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Policiales Miércoles 14 de Agosto de 2024

Prisión preventiva domiciliaria por 90 días al camionero que mató al motociclista en Salva y Ruta 34

El juez Stegmayer consideró que “el imputado pasó en rojo”; y que “si es conductor profesional tendría que haber contemplado que si no estaba en condiciones de manejar por su salud, no debería haber asumido el riesgo”.

Agrandar imagen En un tramo de la audiencia el fiscal Loyola, exhibió ante el juez Stegmayer y la defensa del imputado los videos donde se observaba la mecánica del accidente.
En un tramo de la audiencia el fiscal Loyola, exhibió ante el juez Stegmayer y la defensa del imputado los videos donde se observaba la mecánica del accidente. Crédito: FOTO LA OPINION

A partir de las 10 de la mañana de hoy, en la sala 2 de los tribunales penales de Rafaela, se llevó a cabo una audiencia de medidas cautelares a Héctor Rubén G. de 69 años, el camionero radicado en Añatuya (Santiago del Estero), quien tras protagonizar un fatal siniestro vial en la esquina de Ruta 34 y Av. Ernesto Salva el miércoles pasado, provocó el fallecimiento del motociclista rafaelino Guillermo Mastricchio, de 35 años.

Por este hecho al camionero Héctor Rubén G. le fue dictada prisión preventiva domiciliaria por el lapso de 90 días prorrogables en su domicilio de Añatuya, mientras continúa la investigación que puede desembocar probablemente en un juicio de procedimiento abreviado, o menos probable en un juicio oral.

Héctor G. se encuentra imputado por el delito calificado como “homicidio culposo agravado por conducción imprudente y antirreglamentaria”, el cual prevé una pena en expectativa que va del mínimo de 3 años al máximo de 6 años de prisión de efectivo cumplimiento, aunque por la edad del imputado -próximo a cumplir 70 años- y algunos padecimientos en su salud esa pena podría ser bajo la modalidad domiciliaria.

La calificación penal se ve agravada por conducir con “culpa temeraria” en calidad de autor.

La audiencia de medidas cautelares estuvo presidida por el juez de la investigación penal preparatoria (IPP) Dr. Nicolás Stegmayer, en tanto que el Ministerio Público de la Acusación (MPA) rafaelino estuvo representado por el fiscal Guillermo Loyola y la defensa técnica del imputado a cargo del abogado particular Gerardo Ordoñez. También se encontraba presente en la sala en calidad de representante de la Querella -la familia de la víctima- el Dr. Carlos Farías Demaldé.

 

Exposición del fiscal

Desde el minuto 1 el fiscal Guillermo Loyola solicitó al juez la prisión preventiva de Héctor G. fundamentando su pedido.

Entre las consideraciones expuestas, el fiscal Loyola hizo hincapié en los agravantes y sostuvo que, “hay una conducta violatoria del deber de cuidado por parte de Héctor G., que le produjo estas múltiples fracturas expuestas y lesiones de tal entidad que casi una hora posterior al hecho, le produjeron la muerte [a Mastricchio]. G. conducía de una manera imprudente, antirreglementaria, con culpa temeraria, también violando el deber de cuidado que tenía a su cargo y evidenciando un claro y notorio incremento del riesgo más allá de lo tolerado por la norma”, dijo Loyola.

Al momento de exponer las pruebas y evidencias con que cuenta, el Fiscal hizo hincapié en que, “es una esquina semaforizada, y eso también es una cuestión a tener en cuenta al momento de tomar la decisión y evaluar la conducta del imputado ya que tenía prohibido su avance”.

El fiscal resaltó además la calidad de conductor profesional del imputado: “Es un camionero y por el lugar en el que vive entiendo que es una ruta que es transitada por él mismo en forma continua. Al ser camionero es un conductor profesional, es decir, requiere un plus en todo lo que se le exige a cualquier conductor. Insisto, son profesionales de la conducción, requieren requisitos especiales, y se le debe exigir siempre el doble de cuidado, porque está manejando un camión con acoplado, un vehículo de grandes dimensiones”. El camión con acoplado circulaba con su carga completa de ladrillos.

Loyola señaló además que no hubo desperfectos mecánicos ni en el camión ni en el semáforo: “G. es un chofer de un camión con acoplado que cruza mientras el semáforo está en rojo. No se ha evidenciado ningún desperfecto mecánico que haya sido informado, no solamente del camión, sino tampoco del semáforo. Tampoco hay informes de desperfecto de los frenos”, indicó.

“La prohibición expresa de poder avanzar, de cruzarse al carril contrario, fue incluida justamente en los agravantes del delito de homicidio culposo y expresamente la culpa temeraria por el cruce justamente del semáforo en rojo”, continuó el Fiscal.

“El piso estaba seco, no había llovido, estaba limpio -eso se observa en las propias imágenes de la cámara que nos aporta el Centro de Monitoreo de la ciudad de Rafaela-, la visibilidad era buena, hay iluminación en ese cruce que permite la buena visibilidad, la señalización es clara y no hay huellas de frenada previa del camión. Es obvio que no frenó y siguió de largo. El imputado vio que el semáforo estaba en rojo”, recalcó el funcionario del MPA local.

Tras decir esto el Fiscal se acercó al estrado del juez Stegmayer junto al abogado defensor del imputado y les exhibió videos de la mecánica del accidente.

