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Policiales Lunes 6 de Julio de 2026

Confirmaron la condena a Spahn por el crimen de Riatto y envían al Tribunal de Ética los dichos de su defensor

La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso presentado por la defensa de Miguel Spahn y ratificó la pena a 23 años de prisión impuesta por el homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, cometido en julio de 2023 en Lehmann.

Agrandar imagen Gonzalo Riatto, el joven de Lehmann que fue brutalmente asesinado por Spahn en julio de 2023.
Gonzalo Riatto, el joven de Lehmann que fue brutalmente asesinado por Spahn en julio de 2023. Crédito: ARCHIVO

La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión impuesta a Miguel Ángel Spahn por el homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido el 7 de julio de 2023 en la localidad de Lehmann. De esta manera, rechazó todos los agravios planteados por la defensa y dejó firme la sentencia dictada por mayoría durante el juicio oral realizado en Rafaela.

El tribunal de segunda instancia estuvo integrado por los jueces Sergio Alvira y Cristian Fiz, con la participación de Fabio Mudry, quien se abstuvo de emitir opinión conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ambos magistrados coincidieron en rechazar el recurso defensivo, confirmar la pena de 23 años de prisión y desestimar un nuevo pedido para que se realizara una junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.

Durante la audiencia de apelación, que se llevó a cabo el pasado 22 de junio tal como informó LA OPINIÓN, la defensa de Spahn, ejercida por Juan Bautista Degiovanni y Marcelino Plaza, no cuestionó la autoría ni la materialidad del homicidio, sino únicamente la extensión de la pena. Sostuvo que la condena resultaba excesiva, pidió una reducción del monto impuesto y volvió a insistir con la realización de una evaluación psiquiátrica del condenado.

Sin embargo, la Cámara recordó que ese planteo ya había sido rechazado mediante una resolución firme dictada en noviembre de 2025 y consideró que no existían hechos nuevos que justificaran reabrir la discusión. Los jueces señalaron que durante el juicio ya se había analizado la capacidad psíquica de Spahn y que la prueba producida permitió concluir que era plenamente imputable al momento del hecho.

El juicio oral se había desarrollado en Rafaela durante junio y julio del año pasado. En esa oportunidad, el tribunal conformado por los jueces Juan Gabriel Peralta, Gustavo Bumaguin y Nicolás Stegmayer consideró acreditada la autoría de Spahn en el crimen y, por mayoría, lo condenó a 23 años de prisión.

 

 

En tanto, la audiencia de apelación realizada el pasado 22 de junio de 2026 fue a través del sistema mixto de presencialidad y videoconferencia. En este sentido, el propio Spahn había participado mediante la plataforma de zoom desde la penitenciaría de Coronda donde cumple la condena. Asimismo, presencialmente se habían sumado el representante de la querella, Dr. Carlos Farías Demaldé y familiares de la víctima Verónica González (madre), Edgardo Riatto (padre) y su viuda, Ariana Tenorio.

 

Una pena proporcionada

Respecto de la condena, el voto del juez Alvira sostiene que no existe arbitrariedad en la determinación de la pena y que los jueces del tribunal oral fundamentaron adecuadamente tanto las circunstancias agravantes como las atenuantes previstas en los artículos 40 y 41 del Código Penal.

La resolución recuerda que el tribunal de juicio valoró la ausencia de antecedentes penales, el contexto de vulnerabilidad social y las manifestaciones de arrepentimiento de Spahn, aunque entendió que esos elementos no alcanzaban para neutralizar la gravedad del hecho ni el elevado grado de culpabilidad demostrado durante el debate.

Los camaristas también descartaron los cuestionamientos de la defensa respecto de las agravantes consideradas por la sentencia. En ese sentido, señalaron que el fallo de primera instancia describió detalladamente la persecución sufrida por la víctima, la persistencia del ataque, el acorralamiento de Gonzalo Riatto y las múltiples heridas de arma blanca que terminaron provocándole la muerte, circunstancias que justifican una sanción cercana al máximo previsto para el delito de homicidio simple.

Además, la Cámara sostuvo que el daño ocasionado trascendió la muerte de la víctima y alcanzó de manera irreversible a todo su núcleo familiar, al valorar especialmente los testimonios brindados durante la audiencia por los padres y la viuda de Gonzalo Riatto, quienes describieron las consecuencias que el crimen sigue teniendo para la familia.

 

Cuestionamientos a la defensa

Uno de los aspectos más llamativos de la resolución es que el tribunal resolvió remitir copia del registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la Quinta Circunscripción.

La decisión se vincula con las expresiones formuladas por el defensor Juan Bautista Degiovanni, quien había insinuado que el contexto político y la cercanía de las elecciones, además de las movilizaciones por la inseguridad, pudieron haber influido en la condena dictada por el tribunal oral. Para los camaristas, esas afirmaciones carecen de sustento y constituyen un cuestionamiento improcedente a la independencia, probidad y capacidad técnica de los magistrados, por lo que consideraron pertinente poner el caso en conocimiento del órgano disciplinario.

Con esta resolución, la Cámara confirmó íntegramente la sentencia que había condenado a Miguel Ángel Spahn a 23 años de prisión como autor del homicidio simple de Gonzalo Andrés Riatto, un crimen que conmocionó a la comunidad de Lehmann en julio de 2023.

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