Con la nueva ley, la Corte prepara un nuevo fallo

Nacionales 13 de mayo de 2017 Por REDACCION
Es sobre los casos que aún tienen trámite por la aplicación del beneficio en condenas por delitos de lesa humanidad.
FOTO ARCHIVO NA CORTE. La semana próxima dará a conocer una nueva resolución.
CORTE. La semana próxima dará a conocer una nueva resolución.- Foto Archivo NA

BUENOS AIRES, 13 (NA). - La Corte Suprema de Justicia anunció ayer que dará a conocer una nueva resolución sobre los casos que aún tiene en trámite por la aplicación del cómputo del 2x1 en las condenas por delitos de lesa humanidad, a partir de la nueva ley sancionada por el Congreso de la Nación.

En un breve comunicado, el máximo tribunal informó que instruyó a la Secretaría del Tribunal a que "reúna los expedientes" en trámite y que en la semana próxima "se procederá a correr vista a las partes, por el plazo de diez días, para que se expresen sobre la aplicación de la ley 27.362", esto es la norma aprobada en tiempo récord esta semana por ambas Cámaras del Congreso.

La Corte se pronunció de esta forma luego de que el presidente Mauricio Macri promulgara este viernes, mediante el decreto 329/2017, la ley aprobada por el Congreso en tiempo récord entre el martes y el miércoles últimos, que excluye a represores del beneficio del 2x1 en la aplicación del cómputo de prisión preventiva. La ley 27.362 establece que el cálculo del 2x1 "no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional".
La norma determina también que el cómputo de penas de 2x1 "será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación de aquella ley", es decir entre 1994 y 2001.

El Congreso también determinó que esa limitación en la aplicación del 2x1 "será aplicable aún a las causas en trámite", para evitar que quienes no tienen aún condena firme se beneficien con el fallo testigo del caso Luis Muiña, abordado por el máximo tribunal la semana pasada.

Horas antes del comunicado de la Corte, el juez federal Ariel Lijo se apoyó en la ley aprobada por el Congreso al rechazar el planteo de la defensa de Walter Carmen Roldán, condenado a 23 años de prisión por crímenes de lesa humanidad, para que se le aplicara el cómputo del 2x1.

El magistrado a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 4, desestimó el planteo al señalar que debe cumplirse el cómputo de la pena establecido y que el vencimiento de esa condena será el 11 de julio de 2015, al tiempo que ofreció un criterio distinto al que tuvo el máximo tribunal en el caso de Luis Muiña, a quien le otorgó el beneficio.

En su sentencia, Lijo sostuvo que cuando "el delito comienza con la privación ilegítima de la libertad de determinadas personas y se mantiene, mientras se ignore el paradero o destino de la víctima, no se encuentra presente la situación inicial que el propio artículo 2 del Código Penal establece como condición necesaria para la aplicación de la ley más benigna".

El fallo dividido con el que la Corte Suprema le otorgó a Muiña el beneficio del 2x1 se apoyó precisamente en ese artículo del Código Penal, el cual indica que "si la ley vigente al tiempo de cometerse el delito fuere distinta de la que exista al pronunciarse el fallo o en el tiempo intermedio, se aplicará siempre la más benigna".

Lijo, en cambio, sostuvo que como "el delito se cometió previo" a la entrada en vigencia de la ley del 2x1, en 1994, "pero continuó cometiéndose durante su vigencia, como así también, posteriormente a su derogación" en 2001, no se dan las condiciones que plantea el artículo 2 del Código Penal, sobre la ley más benigna.

"En estos casos la ley vigente al momento de comisión del hecho no resulta diferente de aquella existente al momento del dictado de la sentencia, como así tampoco, de alguna intermedia.

Por el contrario, la ley vigente al momento de dictarse la condena fue la misma que regía en un tramo de la comisión del hecho juzgado; razón por la que no se encuentra presente la condición necesaria explícitamente estipulada por el artículo 2 del Código Penal", explicó el juez.

Luego, el magistrado sostuvo que "aun cuando no se comparta" la interpretación de su fallo, se destaca que "en el día de la fecha se promulgó la ley interpretativa 27.362", que indica que los efectos de la ley 24.390, conocida como "ley del 2x1", no son aplicables a delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra.

Por otra parte, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación también se opuso este viernes por vía judicial al pedido de aplicación del beneficio del 2x1 solicitado por tres condenados por delitos de lesa humanidad, en causas tramitadas en tribunales de La Plata. Se trata de Claudio Raúl Grande, Raúl Ricardo Espinoza y Rufino Batalla, quienes fueron personal civil de inteligencia del Destacamento 101 del Ejército Argentino durante la última dictadura y fueron condenados el 24 de octubre de 2014 a 13 años de prisión por la comisión de delitos de lesa humanidad.

"La Secretaría habla por sus actos y ratifica su posición sobre la aberración que representa el 2x1, porque no debe haber atajos en el cumplimiento de una condena", sostuvo el secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj. Además, la cartera que conduce Avruj destacó que en otra causa por delitos similares, el Tribunal Oral Federal de Tucumán declaró la inconstitucionalidad de la aplicación del 2x1 pedida por Carlos Trucco, tal como había solicitado la querella a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos.

La querella estimó que no se puede pretender la aplicación de la ley penal más benigna dado que no se encontraba vigente al momento que el imputado se encontraba privado de su libertad y se apoyó, además en la normativa internacional incorporada a la Constitución.

REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
Seguinos en Facebook y Twitter

Te puede interesar