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Región Miércoles 22 de Abril de 2020

El Concejo Municipal aprobó Ordenanza sobre el uso obligatorio de barbijos

SUNCHALES

REDACCION

Por REDACCION

SUNCHALES (De nuestra Agencia). - El Concejo Municipal de esta ciudad, tal como se informara, prosiguió, el pasado lunes la sesión extraordinaria iniciada el jueves 16 de manera virtual, en esta ocasión el encuentro prosiguió en el recinto de sesiones, de modo presencial, sin público y adoptando todos los requisitos de distanciamiento social y medidas de protección sanitaria.

El informe de prensa difundido desde el Cuerpo Legislativo, se reproduce seguidamente.

Una de las Ordenanza aprobadas, la N° 2826, dispone el uso obligatorio de elementos de protección de nariz, boca y mentón, denominado barbijo social o tapaboca, para todas las personas que circulen por la ciudad de Sunchales, hasta tanto se declaren superadas las situaciones que dan origen a la emergencia sanitaria. Asimismo, esta medida se extiende a las oficinas públicas que se encuentran prestando servicios conforme a la normativa vigente.

La norma, la cual surge de un proyecto presentado por el Ejecutivo Municipal y analizado por el Concejo en pleno, establece además el uso obligatorio de barbijo social en las oficinas privadas, comercios y cualquier otro lugar en el cual se desarrollen actividades exceptuadas del aislamiento preventivo y que concentren grupos de personas.

En el artículo N° 3 se prohíbe la comercialización de barbijos quirúrgicos o profesionales, tipo N° 95 o similares, a cualquier persona humana o persona jurídica que no acredite ser profesional o personal del servicio de salud.

El incumplimiento de lo dispuesto por la nueva Ordenanza -en el contexto de la emergencia sanitaria- es considerado infracción, la que será constatada por los agentes de contralor mediante el labrado del acta pertinente, dando lugar a la aplicación de una multa de entre 10 UF (cada unidad financiera es equivalente a un litro de nafta súper) hasta 100 UF, según lo disponga el Juzgado de Faltas Municipal.

También fue establecido que mientras dure el estado de emergencia sanitaria, los propietarios de locales habilitados para la atención al público deberán colocar en el ingreso al establecimiento, de forma claramente visible, un aviso estandarizado entregado por el Municipio, advirtiendo sobre la obligatoriedad de portar barbijo social en dicho lugar.
















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