Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Región Lunes 3 de Febrero de 2020

Otorgan mayor plazo para entregar la documentación para becas

SUNCHALES

REDACCION

Por REDACCION

SUNCHALES (De nuestra Agencia).- En un parte de prensa difundido en la semana anterior la Municipalidad local informó que se extiende el plazo de presentación de documentación para solicitar la Beca Municipal 2020 en los niveles secundario, terciario y universitario.

La nueva fecha límite será el miércoles 12 de Febrero de 2020.

Los interesados deben cumplir con lo requerido por ordenanza N° 1347/2000, presentando los papeles requeridos y formularios adjuntos con el reglamento en el presente comunicado.

Tales documentos completados deberán entregarse en la oficina de la Subsecretaría de Educación, Salud y Convivencia, situada en el Liceo Municipal "Intendente Julio César Sartini" (sobre calle Rotania Nº 702) de 07 a 12 .


Seguidamente reproducimos parte del reglamento que rige el otorgamiento de las becas, detalle que, por su extensión no puede incluirse en este espacio.


REGLAMENTO 

 El presente reglamento encuentra su fundamento en la Ordenanza N° 1347/2000, la cual define en detalle las normas de otorgamiento y los montos destinados a las becas de niveles secundario, terciario y universitario. Recomendamos su lectura previa a la aplicación a la convocatoria 2020. Art. 1- Características de las becas: a) Duración de un año académico o, cuando fuera necesario, por un plazo menor, debiendo el becario solicitar la renovación año tras año. b) La beca se otorgará solo por la cantidad de años establecida en el Plan de Estudio. c) La beca no es compatible con otro beneficio similar, otorgado por otra/s institución/es ya sea municipal, provincial y /o nacional. De otorgarse la beca y luego encontrar dichas incompatibilidades, se dará de baja inmediatamente la beca y se comunicará de manera escrita al beneficiario. d) Para obtener la beca (para Nivel Terciario y /o Universitario) el solicitante deberá tener un 50% de materias aprobadas del año anterior a la solicitud de beca y no adeudar otras de años previos. e) El becario (para Nivel Terciario y /o Universitario) debe haber cursado y/o asistido con 90% de regularidad las asignaturas y/o materias previstas en el Plan de Estudio. f) No se otorgará becas (para Nivel Terciario y/o Universitario) a aquellos alumnos que repitan o re-cursen materias en forma total o parcial. g) El postulante a beca del 1º año de Nivel Terciario y / o Universitario no deberá adeudar materias del nivel secundario al momento de la solicitud de la misma. Art. 2- Requisitos: 1. Presentar la solicitud de beca con carácter de declaración jurada, detallando su situación socio-económica y académica, incluida la documentación probatoria, en forma completa. El mismo se presentará ante la Coordinación de Educación -sito en el Liceo Municipal en el horario de 07:00 A 12:00hs.- desde el 02 de enero al 03 de febrero inclusive del 2020. En caso que la solicitud no cuente con la documentación exigida en el formulario, no será tenida en cuenta. El formulario debe estar firmado por el alumno/a y el jefe/a o tutor/a de hogar, para los menores de 18 años. 2. Ser argentino, con domicilio en Sunchales con más de 3 años de residencia. 3. Los ingresos familiares no deben superar el equivalente a dos salarios mínimos vitales y móviles. Se evaluará la situación laboral del solicitante y de su grupo familiar, los ingresos y egresos, las condiciones habitacionales, la composición del grupo familiar, siendo esta evaluación determinante para su pedido por situación socio-económica desfavorable. El Instituto Becario Municipal podrá solicitar un informe socio-económico. 4. No adeudar materias al momento de la solicitud, (para nivel secundario) 5. Tener aprobado hasta el 50% de las materias del año anterior a la postulación de la beca y no adeudar anteriores (Terciario/Universitario) 6. Los estudiantes de la modalidad presencial y/o a distancia deberán acreditar ser alumnos regulares de la carrera elegida. 7. Toda la documentación requerida, deberán ser fotocopias, acompañadas por los originales. Cotejadas las mismas, serán devueltas en forma inmediatas. 

Art. 3- Responsabilidades del Becario: • Aportar la información y documentación que le sean requeridas desde la Dirección de Educación. • Notificar a la Dirección de Educación cualquier circunstancia que modifique la situación que invocó para acceder a la beca, debiendo presentar la documentación que respalde el cambio.

 Art. 4- Documentación a Presentar (para todos los niveles): 1. Fotocopia del D.N.I. y cambio de domicilio si corresponde, que acrediten tiempo de residencia en la ciudad, o bien certificado de vecindad. 2. Fotocopia de los últimos recibos de sueldo de todo el grupo familiar, incluido los recibos de pensión o jubilación. En caso de trabajadores autónomos, fotocopia de lo declarado en Derecho de Registro de Inspección (Municipal), Administración Provincial de Impuestos u otros organismos recaudadores. Cuando no cuente con recibo de sueldo por trabajo informal, deberá presentar una Declaración Jurada. En caso de estar desempleado, presentar una constancia de certificación negativa de ingresos extendido por ANSES, en donde se corrobore lo declarado. 3. Fotocopia del certificado de discapacidad o certificaciones médicas que indican en los gastos del grupo familiar, en caso de requerirse. 4. Recibo de alquiler de la casa del grupo familiar, si correspondiera. En caso de tener un crédito hipotecario, planes de vivienda tipo FONAVI o similar, copia del último mes abonado.


 

Seguí a Diario La Opinión de Rafaela en google newa

Los comentarios de este artículo se encuentran deshabilitados.

Te puede interesar

Teclas de acceso