Calvo con instituciones educativas de Rafaela

Locales 22 de octubre de 2020 Por REDACCION
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FOTO PRENSA CALVO ENCUENTRO. El senador Calvo junto a representantes de las escuelas.
FOTO PRENSA CALVO ENCUENTRO. El senador Calvo junto a representantes de las escuelas.

El senador provincial Alcides Calvo se reunió con directoras de instituciones educativas de la ciudad de Rafaela con el fin de entregar aportes económicos de la Cámara de Senadores, como así también evaluar la situación educativa en materia pedagógica y de infraestructura necesaria para la educación, con el acompañamiento además del Gobierno Provincial en materia de recursos para el inicio de las actividades educativas en el actual contexto de pandemia.
Estuvieron presentes en el encuentro representantes de la Escuela N° 1361 “Ángela Peralta Pino”; también de la Escuela N° 482 “Manuel Belgrano” y Escuela N° 1287 “Juan Domingo Perón”; junto a personal directivo y de la Asociación Cooperadora de la Escuela N° 1304 “Vicente López y Planes”.
Los recursos económicos que entregó el senador Calvo se utilizarán en el marco de las labores de reparación de la infraestructura escolar para cuando se disponga el regreso a clases presenciales, que consisten en la realización de diversas tareas de mantenimiento y reparación de los edificios educativos.
Acompañamiento al Congreso Internacional de Desarrollo Territorial: En el marco del encuentro con instituciones educativas de la ciudad, también se hicieron presentes representantes de la Universidad Tecnológica Nacional- Facultad Regional Rafaela, quienes, junto a la Red de Universidades en Desarrollo Territorial, organizaron el II° Congreso Internacional de Desarrollo Territorial. En este sentido, el senador Calvo brindó su acompañamiento para solventar gastos de la gestión de este importante evento.

MEDIA SANCIÓN PARA
MODIFICAR LA LEY 5.110 
Por otra parte, la Cámara de Senadores de la Provincia dio media sanción al Proyecto de Ley de autoría de Calvo, con el acompañamiento del senador Rodrigo Borla (UCR-San Justo), por medio del cual se propician modificaciones a la ley 5.110 con el fin de adecuar el articulado a los tiempos que corren para acercar más beneficiarios al sistema.
En la actualidad el estado provincial, a través de la Caja de Pensiones Sociales Ley 5.110 brinda a los santafesinos un beneficio, de origen no contributivo, en el que no es necesario haber efectuado aportes previos para recibirlo. Este beneficio alcanza a las personas de la tercera edad, a aquellas imposibilitadas en forma permanente a desarrollar tareas que le permitan generar los recursos mínimos para su sustento y no tengan acceso a una jubilación, y a madres menores que por diversos motivos hayan quedado desamparados y como consecuencia se encuentren en situación de alta vulnerabilidad económica social, ya sea de indigencia o pobreza.
Expresa el senador Calvo que “toda persona tiene derecho a la provisión de los medios adecuados a sus necesidades básicas (Alimento, salud, educación) de vida si estuviese impedida de trabajar y careciese de los recursos indispensables, por lo que el proyecto aprobado busca responder a la vulnerabilidad social”.
Entre las modificaciones más importantes al texto actual de la ley 5.110 podemos citar que se incorpora el término beneficio no contributivo en lugar de pensión, y se introduce el concepto de “vulnerabilidad social”, como la diversidad de situaciones intermedias y al proceso por el cual se está en riesgo de engrosar el espacio de exclusión. Para ello establece la diferencia entre vulnerabilidad y pobreza.
En cuanto a la edad para acceder al beneficio por ancianidad la misma se establece en 60 años, tanto para hombres como para mujeres y no se requiere antigüedad de residencia para el nativo y solo 2 años para el no nativo. También permite que el beneficiario posea otro ingreso, pero la suma de este más la pensión no debe superar el monto de la pensión mínima que abona la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, en la actualidad el que goza de una pensión no contributiva nacional no puede acceder a una pensión ley 5.110, aunque su ingreso le resulta insuficiente para satisfacer sus más mínimas necesidades.
Otra modificación importante es que la persona para acceder a la pensión debe tener un 66% de invalidez (porcentaje que se exige a nivel nacional para acceder a las pensiones no contributivas) y que en la actualidad es del 75%. Asimismo, se establece en el proyecto de ley que, si no se cumplen los requisitos de edad o discapacidad, pueden acceder al beneficio si tienen 55 años y una discapacidad del 40%, percibiendo el 80% de pensión hasta que cumplan los requisitos generales.
También se propone el beneficio para los menores de 18 años (en lugar de los 16 años de hoy), extendiendo la asistencia a mayores de 18 y hasta 25 años si se hallan cursando estudios formales o de formación laboral.
Cabe destacar que en la Comisión de Presupuesto y Hacienda que preside el senador Calvo se incorporaron como beneficiarios a las personas trasplantadas o en lista de espera, a las personas trans y a las personas víctimas de violencia de género (En este caso con un beneficio temporal renovable), a instancia de las autoridades de la Caja Ley 5110, de la Secretaría de Estado de Igualdad y Género de la Provincia y .de la Dirección Provincial del CUDAIO.



REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
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