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Policiales Miércoles 18 de Septiembre de 2024

El imputado por el crimen de Julio Funes seguirá en prisión preventiva hasta el juicio oral

El juez de Cámara Cristian Fiz, resolvió confirmar la resolución del juez Javier Bottero, y mantener la prisión preventiva por un año más de Iván Belizán, que vencería el 18 de mayo del año 2025 o al comenzar el juicio oral si es antes.

Agrandar imagen El fiscal Dr. Martín Castellano lleva adelante una ardua tarea de investigación que ya lleva 4 años de trabajo.
El fiscal Dr. Martín Castellano lleva adelante una ardua tarea de investigación que ya lleva 4 años de trabajo. Crédito: FOTO ARCHIVO

A partir de las 9 de la mañana de hoy, en la sala 2 de los tribunales penales de Rafaela, se llevó a cabo una audiencia de apelación de la prisión preventiva, en la causa donde están imputados Iván Alejandro Belizán y su hermana Marianela Andrea P. por la muerte violenta del rafaelino Julio Ramón Funes, de 70 años de edad al momento de los hechos, ocurrida entre el día 18 de marzo y el día 25 de marzo de 2020.

Presidió esta audiencia el juez de Cámara Dr. Cristian Pablo Fiz; en tanto que por el Ministerio Público de la Acusación estuvo presente el fiscal de la Sección Homicidios de la Fiscalía Regional V, Dr. Martín Castellano; y en la defensa técnica del imputado la Dra. Amalia Cassina, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP).

Recordamos que los encartados están acusados con las siguientes calificaciones jurídico penales, correspondiente a dos grupos de hechos.

Respecto al primer grupo de hechos, relacionados al homicidio de Julio Ramón Funes, atribuidos en forma conjunta a Iván Alejandro Belizán y su hermana Marianela Andrea P., “homicidio doloso simple” (Art. 79 del Código Penal de la Nación), atribuyéndose el mismo al imputado Iván Belizán en calidad de autor y a Marianela Andrea P. en calidad de partícipe secundaria.

Respecto del segundo grupo de hechos, atribuidos únicamente a Iván Belizán, el referido a un presunto abuso sexual contra una sobrina: “abuso sexual simple a menor de 13 años, abuso sexual agravado por haber mediado acceso carnal a menor de 13 años y mediando abuso coactivo”, reiterado, en concurso real y “promoción de la corrupción de menores”, en concurso ideal, atribuyéndose tales hechos al imputado en calidad de autor.

Se recuerda asimismo que en una audiencia preliminar al juicio oral que se realizó en los tribunales de Rafaela el 29 de mayo último ante el juez Javier Bottero, el fiscal Martín Castellano adelantó que solicitará 40 años de prisión para Iván Belizán por el asesinato de Julio Ramón Funes en 2020 en Rafaela. En tanto que para su hermana Marianela P., de 38 años, acusada de ser partícipe necesaria del homicidio la Fiscalía pedirá que sea condenada a 9 años de prisión. La imputada actualmente está con prisión preventiva domiciliaria.

 

Lo ocurrido en la audiencia de hoy

Respecto de la audiencia de esta mañana, esta consistía en una apelación de la prisión preventiva.

El 10 de mayo de este año, el juez de investigación penal preparatoria (IPP) Dr. Javier Bottero, había prorrogado por el término de un año más la prisión preventiva de Iván Belizán.

Los dos años como máximo que prevé el Código Procesal Penal, vencían el 18 de mayo del año 2024. Antes de esa fecha, ante una solicitud del fiscal Martín Castellano, se ordenó prorrogar por el término de un año la prisión preventiva, lo cual está contemplado como factible por el Código en casos extraordinarios.

Esa resolución fue apelada hoy por la defensa. Esta mañana se hizo la audiencia de apelación y el juez de segunda instancia Cristian Fiz, resolvió confirmar la resolución del juez de primera instancia, Dr. Javier Bottero, y mantener la prisión preventiva por un año más de Iván Belizán, que vencería el 18 de mayo del año 2025.