Luego Loyola explicó sus argumentos para solicitar la pena privativa de la libertad transitoria: que hay peligro de fuga del imputado por la pena en expectativa de entre 3 a 6 años de prisión de efectivo cumplimiento; que “la evidencia muestra la culpabilidad del imputado”, y que este al residir en Añatuya (Santiago del Estero), “es de extraña jurisdicción” por lo que se sustenta con mayor peso la necesidad de la prisión preventiva.

 

Declaración del imputado y su defensa

Posteriormente a la intervención del Fiscal, el imputado pidió hacer uso de la palabra, pero no responder preguntas.

Así dijo que, “No venía bien, estaba medio descompuesto por mis problemas de salud”. Agregó: “Cuando el semáforo se puso en rojo no recuerdo nada. Sentí un dolor fuerte en la pierna y en la espalda. Perdí la visión, no sé cuanto tiempo pasó, hasta que vi el camión incendiado. Tengo problemas de salud y estoy juntando la plata para operarme”, dijo el conductor profesional de 69 años.

Profundizando su declaración sobre sus padecimientos de salud, lo que luego sería retomado por su abogado en la estrategia defensiva, Héctor G. agregó que, “a veces se me nubla la vista. Se me acalambra todo el cuerpo y me sube la presión. Tengo dos stents y problemas del corazón. Me tenía que operar desde hace 15 días y finalmente no me pudieron hacer la operación de columna. Si me hubiese operado no estaría pasando por esto”, dijo el imputado en su defensa.

A lo anterior su abogado defensor añadió que, “el tratamiento por medicamentos, su señoría, no hace más efecto. Por eso el médico de cabecera, ante la falta de adopción positiva de los medicamentos, le indicó que no queda otro remedio más que la operación, operación que se pidió en marzo del 2024, se presentó en el PAMI, se pidieron todos los elementos y toda la situación de autorización se demoró y está pendiente”.

El defensor luego hizo alusión a la “inimputabilidad”: “La opinión del médico de cabecera está avalada por el médico particular y ambos coinciden”, dijo.

“Mi defendido -continuó- manifiesta que no se sintió bien, que cuando quiere doblar, quiere apretar el freno, se le paralizan las piernas, y le pudo ocurrir una falta de conciencia temporaria. Una persona de avanzada edad, con los medicamentos que tiene por el problema cardíaco, indefectiblemente puede ocurrir esa pérdida de conciencia momentánea. Entonces, estaríamos en un típico caso de inimputabilidad por el artículo 34, inciso 1, donde él, por una insuficiencia de sus facultades, no pudo dirigir sus acciones”, remató.

Finalmente el defensor pidió medidas alternativas a la prisión preventiva para su pupilo, y “el arresto domiciliario en Añatuya para poder realizarse la operación que necesita”.

 

 

Réplica del Fiscal

A lo anterior el fiscal Loyola replicó preguntándose: “Si G. sabe que le pasa todo eso, ¿por qué está manejando un camión?”.

Y en la misma línea agregó: “El camión viene circulando bien, dobla y va frenando hasta estacionar contra el cordón. Si hubiese perdido la conciencia no podría haber doblado la avenida y estacionar. No creo la versión de la defensa”, argumentó.

 

El hermano de la víctima

A continuación pidió hacer uso de la palabra -contemplado en la ley procesal penal de Santa Fe-, el hermano de la víctima, Leonardo Mastricchio, quien muy emocionado y sin vueltas dijo lo que sigue.

“Como familia, nos negamos rotundamente a cualquier excarcelación o cárcel en el domicilio. Segundo, la persona cuando hizo el testimonio, dijo que salió mal, con todas esas afecciones que tenía: 69 años, piernas adormecidas, pérdida de conocimiento, mal del corazón…

“Salió el día martes. El día miércoles mata a mi hermano. Se justifica [a si mismo] por una p… enfermedad para poder decir que él tiene problemas cardíacos. Si tenía tantos problemas, ¿por qué manejaba el camión?. ¿Cómo consiguió el carnet? Acaba de decir que trabaja en negro. El tipo consiguió un camión para manejar a los 69 años, que son cosas que no te dan el carnet de conducir profesional.

“Por lo tanto, la culpabilidad es extremadamente mayor a lo que ustedes están diciendo. El tipo estaba completamente consciente de sus limitaciones para poder manejar un camión de alto porte, potencialmente un arma mortal, como ocurrió. Va a volver a su pueblo, tiene hambre, va a salir de changas, va a conseguir otro camión y va a matar a otra persona”.

Y concluyó: “Por lo tanto, nos negamos rotundamente a cualquier cosa que no sea la cárcel. Y si tiene tanta hambre que en la cárcel lo atiendan. Muchas gracias”.

 

Resolución del juez Stegmayer

Finalmente el juez sopesó todo lo vertido en la audiencia por ambas partes y dijo que, “no hay huellas de frenada previa del camionero”, “no respetó la señalización”, “el imputado pasó en rojo”; y que “si es conductor profesional tendría que haber contemplado que si no estaba en condiciones de manejar por su salud, no debería haber asumido el riesgo”.

Así resolvió dictarle a Héctor G. de 69 años, prisión preventiva por 90 días prorrogables, bajo la modalidad domiciliaria en su domicilio de calle España al 500 de Añatuya (Santiago del Estero), y la prohibición de conducir vehículos con motor.

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