Por REDACCION
SUNCHALES (De nuestra Agencia). - En la misma sesión tuvo ingreso un proyecto de Ordenanza elaborado por Fernando Cattaneo y Oscar Trinchieri, en el que se propone la creación del Distrito de Recreación, Esparcimiento y espectáculos públicos masivos, se reproducen las fundamentaciones pero no el articulado por cuestiones de espacio.
El proyecto fue presentado por uno de sus autores, el edil Fernando Cattaneo quien hizo una extensa fundamentación y dio lectura al articulado de la herramienta legal.
destacó que a través de la OrdenanzaN°1294/1999 se categoriza y define las áreas urbanizada, suburbana y rural del Distrito Sunchales, entre otras regulaciones sobre uso del suelo y zonificación de distritos.
Sucesivos trabajos legislativos se ha ido modificando sustancialmente el polígono que delimita el área urbanizada, el cual se lo encuentra dentro del Anexo 1 de la ordenanza demención.-
En gran medida, los diferentes trabajos legislativos tuvieron la finalidad de organizar y prever el crecimiento de la ciudad y la incorporación de los diferentes loteos.
Sin embargo resulta necesario comenzar a trabajar en base a promover la organización de la ciudad, ya no solo en orden al crecimiento y expansión, sino también en base al desarrollo de su contexto social, cultural y económico, en concordancia y prevalencia del orden general para la cuidad.
En este sentido resulta necesario actualizar algunos usos de suelo que contienen los servicios o actividades de esparcimiento, entretenimiento u otros similares en los cuales existe la afluencia y transitabilidad de un gran número de personas, y clasificarlos según sus capacidades y el grado de afectación al contexto en donde se localizan.-
Para que ello suceda, se debe tener en cuenta entonces, el macro diseño urbanístico que regirá a los efectos de que se produzca un crecimiento de la ciudad con sectores colindantes cada vez más y mejor articulados y contenidos entre ellos.
Así, reviste de importancia crear un nuevo distrito con determinada requisitoria específica, priorizando un mínimo alejamiento de la zona residencial, a efectos de proceder a localizar aquellas actividades y/o servicios que presenten una significante convocatoria y asistencia de personas, generando un sector o zona especifico en donde se puedan desarrollar determinadas actividades, mayormente representativas de la nocturnidad sin alterar otros sectores de la ciudad.
Esta iniciativa, no solo podría mejorar las relaciones de hábitat y convivencia en el sector urbano residencial, sino que además propone el desarrollo de un sector que promovería la actividad comercial de distintos servicios en una ubicación apta para ello y con las medidas de seguridad adecuadas.
Para lograr una específica ubicación de un nuevo distrito en estos parámetros, resulta necesario conformar una comisión integrada por distintos miembros en los cuales se vea representada la mayor y mejor capacidad técnica e institucional, preservando asimismo los intereses de toda la comunidad.
Existen antecedentes legislativos en la provincia de Santa Fe mediante los cuales se ha efectivizado una zonificación específica para este tipo de actividades o servicios donde prevalece el entretenimiento, esparcimiento, espectáculos masivos y/o de nocturnidad, con gran concurrencia de personas, con el objetivo de que no queden dentro de las áreas residenciales afectando la tranquilidad y la seguridad que debe priorizarse en las mismas.
Este tipo de propuestas no se encuentra contemplada en la formalización del plan estratégico para el desarrollo territorial y urbano 2030, desarrollado por este Municipio, sin perjuicio que desde el análisis de los espacios públicos se acepta esta misma necesidad de dar respuesta a la población sobre una mayor demanda de espacios de encuentro y entretenimiento.
Sin perjuicio de reordenar los usos y las zonas de la ciudad, deberá acompañarse todo cambio, con un programa en el que se establezca un plazo de readecuación o reinstalación de las actividades vigentes a la fecha, para lo cual resulta necesario facultar al departamento Ejecutivo Municipal para que determine distintos sistemas de beneficios tributarios, de crédito o de concesiones, a efectos de facilitar la transitoriedad a las nuevas modificaciones.
Este tipo de sectores o aéreas suelen ser un atractivo en aquellas ciudades que carecen de sitios específicos para que se puedan reunir grupos mayormente caracterizados por jóvenes y/oadolescentes.
En otro sentido, también, existen antecedentes en donde se han implementado sistemas a través del cual se han reinaugurado o reacondicionado sectores históricos o culturales en estado de abandono o semi abandono, desarrollando a su alrededor diversos tipos de actividades de interés y entretenimiento, logrando así una sinergia entre lo histórico y lo moderno, creando verdaderos centros comerciales y/o culturales.
En virtud de los análisis y antecedentes, el desarrollo de un nuevo distrito en estas condiciones y para estos específicos usos del suelo, traería consigo numerosas ventajas para la ciudad, desde el orden y la seguridad de las aéreas residenciales, una mejor organización de la actividad económica y comercial, la seguridad en las actividades de nocturnidad especialmente para los jóvenes y adolescentes, como así también un potencial de sustanciales inversiones para nuevas atracciones a partir de la puesta en valor de un área, representando desarrollo económico y de trabajo.
tal como lo dispone la Ley Orgánica de Municipios y Comunas (art. 39), amparado en la Constitución Provincial, es el Municipio el órgano competente para regular el uso del suelo en el distrito.
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