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Policiales Miércoles 7 de Junio de 2023

Convenio de asistencia para víctimas de delitos

Al subsidio podrán gestionarlo quienes sufren incapacidad total o parcial y permanente para trabajar a raíz de un hecho ilícito. También los familiares de personas que hayan fallecido a raíz de un hecho delictivo.

REDACCION

Por REDACCION

La fiscal general del Ministerio Público de la Acusación (MPA), María Cecilia Vranicich, y el director de la Caja de Pensiones Sociales Ley 5.110, José Luis Rossetto, firmaron un convenio en la Fiscalía General en la ciudad de Santa Fe. La finalidad del documento suscrito es instrumentar el otorgamiento de asistencia económica a víctimas de delitos, según lo establecido en el artículo 7 bis de la ley provincial número 5.110, modificada por la ley número 14.177.
El subsidio es de origen no contributivo y está destinado a personas que, como consecuencia de un hecho ilícito, sufren incapacidad total o parcial y permanente para trabajar. Además, entre otros requisitos legales, los potenciales beneficiarios no podrán ser declarados autor, coautor o cómplice del delito.
También podrán recibir la asistencia integrantes del grupo familiar conviviente de personas que haya fallecido a raíz de un ilícito.
De acuerdo con lo convenido, el MPA brindará la información necesaria referida a la condición de víctima del potencial beneficiario. En tal sentido, en los casos en los que el MPA constate e informe el carácter de víctima, la Caja de Pensiones Sociales Ley 5.110 será la que analizará la acreditación de ése y de los otros requisitos exigidos para percibir el subsidio.
Vranicich valoró que “trabajamos para garantizar el efectivo ejercicio de todos y cada uno de los derechos que tienen las personas afectadas por delitos penales”, y remarcó que “el acompañamiento a las víctimas es uno de los ejes prioritarios de nuestra gestión”.

PENSIONES LEY 5110
La Caja de Pensiones Sociales Ley 5110, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, es una de las herramientas primordiales del Estado Provincial, y tiene como visión ser el organismo de excelencia en materia de Seguridad Social y brindarse como tal a la ciudadanía. Su objetivo es prestar asistencia social mediante el otorgamiento de beneficios de origen no contributivo destinados a aquellas personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad social.
Además, se otorga un beneficio a los ex combatientes de las acciones bélicas en el Atlántico Sur mediante la “Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de Malvinas", según Ley 11.586/98. Desde el año 2011, se abona un beneficio de reconocimiento a aquellas personas que hayan cumplido funciones como bomberos voluntarios durante 20 años como mínimo.
Asimismo, con la promulgación de Ley 13.298 en 2013, se abona una pensión resarcitoria para personas que fueron víctimas del Terrorismo de Estado, ya sea por causas políticas, gremiales o estudiantiles, durante la última dictadura militar (1976-1983). En la misma ley a partir de 2018 se incluyó a miembros de la Comunidad LGBTIQ+ por haber sufrido violencia y discriminación de género y por Ley 13330/13, se creó un beneficio para las madres de personas desaparecidas o asesinadas durante el mismo periodo.

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