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Región Miércoles 29 de Abril de 2020

Derecho de Registro e Inspección: pospusieron vencimiento

SUNCHALES

Agrandar imagen FOTO PRENSA CONCEJO// SESIÓN EXTRAORDINARIA./ Vista parcial del último encuentro del cuerpo deliberativo local.
FOTO PRENSA CONCEJO// SESIÓN EXTRAORDINARIA./ Vista parcial del último encuentro del cuerpo deliberativo local.
REDACCION

Por REDACCION

SUNCHALES ( De nuestra Agencia).-  Desde el Concejo Municipal, en la víspera, se difundió información  relativa a la Ordenanza de diferimiento para los pagos del DREI, instrumento que recibió el visto bueno de los ediles en la última sesión  extraordinaria  celebrada por el cuerpo en la  primera semana de abril, seguidamente reproducimos el parte de prensa remitido ayer.  

La norma fue aprobada por el Concejo Municipal en su primera Sesión Extraordinaria de abril. Se acompañó de esta manera la iniciativa planteada por el Ejecutivo Municipal, la cual fue analizada y ampliada en su alcance por el Cuerpo Legislativo local. Se dispuso el diferimiento del vencimiento para el pago del Derecho de Registro e Inspección de los meses de marzo, abril y mayo, hasta el 30 de junio de 2020, medida aplicable a determinados contribuyentes.

El Concejo Municipal brinda información sobre normativa aprobada en el marco de la emergencia sanitaria que estamos atravesando.

Una de las Ordenanzas es la Nº 2824, aprobada en la Sesión Extraordinaria del 9 de abril a través de un proyecto presentado por el Ejecutivo Municipal, el cual fue analizado y modificado por el Cuerpo Legislativo en pleno.

La norma dispuso el diferimiento del vencimiento para el pago del Derecho de Registro e Inspección (DREI) correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo de 2020, hasta el día 30 de junio del corriente año.


Se alcanza a contribuyentes de determinadas categorías y que posean ciertas condiciones.


Categorías:


-Monotributo Social


-Monotributo categoría A


-Monotributo categoría B


-Monotributo categoría C


-Empleadores de hasta 20 trabajadores


Condiciones de contribuyentes:


a) Ser titular de actividad y/o servicio que no haya sido declarado esencial en la emergencia sanitaria.


b) Pago total del Derecho de Registro e Inspección correspondiente al año 2019.


c) Habilitación comercial vigente al día 20 de marzo de 2020.


La Ordenanza también establece que el Departamento Ejecutivo Municipal podrá otorgar el diferimiento en el pago del DREI a otras categorías de contribuyentes no incluidas, siempre que cumplan con los requisitos contemplados y que justifiquen dificultades económicas para afrontar el pago del mismo.


En último término se autoriza a la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas a llevar a cabo los aspectos operativos necesarios para implementar lo dispuesto, como asimismo a disponer medidas complementarias que resulten necesarias, como planes de pago de hasta seis (6) cuotas, entre otras.







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