Reglamentan cambios en derechos de exportación

Locales 28 de enero de 2020 Por REDACCION
Alcanza a los servicios, con alícuota de 5%.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó ayer cambios en los derechos de exportación sobre los servicios con una alícuota del 5 por ciento. A través de la Resolución General 4666/2020, se modificó lo dispuesto por la Resolución General N° 4.400, que hasta el momento tenía vigencia.
El artículo 52 de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva estableció que las alícuotas de los derechos de exportación para bienes industriales y para servicios no podrán superar el 5% del valor imponible o del precio oficial FOB.
"Resulta oportuno efectuar determinadas precisiones respecto del cálculo del monto anual de las exportaciones de prestaciones de servicios a que se refiere el artículo 4° del Decreto N° 1.201/18 y su modificatorio", dice la medida.
Ahora, según el artículo cuarto de la nueva medida, el derecho de exportación se determinará en dólares estadounidenses aplicando la alícuota del 5% sobre el importe que surja de la factura electrónica clase "E" emitida por la operación de exportación de servicios, ajustado por las notas de crédito y/o débito asociadas.
Para su conversión en pesos al momento de su ingreso, se deberá utilizar el tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina vigente al cierre del día hábil cambiario anterior a la fecha del pago del derecho de exportación".
Para determinar el universo de contribuyentes que se encontrarán alcanzados por el beneficio previsto en el último párrafo del artículo 4° del Decreto N° 1.201/18 y su modificatorio, se tomarán las facturas electrónicas clase "E" por exportaciones de prestaciones de servicios emitidas durante el año calendario inmediato anterior al de la fecha de la declaración jurada F. 1318 de cada período mensual, así como los comprobantes asociados a dichas facturas.".
A los fines previstos por el artículo 10 de la Resolución General N° 4.400, para el cálculo del monto de los servicios exportados por el año calendario de 2019, las notas de débito y crédito emitidas durante el mes de enero de ese año que no se encuentren asociadas a comprobantes electrónicos clase "E" por exportaciones de prestaciones de servicios, serán afectadas al período correspondiente al mes de enero de 2019.

REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
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