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Región Jueves 14 de Marzo de 2024

Ecos por la tala de un árbol en la vía pública

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FOTO FACEBOOK// Crédito: TALA. Así quedó la especie afectada.
Redacción

Por Redacción

SUNCHALES (De nuestra Agencia). - El pasado 27 de febrero, en nuestra edición digital reflejábamos la nota que reproducimos seguidamente. Hoy, en sus redes sociales el abogado y docente Andrés Chiappero Furlotti puntualizó una queja ante la tala de un árbol, por parte del Municipio.
El informe del profesional lo reproducimos a continuación:
El pasado 24 de febrero, la Municipalidad de Sunchales procedió a la tala de un ejemplar arbóreo ubicado en el cantero central de Av. Belgrano, específicamente en las intersecciones de Chaco y G. Miretti. Aunque el árbol presentaba signos de vitalidad, se observaba una "rajadura" en su tronco.
Es relevante señalar que la provincia de Santa Fe cuenta con la Ley N°: 13.836 "Ley del Árbol", la cual en su artículo 5° prohíbe la extracción, poda de partes aéreas y subterráneas, así como la tala de ejemplares del arbolado público, y cualquier intervención que pudiera causar daño al mismo. El artículo 6°, de la misma ley. establece excepciones a esta prohibición, siempre y cuando se presente ante el Ministerio de Medio Ambiente un informe expedido por un profesional idóneo en la materia.
En el año 2022, Sunchales se adhirió a esta norma a través de la Ordenanza N°: 3042/2022, presentada por la exconcejal y actual Secretaria de Gobierno, Andrea Ochat.
A su vez, en el año 2014 el Concejo Municipal de Sunchales sancionó la Ordenanza de Arbolado Público N°: 2420/2014 (Autoría del actual intendente Pinotti), cuyo artículo 38 establece las causales de poda y erradicación del arbolado público, destacando de ellas el riesgo de caída total o parcial y la amenaza al tránsito de vehículos y peatones. siempre y cuando no exista una solución alternativa. Algunos ingenieros consultados, mencionaron que podía existir soluciones alternativas a las practicadas por la Municipalidad de Sunchales.
Por su parte, el artículo 39 de la Ordenanza, mencionada en el párrafo anterior establece que la Autoridad de Aplicación, previa evaluación técnica, dictará una resolución autorizando o denegando el pedido de extracción o poda. Esta resolución se elevará al Consejo de Arbolado Público (aún no conformado por la actual gestión) árbol y al Concejo Municipal, indicando detalles como el lugar (a través de plano o croquis), fotografías de los ejemplares, fecha prevista para la extracción, y cantidad y especies a extraer.
Párrafo aparte, es la aparente nueva moda de cortar el césped, árboles y demás y dejar todo abandonado en el lugar, sobre todo en los espacios públicos.


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