Google: mujeres en acto sexual y consumo de droga

Información General 29 de febrero de 2020 Por REDACCION
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BUENOS AIRES, 29 (NA). - La Fiscalía en lo Contencioso Administrativo Federal N° 6, ordenó eliminar del buscador de Google toda información que vincule a una joven con actos sexuales y consumos de drogas.
Con este fallo, la Justicia dictaminó a favor de la acción de habeas data iniciada por una estudiante universitaria contra la firma Google Inc., para que elimine de los resultados de su buscador toda información que la vincule con actos sexuales y consumos de drogas.
Además, el dictamen del fiscal Miguel A. Gilligan cuestiona el desentendimiento que argumenta la empresa al rechazar la demanda, y destaca la responsabilidad que tiene sobre el propio listado de resultados de sitios web en donde aparece una descripción resumida que confronta y lesiona el derecho al honor de la damnificada.
En su presentación ante el Juzgado N° 11, la Fiscalía cuenta que la damnificada había intimado mediante carta documento a Google Inc., para que suprimiese de sus archivos o bancos de datos las difamaciones que aparecían sobre ella, cada vez que ponía su nombre en el buscador.
Por más que la información proviniese de un sitio web anónimo y con nombre ficticio, la denunciante los intimó para que, como intermediarios, bloquearan las URLS de los sitios que la relacionan a ella con fiestas sexuales y con el consumo de estupefacientes.
UN RECHAZO
Sin embargo, la empresa rechazó el pedido argumentando que son acciones que le corresponden a los titulares del sitio, y que la actividad de los motores de búsqueda goza de protección constitucional.
Fue así como la mujer inició una acción de habeas data, y el fiscal Gilligan explicó que en el caso "se encuentran en conflicto, por un lado, la libertad de expresión e información y, por el otro, el derecho al honor y a la imagen". .
El fiscal consideró que aunque los "motores de búsqueda" no tienen la obligación de monitorear los contenidos que se suben a la red, hay casos en los que pueden responder civilmente por un contenido ajeno y del que tengan pleno conocimiento de su ilicitud.
Además, el fiscal aseguró que se torna procedente la acción de habeas data, ya que "en el listado de resultados de búsqueda obtenido con el nombre de la actora surge -junto a una URLs-, una descripción resumida (snippet) en la que se leen expresiones ofensivas hacia la actora".

REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
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