Por Javier Alfonso
A partir de las 20 de la víspera, el Instituto de Derecho Penal del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial Sede Rafaela, realizó la "Jornada sobre Procedimiento Abreviado", en su auditorio de calle Alvear 425, Rafaela.
Durante el mismo, los Dres. Marco Antonio Terragni, Daniel Norberto Ferrero, Bruno Rossini y Juan Bautista Degiovanni desarrollaron temas tales como Introducción al Derecho Penal Contemporáneo, Procedimiento Abreviado. Su constitucionalidad, Problemática del procedimiento abreviado con pluralidad de imputados, y Negociación y límites en el procedimiento abreviado.
DIÁLOGO
Antes del inicio del encuentro, LA OPINION conversó con el Dr. Daniel Ferrero, presidente del Instituto de Derecho Penal local, y con el Dr. Marco Antonio Terragni, quienes explicaron los alcances de la propuesta.
“En la jornada -dijo Ferrero- se tratarán dos grandes temas. Terragni tratará los grandes rasgos del Derecho Penal Contemporáneo, y el resto de los panelistas hablarán del juicio abreviado. Yo voy a hablar de su constitucionalidad, el Dr. Bruno Rossini va a hablar sobre procesos abreviados con pluralidad de imputados, y Juan Degiovanni hablará sobre los límites en la negociación: en todos los abreviados hay una negociación previa y se debe saber cuáles son sus límites”, señaló.
LEGITIMIDAD DEL JUICIO ABREVIADO
Recordando el juicio abreviado con múltiples imputados realizado en Rosario a la banda de narcotráfico Los Monos; juicio que fue muy criticado y discutido ya que gracias a esta "salida" legal más de 20 de sus integrantes obtuvieron penas muy ventajosas; y considerando que en aquella oportunidad se puso en tela de juicio la validez de esta procedimiento, los penalistas locales opinaron.
“Desde el punto de vista normativo la constitucionalidad [del juicio abreviado] está asegurada en la medida en que todos los que participan cumplan con sus deberes. Acá no hay un negocio privado donde la autonomía de la voluntad puede jugar libremente. El derecho penal es derecho público, y tanto los jueces, como los fiscales y defensores tienen deberes que cumplir y controlar: que en el acuerdo no se violen principios ni garantías constitucionales, como derechos humanos y derechos de las víctimas. El Juez tiene que observar si se cumplen con estas exigencias”, explicó.
“La actividad del Juez -cerró Ferrero- no es la de un convidado de piedra, y no puede homologar cualquier acuerdo”, enfatizó.
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