 

<i>La casa de calle Pedro Soldano al 1300 donde hall&oacute; la muerte Julio Ram&oacute;n Funes en marzo de 2020, cuyo juicio oral a&uacute;n est&aacute; pendiente. </i>
La casa de calle Pedro Soldano al 1300 donde halló la muerte Julio Ramón Funes en marzo de 2020, cuyo juicio oral aún está pendiente.

 

Un juicio abreviado truncado

Viene al caso recordar que el lunes 25 de marzo de este año, en los tribunales penales de Rafaela, estaba prevista la realización de una audiencia de juicio abreviado donde se iba a dictar sentencia contra Iván Alejandro Belizán por el homicidio de Julio Ramón Funes y el presunto abuso sexual contra su sobrina.

El acuerdo al cual habían llegado el fiscal Martín Castellano con la Defensa estipulaba una condena que rondaba los 20 años de ejecución, pero ya comenzada dicha audiencia y después que el fiscal Martín Castellano leyese el acuerdo y la pena alcanzada y pendiente de homologación ante el tribunal colegiado conformado por los jueces Cristina Fortunato, Nicolás Stegmayer y Juan Gabriel Peralta; dicho acuerdo fracasó.

Ello debido a un cambio de opinión de Belizán, quien reclamó condiciones diferentes a las acordadas previamente, no ratificando el acuerdo alcanzado frente a los jueces que le darían el cierre a esta causa penal, por lo que todo quedó en un intento fallido.

 

Hechos atribuidos a Belizán

Respecto del homicidio de Julio Funes, se les atribuye a Iván Alejandro Belizán -de 29 años de edad en el momento de los hechos- y a su hermana Marianela Andrea P. -de 34 años en el momento de los hechos- que en fecha ubicable entre el 18 de marzo y el día 25 de marzo de 2020, haber provocado y cooperado respectivamente -de manera dolosa- de la muerte de la víctima Julio Ramón Funes, quien tenía 70 años de edad en ese momento.

Esa muerte dolosa se había producido en el interior del domicilio propiedad de Funes, ubicado en calle Pedro Soldano al 1300 de esta ciudad de Rafaela.

En el periodo de tiempo antes referido, y luego de una discusión por causas del momento surgida dentro de la vivienda de calle Soldano, el imputado se encargó de atar a la víctima con cables tanto en sus pies -por los tobillos- como en sus manos -por las muñecas-, en compañía de su hermana.

Luego de lo anterior, Belizán golpeó violentamente al nombrado en la cabeza utilizando para ello una pala de hierro que estaba a mano, provocando tal agresión física el fallecimiento de Funes en el lugar.

Luego de dicho golpe Belizán con la cooperación de su hermana, llevaron el cuerpo sin vida de la víctima a una habitación ubicada en la parte del frente de la vivienda, colocándolo sobre la cama para luego taparlo y dejarlo en ese lugar ante la posible llegada de vecinos.

Luego de transcurridos algunos días, los co-imputados Belizán y su hermana trasladaron el cuerpo sin vida de Julio Funes hacia un galpón cerrado ubicado en el fondo de la vivienda, donde lo dejaron.

En fecha 29 de marzo, con la clara intención de eliminar la existencia de rastros de los hechos previamente cometidos, Belizán y su hermana prendieron fuego al cuerpo sin vida de Funes dentro del galpón cerrado, para luego darse ambos a la fuga a bordo de una motocicleta de color roja.

Con respecto al segundo grupo de hechos, atribuidos únicamente a Belizán, se le atribuye al imputado haber desplegado actos violatorios de la integridad sexual de la menor de edad BDG -con quien mantenía vínculo familiar ya que la nombrada es hija de su hermana-, revistiendo los hechos entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la víctima.

En el transcurso del año 2008, el imputado, aprovechándose de la corta edad de su sobrina -de 7 años en esos momentos- efectuó conductas impropias y abusivas de tipo sexual con la niña. Estos actos se produjeron en circunstancias en que el imputado se encontraba de visita en el domicilio donde habitaba su hermana con su sobrina. En otros momentos los actos abusivos se produjeron en un domicilio ubicado en Av. Italia al 2400 de esta ciudad.

A partir del año 2009 hasta el 2011, Belizán comenzó otro tipo de actos ultrajantes ya con acceso carnal a partir del año 2012 hasta el 2016 inclusive. Esos actos vulneraron el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la niña.

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