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Policiales Miércoles 29 de Noviembre de 2023

Pidieron entre 16 y 20 años de prisión para Emanuel S.

REDACCION

Por REDACCION

En una maratónica jornada judicial que dio inicio a las 8 de la mañana y se prolongó hasta las 21, ya de noche, en la sala 3 de los tribunales penales de Rafaela, dio inicio el tan esperado juicio oral y público a Emanuel César S., de 34 años, quien después de 2 años y 8 meses preso con prisión preventiva por un presunto caso de abuso sexual a dos mujeres de su entorno familiar, finalmente se pudo poner fin a la espera y que su caso se debata ante los jueces de la investigación penal preparatoria. El final del juicio está previsto para el día 5 de diciembre.
Cabe mencionar la férrea defensa de la inocencia de Emanuel S. por parte de su madre Alicia Riberi y su esposa Melisa Girardotti, a través de la agrupación “Verdad y Justicia” de Rafaela, donde las mujeres sostienen enfáticamente que esta causa se trata de una falsa denuncia y que Emanuel S. es totalmente inocente; lo cual incluyó variadas movilizaciones en las puertas de tribunales en los últimos meses, no exentas de polémicas con algún miembro del Poder Judicial también.
La primera jornada del debate oral y público estuvo presidida por el tribunal colegiado integrado por los jueces Nicolás Stegmayer, José Luis Estévez, y Juan Gabriel Peralta. Por parte de la Acusación estuvo presente la fiscal de la sección de Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de la Fiscalía Regional 5, Dra. Favia Burella; acompañada en este juicio por la abogada del Centro de Atención a la Víctima (CAV), Dra. Paola Pradolini -querellante-. En tanto que se comportaron como abogados defensores de Emanuel S. los Dres. Juan Manuel Lovaiza y Alejandro Otte.
Todo dio inicio con la presentación del caso en los alegatos de apertura, y la presentación de los primeros testigos, además de la declaración de las dos presuntas víctimas -las hermanas “Tamara” y “Camila”-, ya mayores de edad, a través de un video proyectado de sus dramas vividos frente a una psicóloga en Cámara Gesell, lo cual merece un párrafo aparte que se mencionará más adelante, ya que fue motivo de un fuerte debate la validez procesal del testimonio en cuestión.
Cabe agregar además que, la fiscal Favia Burella pidió una condena de 16 años de prisión efectiva para el acusado, en tanto que la Querella pidió asimismo 20 años de prisión.

APERTURA DE
LA QUERELLA

En su alegato de apertura, la abogada querellante Paola Pradolini, sostuvo que, “’Tamara’ y ‘Camila’ son hermanas y víctimas del caso que hoy quiero presentar [...] El 16 de octubre de 2020, las hermanas tomaron la dolorosa decisión de denunciar los hechos que a continuación voy a relatar”.
“’Camila’ nació en 1999 -actualmente tiene 24 años- y fue abusada por su tío Emanuel S. desde que era una niña hasta su adolescencia. En el año 2007 Emanuel S. cumplió 18 años y continuó con conocimiento y voluntad abordando sexualmente a su sobrina que en ese momento tenía 8 años. Con manoseos en sus partes íntimas e incitándola a adoptar una conducta sexual prematura, agravando con la reiteración de los actos el contenido sexual del vejamen; introduciéndola a la edad de 8, 9 años en juegos de naturaleza sexual que incluían el sexo oral”.
“Una noche en la adolescencia de ‘Tamara’ -siguió la letrada-, fue mucho más allá, y luego se produjo la ruptura familiar en el año 2015”.
“’Tamara’ nació en 1997 -actualmente tiene 26 años- y fue abusada por su tío Emanuel S. desde que era una niña hasta su adolescencia. Emanuel S. cumplió en el año 2007 18 años de edad, y en ese momento su sobrina tenía 10. El imputado actuó con el conocimiento y la voluntad de abusar de su sobrina, tocándola en sus genitales e incitándola a adoptar una conducta sexual prematura a través de juegos de esa naturaleza, que incluían el sexo oral entre ambos; agravando con la reiteración de los actos el contenido sexual de los vejámenes, accediéndola carnalmente, conducta que sostuvo durante la adolescencia de la joven hasta la ruptura familiar en el año 2015. Emanuel S. actuó aprovechándose del vínculo familiar que lo unía a su sobrina y la inmadurez sexual de la misma”.
Continuó Pradolini: “A lo largo de este debate vamos a escuchar distintos testimonios que van a dar cuenta de lo que acabo de relatar y les voy a pedir que presten especial atención al testimonio de ‘Tamara’ y ‘Camila’ que se va a reproducir a través de la Cámara Gesell. Es con ellas que vamos a escuchar en primera persona el relato de los hechos”.
“Luego -siguió- escucharemos el testimonio de profesionales psicólogos y psiquiatras, que han trabajado con las víctimas. Ellos nos van a dar cuenta del motivo de la intervención, del tipo y modalidad del tratamiento, los síntomas que presentaban las víctimas en ese momento y la extensión del daño causado”.
Finalizó: “Al final de este debate ya no va a haber dudas acerca de cómo ocurrieron los hechos y vamos a poder ver el daño causado a las dos hermanas”.

