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Policiales Martes 26 de Septiembre de 2023

¿Violación grupal o acto consentido?, es el tiempo en que deciden los jueces

REDACCION

Por REDACCION

Finalmente, en la jornada de ayer, a partir de las 8.30 en la sala 3 de los tribunales penales de Rafaela, se desarrollaron los alegatos de clausura del juicio oral y público de la causa de la violación grupal a una joven menor de edad en esos momentos, en la localidad de Pilar (Departamento Las Colonias).
Se recuerda que por este hecho hay 10 hombres mayores de edad imputados y juzgados en estos días en Rafaela de ser los coautores del abuso sexual “en manada” a la adolescente pilarense. Un undécimo imputado se encuentra viviendo en España a la espera de ser extraditado y ser también sometido a juicio. El duodécimo participante fue un adolescente de 15 años de edad en aquél momento que no está siendo juzgado debido a su minoridad cuando ocurrieron los hechos.
La clausura del juicio estuvo acompañado por un operativo policial intensivo que desde horas tempranas cortó el tránsito vehicular y peatonal y colocó vallas frente a Tribunales, sobre calle Alvear entre las perpendiculares Brown y Sarmiento, considerando la cantidad de imputados presentes en el debate oral.
El tribunal pluripersonal a cargo de la instancia procesal está integrado por los jueces Cristina Fortunato (presidenta), Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez.
La fiscal que tuvo a su cargo la investigación fue Ángela Capitanio, quien se acogió al beneficio jubilatorio a fines del año pasado. Por ello, la fiscal Shirli Tomasso es quien representa al Ministerio Público de la Acusación (MPA) en el juicio.
Por su parte la defensa técnica de los imputados es representada por 8 abogados más sus colaboradores. Los Dres. Juan Manuel Lovaiza, Marcos Barceló, Jorge Cuesta, Claudio Torres del Sel, Alejandro Otte, Federico Scarinci, Ezequiel Gramoy y Natalia Giordano.
Luego del paso de más de 60 testigos, en el cierre de ayer la Fiscalía ratificó sus pedidos de 18 años de prisión de efectivo cumplimiento para todos los acusados, con excepción de JB, para quien se solicitaron 20 años de prisión ya que está imputado por otra violación que tuvo como víctima a otra joven unos meses antes del hecho que nos ocupa.
“La pena a aplicarse no debe ser benévola, sino que debe ser esencialmente justa”, solicitó ante los jueces la fiscal Shirli Tomasso en su alegato.
La calificación penal sostenida por la Fiscalía para los imputados LL, MB, AA, PS, SA, MS, GG, AZ, y JV -por la que pidieron 18 años de prisión de efectivo cumplimiento-, por ser autores penalmente responsables del delito de «abuso sexual con acceso carnal calificado, agravado por haber sido cometido por dos o más personas, agravado por la participación de un menor de edad»; y al acusado JB, a la pena de 20 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor penalmente responsable de los delitos de «abuso sexual con acceso carnal calificado por haber sido cometido por dos o más personas, agravado por la participación de un menor de edad» y «abuso sexual simple», esto último por otro hecho separado que tuvo como víctima otra joven de la localidad.

