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Policiales Viernes 31 de Marzo de 2023

Deberán donar $2 millones por querer “coimear” a policías

REDACCION

Por REDACCION

El 17 de marzo último, en el marco de la causa «Alan Jorge G. y Franco Damián L. sobre delitos contra la administración pública», en trámite ante la justicia penal de Rafaela; la fiscal Dra. Gabriela Lema –en representación del Ministerio Público de la Acusación (MPA)- por una parte, y el Dr. Germán Verna -defensor de los imputados Alan Jorge G. y Franco Damián L.- por la otra, solicitaron la suspensión del procedimiento a prueba (“probation”) tras un acuerdo alcanzado.
Es decir que acordaron en forma conjunta medidas alternativas a la prisión preventiva para ambos imputados, lo cual fue homologado por el juez de la investigación penal preparatoria (IPP), Gustavo Bumaguín.
En dicho acuerdo se consignaron la reparación y reglas de conducta a cumplir por parte de los dos imputados, en el lapso que las partes acordaron de un año, sin que esto importe una confesión ni reconocimiento de responsabilidad penal.
Logrado esto, se convocó a una audiencia oral a los imputados, su defensa, y a la fiscal, la cual se desarrolló el martes último.
En la instancia procesal, la fiscal Lema explicó los términos del acuerdo arribado, principalmente las reglas de conducta a cumplir por parte de los imputados, y el tiempo de suspensión que las partes acordaron por el término de un año, como ya se dijo. Ni los imputados, ni su defensor, formularon objeción alguna, expresando todos su anuencia con el convenio en todos sus términos.
Cabe agregar que en la causa los imputados están acusados del delito de cohecho activo (ofrecimiento de “coimas” o dádivas; artículo 258 del Código Penal).

EL ACUERDO
ALCANZADO
Las partes llegaron a un acuerdo consistente en el pago de $2.000.000 (dos millones de pesos), en concepto de reparación integral del daño causado.
La suma a entregar en concepto de reparación, será transferida como caución real en ocasión de disponerse las medidas alternativas a la prisión preventiva de ambos imputados, disponiendo que estos efectúen el pago en forma conjunta y solidaria mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de titularidad de la Comisión Asesora Municipal de Entidades de Bien Público.
Finalmente cabe agregar que a lo anterior se incorporaron como reglas de conducta ineludibles, que los imputados constituyan domicilio real y se sometan al cuidado de la Dirección de Asistencia y Control Pos-Penitenciario.
Alan Jorge G. constituyó domicilio en la localidad de Yerba Buena (Pcia. de Tucumán); en tanto que Franco Damián L. hizo lo propio en la ciudad de San Miguel de Tucumán (Pcia. de Tucumán).

EL HECHO
IMPUTADO

En fecha 17 de febrero de 2023, a las 23:20 horas aproximadamente, Alan Jorge G. junto a Franco Damián L., circulaban por la ruta nacional Nº 34 en dirección sur a norte; conduciendo un vehículo marca Chevrolet Onix Joy.
Al llegar al kilómetro 159,5 fueron interceptados por numerarios pertenecientes a la Policía de Seguridad Vial de la provincia de Santa Fe, quienes se encontraban realizando controles de rutina.
En ese momento el personal policial les exigió que exhiban la documentación del vehículo en cuestión. Como la documental referida no se encontraba en regla el personal policial les manifestó que realizarían una requisa.
Así las cosas, los imputados se acercaron al personal policial y le ofrecieron hasta $800.000 para cada uno de ellos, con la finalidad de que no continúen con las actuaciones.
El delito fue calificado como “cohecho activo” en carácter de coautores. Los imputados no registraban condenas anteriores.


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