PENAS Y
CALIFICACIONES

Así, la querellante Pradolini adelantó que al final del debate solicitará que se condene a Emanuel S. a la pena de 20 años de prisión efectiva, y costas del proceso.
Asimismo enumeró las calificaciones penales de su acusación, siendo por ‘Tamara’ los delitos de, “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización reiterado en número indeterminado a menor de 13 años, agravado por la convivencia preexistente”; “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización reiterado en número indeterminado a menor de 18 años, agravado por la convivencia preexistente”; “abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente reiterado en número indeterminado a menor de 13 años”, “estupro agravado por las circunstancias de su realización y por la convivencia preexistente con la víctima”, todo en concurso real.
Y con respecto a ‘Camila’: “abuso sexual gravemente ultrajante por la circunstancia de su realización reiterado en número indeterminado a menor de 13 años”, “abuso sexual gravemente ultrajante a menor de 18 años agravado por las circunstancias de su realización” aprovechándose el imputado de la circunstancia de que la víctima no pudo consentir libremente la acción, de la convivencia preexistente, todo en concurso real.

LA FISCALÍA
A lo antedicho, la fiscal Favia Burella agregó que, “este Ministerio va a sostener la acusación oportunamente formulada contra Emanuel S. como autor penalmente responsable de los delitos de abusar sexualmente de dos niñas con quienes mantenía un vínculo familiar, siendo hermano del padre de las niñas. Además de aprovechar las circunstancias en que estas niñas permanecían en el domicilio donde el imputado vivía y donde las niñas concurrían habitualmente por ser el domicilio de su abuela paterna”.
La fiscal añadió asimismo que, “todos los actos se cometieron en reserva absoluta, en secreto, con la consigna de que si hablaban el papá, que estaba en una condición de vulnerabilidad propia de su salud mental, iba a privarse de tener contacto con esa familia”. “Finalmente en 2015 se produjo un cisma familiar que se dio por causas ajenas y desde allí no tuvieron más contacto”.
Las calificaciones penales de los delitos atribuidos por Fiscalía son exactamente iguales a los de la Querella, con la salvedad que la fiscal Burella solicitó para el imputado una pena de efectivo cumplimiento de 16 años de prisión.

LA DEFENSA
A su turno el Dr. Juan Manuel Lovaiza, defensor de Emanuel S., sostuvo que, “Emanuel es una persona de bien, sana, un deportista, un trabajador responsable. Es una persona que gozó siempre de una alta estima tanto en su círculo familiar más íntimo, como de sus amigos, sus compañeros de básquet, y de trabajo.
“Emanuel es inocente -continuó-. Por eso ni la Fiscalía ni la Querella van a poder probar con el grado de certeza que se exige para tener una sentencia condenatoria, los hechos cuya comisión le atribuyen.
“Emanuel es inocente de los hechos por los que está sentado aquí. No porque así lo reclamen los carteles, las banderas de todas las personas que acompañan a ‘Ema’ en esta cruzada. Es inocente porque además goza del derecho humano de presunción de inocencia, constitucionalmente consagrado, y en función de ello le solicito a los jueces que así sea tratado durante este debate, pese a haber llegado a esta instancia privado de su libertad. Quedará probada plenamente la inocencia de Emanuel S.
“Los móviles que llevaron a ‘Tamara’ y ‘Camila’ a efectuar la denuncia contra su tío Emanuel serán descubiertos a medida que se desarrolle el debate. Todos tienen una verdad y cada uno lucha por la suya”.
Concluyó: “les solicito a los jueces que reciban las pruebas con mucha atención, y que al momento de fallar sean valoradas con verdadera perspectiva: de Justicia que es lo que la Constitución Nacional les demanda. Ello los va a conducir a una única resolución: la absolución de Emanuel S.”.

LO MÁS DESTACADO:
LA PERICIA EN GESELL
De acuerdo a lo sostenido por el Dr. Juan Manuel Lovaiza y la esposa del imputado, Melisa Girardotti, el contrapunto principal de la jornada se dio en el hecho que -dijo Lovaiza-, “La psicóloga reconoció que hace 3 años que sabía que el protocolo y método utilizado para el análisis del testimonio de cámara gesell de las pretendas víctimas no era el adecuado”.
“Emanuel está preso por un informe hecho a pedido de un fiscal, con un protocolo que la misma psicóloga reconoció que ella no hubiera utilizado. Ahora la fiscalía pretende que emita nuevas conclusiones con un método que no era conocido por la defensa. Se formuló oposición y el tribunal pasa a resolver”. Asimismo adelantó que, “la Defensa hizo reserva de hacer denuncia en el Colegio de psicólogos y ante el MPA”.
En otras palabras, es muy grave que en Cámara Gesell “se haya utilizado un método que no correspondía porque era para menores de 16 años de edad y podría dar falsos positivos”, concluyó la esposa del procesado. Persisten las dudas de si esto se habría hecho “por pedido” y si “podría invalidar la cámara Gesell”.

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