Por REDACCIÓN
SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- En la última sesión ordinaria del Concejo Municipal tuvo ingreso un proyecto de Ordenanza, que fue girado a comisión, que establece disposiciones de ordenamiento, regulación y control de la carteleriá y folleteriá durante las campañas electorales, la propuesta fue elaborada por Juan Ignacio Astor, Brenda Torriri y José Delmastro y fundamentada por Juan Ignacio Astor, cuyas expresiones se reproducen seguidamente.
En Sunchales no creo que tengamos una crisis en cada elección por la cartelería publicitaria electoral, de hecho tenemos regulaciones que están efectivas hace años y a la par de ello, los partidos políticos y sus responsables de campaña tienen un diálogo entre sí para autolimitarse y autocontrolarse ciertos aspectos no contemplados en la norma vigente.
Cierto es que la norma 1371/2001 regula la instalación de cartelería y el uso de folletería en la ciudad, de hecho se la toma como referencia y busca replicar sus disposiciones, la que hicieron de “piso” para la nueva regulación propuesta que incrementa el control y restringe el margen de colocación de carteles en la vía pública.
La 1371 fue modificada por la 2926/2021, la que complementó algunos aspectos y estableció más lugares prohibidos o estructuras prohibidas, así como también sugerencias a los partidos sobre el uso de folletería y la necesidad de que el ejecutivo de turno tenga diálogo con los referentes de partidos que son parte de la contienda electoral.
En su origen la 1371 tenía solo 4 artículos y solo uno tenía reglas operativas y claras a tener en cuenta por, no solo partidos pues la redacción no limitaba a las campañas electorales:
“Prohíbase la colocación de volantes, afiches, panfletos o todo objeto mediante la utilización de pagamentos en papeleros, columnas, arbolado público, monumentos y en todo equipamiento urbano, así como en paredes o tapiales que siendo privados se ubiquen en la vía pública”.
Eso decía su artículo 1, sus otros artículos establecen como reaccionar ante su infracción.
Luego la reforma tendría una serie de nuevas disposiciones que rigen exclusivamente para procesos electorales y se enfocó en no solo cuidar monumentos y arbolado, sino hacerlo extensivo a la señalética vial.
No es mi intención manifestar que es una mala ordenanza, pero como toda norma puede quedar desactualizada fruto de un cambiante contexto.
La actualización, a mi parecer, se hizo necesaria desde que muchos distritos limitaron la cantidad y volumen de cartelería proselitista a ser instalada en cada campaña electoral.
Esta norma por ejemplo toma como referencia una Ordenanza de Rafaela, de reciente aprobación en 2024, que puso un límite a la cantidad de carteles que los partidos pueden instalar en la ciudad y hasta delimitó en qué lugares puntuales pueden ser instalados. De hecho debutará su aplicación este año en el proceso electoral que se avecina.
Surgió como necesidad, pues los vecinos de la ciudad cabecera de nuestro Departamento manifestaron su malestar al encontrar tanta contaminación visual en la campaña de 2023, y que a fin de cuentas, terminaba teniendo un efecto contrario al esperado por parte de los agentes y responsables de campaña. Aparte de la necesidad de la política de demostrar austeridad, también hay un motivo ecológico para plantear una regulación más estricta para la cartelería proselitista.
En nuestra ciudad creo que tenemos que ir a algo similar, más allá de la buena predisposición de los responsables de campaña de los partidos locales, hay cosas que es mejor dejarlas por escrito en una norma. Tener un criterio claro sobre los conocidos pasacalles, que este proyecto busca plasmar lo que hasta ahora es una tradición; un uso limitadísimo, vedado obviamente a los políticos en el casco urbano, y exclusivo para instituciones en muy determinadas locaciones a ras de suelo. Otra cosa que trae la norma es definir que es un columnero y, directamente prohibirlo. El motivo está en que genera una gran contaminación, su uso masivo suele generar suciedad y que no se lo retire a tiempo por sus colocadores, aparte de que deja en el suelo los precintos usados. Apunta a que se usa una medida standard para los carteles de campaña, la que tradicionalmente se usa, 2mx1m, y que a su vez haya una cantidad limitada a colocarse por lista, enfocándonos en un uso racional de este elemento publicitario. Cabe aclarar que otras localidades tienen prohibiciones absolutas, creo que aún no es el momento, aunque este podría ser un buen primer paso. No obstante que haya partidos que, de manera libre deciden no colocar ni un solo cartel en vía pública, algo que felicito desde luego, y más allá de no estamos a tiempo de crear una nueva norma que rija para el actual proceso electoral, creo que es una buena oportunidad para evaluar necesidades, ventajas, desventajas, oportunidades y amenazas de cambiar y “endurecer” nuestras normas sobre cartelería. Además que reitero, siguiendo la norma base también tiene disposiciones para folletería y cartelería en vía publica de otros usos aparte del electoral, lo cual me hace argumentar que esta actualización es necesaria y oportuna.
En resumen, Sunchales necesita esta herramienta y a la par seguir construyendo acuerdos para un uso razonable de este tipo de publicidad que hace uso y ocupación del dominio público.
Nota al margen, hay una reunión convocada por el Ejecutivo para distribuir y sortear lugares para instalar cartelerías, es un contexto que amerita tratar el tema, hoy por hoy repito, estas reuniones y reglas de convivencia que se pautan en las mismas no tienen el mismo rigor que en Rafaela, que los lugares se establecen en la misma ordenanza y estos sorteos están estipulados normativamente. Vuelvo a destacar que funcionamos bien gracias a que hay buena predisposición de los competidores en autorregularse en estas temáticas, pero insisto necesitamos una norma más completa respecto a cartelería y folletería, con procedimientos específicos para campañas electorales.