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Suplemento Jubilados Miércoles 8 de Junio de 2011

Dictan Talleres de Derecho Previsional

ORGANIZADO POR EL INSTITUTO LOCAL

Redacción

Por Redacción

Desde el sábado 28 de mayo, el Instituto de Derecho Previsional del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial Rafaela, se encuentra realizando -en el Salón Verde de la Municipalidad, con la concurrencia de algunos letrados- unos talleres sobre Reajuste de Haberes Previsionales.

Los próximos talleres que están a cargo de dos profesionales de Santa Fe, las Dras. Lidia Quintana y Ma. Mercedes González, se realizarán el 11 de junio y el 25 de junio en el mismo lugar, Palacio municipal en Moreno 8 - 3er. piso; en el horario de 10:00 a 11:30 y de 11:45 a 13:15, con un arancel de $ 150 por taller.

Uno de los atractivos de los talleres es que analizan la situación de los juzgados federales en Santa Fe, donde se encuentran litigando muchos pasivos rafaelinos, según nos explicaba la Dra. María Julia Agüero, presidente del Instituto de Derecho Previsional del Colegio de Abogados de Rafaela.


TALLERES

Los talleres versan sobre los reajustes por movilidad de los haberes previsionales y en ellos asesoran las Dras. Lidia M. Quintana, María M. González y expositores invitados.


* Segundo Taller, 11 de junio:

Procedimiento judicial para la interposición de la demanda de reajuste de jubilación - pensión: Normas aplicables del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ( C. P. C .y C. N.), sus modificatorias. Ley de Solidaridad Previsional 24.463, Ley 24.465, Ley 26.153. Requisitos para realizar la demanda ordinaria de impugnación Arts. 330 y ss.: Acreditación de la personería: poder, reposición, objeto, etc. plazos. Juzgados competentes. Traslado de la demanda. Excepciones. Cuestión de puro derecho. Apertura a prueba. Alegatos. Autos. Dictado de la sentencia. Daño que puede provocar un incorrecto planteo de la demanda - Fallos.


* Tercer Taller, 25 de junio:

Planteo de la demanda de reajuste aplicando las leyes generales: 18.037 y 24.241 y sus modificatorias. Recálculo del haber inicial y reajuste de los posteriores Reajustes de la prestación básica, Prestación compensatoria y prestación adicional por permanencia. Art. 20, 24, 25, 26 30. Su procedencia. Ultimos fallos aplicables. Práctica con expediente en mano.

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