ALEGATO DE
LA FISCAL
Los tramos principales del alegato de la fiscal Shirli Tomasso son los que siguen.
* “Quedó acreditado en este debate que todos los acusados se divirtieron a costa de la menor. No tenemos dudas que la utilizaron como un objeto. A lo largo de este debate todos los presentes escucharon el relato de la víctima, los testigos y a los propios acusados, quienes relataron la situación vivida en la madrugada del 12 de mayo de 2018. Yo me pregunto señores jueces, si una adolescente de 16 años, alcoholizada, drogada, encerrada en una habitación con 12 varones, once de ellos mayores de edad de entre 19 y 22 años y un menor de 15 años; ¿no es una situación de desventaja, de vulnerabilidad, en la que la menor se encontraba, o entonces qué es?".
* “Como circunstancias agravantes hemos analizado y tenido en cuenta al momento de solicitar la pena, la extensión y el peligro del daño causado. La gravedad del hecho en cuanto a la víctima, surge de la propia descripción […] Todos los acusados la accedieron carnalmente a la menor, participando todos de un abuso en grupo, aprovechándose en forma despiadada de su condición frente a esta víctima, que no disponía libremente de sus actos, y que además manifestó en reiteradas ocasiones que se detengan; les pedía que pararan […] no fue dueña de sus actos, fue avasallada por ellos, no siendo un dato menor que todos arengaron al menor de edad para que también la acceda, aumentando aún más lo degradante de la situación a la que la sometieron”.
* “Otro agravante es el daño causado en este hecho. No sólo estos hechos impactaron de manera negativa, trascendental en la vida de la víctima, sino también lo hicieron en todo su entorno familiar. Tanto ella como su madre se tuvieron que ir de la localidad de Pilar, debido a que la comunidad juzgaba a la propia víctima, ubicándola como responsable del accionar de los acusados. Desconociendo lo atroz de los actos a la que fue sometida, el hostigamiento que sufrió, en toda la localidad la prohibieron. Fueron abordadas por familiares de los acusados y hasta abogados en representación de las familias de los acusados”.
* “Los acusados ya habían organizado previamente lo que le iban a hacer a la menor; eran plenamente concientes de lo que estaban haciendo, no sólo que esperaban su turno para acceder a la chica, sino que observaban el accionar de uno y otro. Este accionar se prolongó por el lapso de varias horas”.
* “También analizamos la circunstancia de que [los imputados] no han demostrado arrepentimiento alguno a lo largo de estos años”.
* “Demás está hablar del daño psicológico en toda la vida de la víctima, que fueron acreditados a lo largo de este debate”.
* ”La licenciada en psicología [que atendió a la víctima menor de edad] dijo que es una persona ubicada en tiempo y espacio con un relato coherente y ordenado que habla desde el dolor”. “Advirtió en ella síntomas como el miedo, la culpa, la angustia, la vergüenza, la desconfianza”.
* “A lo largo de este debate acreditamos el grave daño psicológico que este hecho le ocasionó a la menor. Ella contó que tuvo pensamientos suicidas a lo largo de estos años, sus ataques de pánico, sus cambios de personalidad, sus conflictos en la intimidad, las humillaciones sufridas en la escuela, en el pueblo en el que vivía; nos contó las publicaciones denigrantes con contenido misógino en las redes sociales, el alejamiento de sus amistades. También contó el hostigamiento de las familias de los acusados para que cambie su declaración a lo largo de estos años”. “Su mamá contó como su hija cambió su forma de ser, que estaba triste, que se quería morir, que tenía ataques de nervios, se encerraba en su habitación, que dejó la escuela, que a la noche la encontraba en la plaza llorando; que no tenía motivos para seguir viviendo, que tenía miedo de cruzarse con los chicos en la calle, y que no podía tener relaciones con su novio porque se acordaba del suceso y explotaba en llanto”.
* “La teoría de la defensa carece de todo sustento, fáctico, legal y probatorio. Estas se encuentran plagadas de absurdos. La primera es que la víctima de 16 años tuvo relaciones consentidas con los 12 imputados, y que denunció porque se enteró que había fotos y videos de esa noche, y denunció por vergüenza de que la comunidad de Pilar se enterase de sus preferencias sexuales. Entonces, ¿si existían videos y fotos de una supuesta relación consentida, de una fiesta sexual, para qué la víctima diría que fue violada y su madre radicaría una denuncia si después las autoridades encargadas de investigar corroborarían fácilmente que la relación había sido consentida? No obstante ello se sometió a un largo proceso penal donde tuvo que declarar en varias oportunidades”.

ALEGATOS DE
LA DEFENSA
Por su parte la Defensa se expresó en varios alegatos.
Varios de ellos, como el caso del esgrimido por el Dr. Juan Manuel Lovaiza, tenían un denominador común que es que, “se trató de un hecho consentido con mi defendido -dijo Lovaiza-. Se trató de un encuentro más de la menor”, y por estos motivos pidió que se absuelva a sus dos defendidos amparados en el principio jurídico del «in dubio pro reo», lo cual se podría traducir como «en caso de duda, a favor del acusado». Esto es que si en un procedimiento penal se tienen dudas sobre la culpabilidad del acusado, este tiene que ser absuelto necesariamente.
El Dr. Marcos Barceló también pidió la absolución de su pupilo, basándose en el “déficit investigativo” que el abogado observó durante el proceso, en relación a la parte acusatoria.
El Dr. Barceló agregó además que, “las dos amigas de la menor que declararon bajo juramento, dieron claro testimonio de que en todo momento la denunciante prestó su consentimiento para el juego sexual que practicaron y que ese consentimiento nunca estuvo viciado”.
El letrado afirmó además que, ”lo que nos muestran los hechos lo expresa el diálogo en este juicio oral: que quince personas en total participaron en aquella reunión del 12 de mayo de 2018 en la localidad de Pilar. De esas quince, once son los imputados, a lo que se agrega un menor de edad, y las tres mujeres ya todas mayores de edad al día de la fecha”.
“De esas quince personas -continuó-, una de ellas sostiene una hipótesis de lo ocurrido: que fue la abogada, de que [la víctima] no pudo consentir libremente los actos sexuales, y las catorce restantes sostienen exactamente lo contrario, que se trató de sexo grupal consentido y que la denunciante siempre estuvo lúcida y sin alteraciones de conciencia y que prestó consentimiento libre en todo momento. No sólo inició los actos de seducción sino que luego invitaba a sus amigas a sumarse al acto sexual grupal mientras este duró y cuando todo terminó lanzó una dura advertencia a todos los presentes: «Gracias a mi se divirtieron. Si alguno habla o muestra foto los denuncio a todos».

CONCLUSION
Como se ve tanto la Fiscalía como la Defensa presentaron dos posturas claramente opuestas, la primera haciendo hincapié en la transparencia de lo ocurrido durante el hecho y la clara violación; y la segunda firmemente plantada en que se trató de un hecho “libre y consentido”.
 A partir de ahora será tarea del Colegio de Jueces evaluar las pruebas, el relato de los testigos y los alegatos de las partes para llegar a la verdad en este caso que consternó a toda esta región y tuvo eco también en otros rincones y lugares de Argentina.
El fallo se dará a conocer en los próximos días, casi con certeza el miércoles, pero será la Oficina de Gestión Judicial, quien informará finalmente día y hora para la lectura de la sentencia.

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