) con el procedimiento allí fijado.
No pueden ser beneficiarios/as del presente Programa el personal del Gabinete (funcionarios) del Departamento Ejecutivo Municipal, ni Concejales.



Montos

Determina la escala de montos en conceptos de asistencia económica no reembolsable que serán otorgados a los titulares de unidades económicas correspondiente a los rubros arriba individualizados, en la medida que cumplimenten con los requisitos que establezca el Programa, a saber:

1. A los Monotributistas Categorías A, B, C y social: $ 50.000,00

2. A los Monotributistas Categorías D, E, y F: $ 60.000,00

3. A los Monotributistas Categorías G, H, I, J y K: $ 70.000,00

4. A los Responsables Inscriptos, y Exentos $ 100.000,00.

En todos los casos, la categoría será el elemento para determinar el monto a abonar. La asistencia económica brindada en el marco del presente programa será otorgada por única vez y bajo la modalidad de dos cuotas iguales, mensuales y consecutivas.



Formulario de solicitud. Declaración Jurada

Dispone que para acceder al beneficio cada solicitante deberá completar y presentar, a modo de Declaración Jurada, el formulario de solicitud creado a tal fin.



Plazo límite de presentación de solicitudes

28 de junio de 2021



Control y notificaciones

La aprobación de las solicitudes se realizará luego de la validación de los datos y de la comprobación de los requisitos exigidos, por parte de la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas. La confirmación de la aprobación o rechazo del trámite de solicitud, se realizará por vía mail a la casilla de correo electrónico informada en el formulario. En el primer caso, se determinará en su contenido el monto asignado de acuerdo a la escala de asistencia económica.

REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
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