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Policiales Martes 8 de Agosto de 2023

Con alegatos de clausura terminó el juicio por Gonzalo Glaría

La maratónica audiencia duró 4 horas corridas. Los alegatos estuvieron a cargo del fiscal Diego Vigo por el Ministerio Público de la Acusación; y de las defensoras Amalia Cassina y Georgina Allasia por el Servicio Público de la Defensa Penal. Habló el papá de Gonzalo y dijo que, “la sociedad está cansada y agotada de estos hechos” y que la misma “debería tener muchos más Gonzalos. Falta mucha Justicia”, dijo.

REDACCION

Por REDACCION

Luego de una extensa mañana judicial, que se prolongó durante cuatro horas corridas ayer en el marco de los alegatos de clausura en el juicio oral y público por el homicidio en ocasión de robo -esta fue hasta ahora la imputación provisoria- del joven rafaelino Gonzalo Glaría, sin embargo, el momento central de toda la mañana fueron los últimos cinco minutos de la audiencia cuando decidió hacer uso de la palabra Gustavo Glaría, padre de Gonzalo, quien se dirigió al tribunal y a todos los presentes.

PALABRAS DE
GUSTAVO GLARÍA
Quizás recordando con buen tino la razón de por qué todos los presentes estaban allí, Gustavo recordó que, más allá de las palabras, “acá la única víctima, que está muerta, es Gonzalo Glaría”, expresó muy angustiado el papá de quien murió ejerciendo el acto de justicia que su sentido ético y solidario le ordenaba en ese momento: ayudar a un menor de edad que había sido despojado de sus pertenencias.
Así lo entendió Gonzalo en una fracción de minuto que cambió para siempre su vida, la de sus familiares y amigos, y la de toda una ciudad.
Este es el punto central del debate que no debe olvidarse y que encontrará su punto culminante el próximo viernes a las 8.00 -horario provisorio-, cuando el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Cristina Fortunato, José Luis Estévez y el conjuez Sergio Beceyro, harán público el veredicto tan esperado.
Así, el papá Gustavo Glaría, subió al estrado y tomando el micrófono expresó su sentir, su pesar y su deseo puntualizando su “dolor por las palabras que había escuchado de las abogadas [defensoras]” y sobre que “la sociedad está cansada y agotada de estos hechos” y que “esta es una posibilidad de mostrar una Justicia que estuvo trabajando tan bien. La Fiscalía con las pruebas, que ahora ponemos todo en mano de los jueces para que realmente nos demuestren con hechos que están comprometidos con hacer las cosas bien y se termine esta delincuencia en la calle”.
Finalizada la audiencia, ante la consulta de LA OPINIÓN, Glaría añadió: “me dio mucho dolor cuando [las defensoras] hablaban sobre el tema de Gonzalo. Nos emocionamos todos. La verdad es que estamos cada vez más encerrados nosotros y menos los delincuentes”.
En la misma línea, Gustavo Glaría consideró que, “fue durísimo el momento, pero estamos muy esperanzados porque la Fiscalía tiene todas las pruebas, se presentó todo, y realmente creo que la sociedad está cansada de vivir enrejada, de cada vez tener que cuidarnos más para que este tipo de personas anden sueltos, cometiendo delitos”. Remarcó: “estamos muy esperanzados que realmente se va a hacer Justicia”, dijo ante la consulta de Sergio Boschetto de Radio Rafaela sobre el mismo tema.
Prosiguió diciendo que, “Gonzalo es la víctima. Las defensoras, con una falta total de respeto hacia una víctima que no está, no podían hablar así de una persona fallecida”. Agregó: “quise dejar muy en claro eso, que él es una víctima de todo esto, no como lo hacen aparecer. Duele mucho pero es el mensaje que debemos tomar: su actitud. Todos tenemos familia y la estamos pasando muy mal, entonces la sociedad debería tener muchos más Gonzalos, falta mucha Justicia y este puede ser un pequeño pasito para que la Justicia se logre”, concluyó Gustavo Glaría.
A esta altura suena como una redundancia, pero se debe recordar que en este juicio oral y público, por el lado de la parte acusatoria, el MPA está siendo representado por el fiscal Dr. Diego Vigo; y la defensa técnica por las abogadas Amalia Cassina y Georgina Allasia, de la Defensoría Pública, representando a los imputados Cristian M. y Matías P. respectivamente.

ALEGATO DE CLAUSURA
DEL FISCAL DIEGO VIGO

Haciendo honor al poder de síntesis, ya que las alocuciones en los alegatos de ambas partes, tanto de la Acusación como la Defensa se prolongaron por espacio de varias horas, citaremos frases textuales que sintetizan esos discursos.
En primer lugar -así fue el orden establecido- hizo su alegato de clausura el fiscal Diego Vigo, quien expresó los siguientes conceptos.
* “Glaría ejerció una legítima defensa”.
* “Arribo sin margen de dudas a que [los imputados] fueron coautores de homicidio en ocasión de robo”.
En cuanto a la materialidad de los hechos y la convocatoria al sector de baños del Parque de los Eucaliptos para la compra-venta del teléfono celular, Vigo expresó:
* “La trampa ya estaba tendida y el menor BD cayó en la trampa del desapoderamiento delictivo violento de sus bienes. Además de los golpes hacia BD y su pequeño hermano. Esas lesiones se corresponden con el relato de la víctima”.
Sobre el relato del hecho apuntó:
* “[El imputado] Matías P. leyó un prolijo guión escrito, donde decía desconocer que eran perseguidos”.
* “Lo que hizo Gonzalo es que quiso neutralizar el delito en curso de ejecución”.
* “¿Caben dudas que Gonzalo ejercía una persecución en legítima defensa? El MPA entiende que las declaraciones de los imputados son inverosímiles. Matías P. desconociendo todo lo que pasaba… Cristian M. perseguido por el menor [víctima] a pie durante más de 600 metros...”.
* “Los imputados huían en contramano hacia el sur, en diagonal en una avenida. Según sus dichos ¿sería común esta situación?”.
* “¿Entonces el menor víctima BD lo engañó a Glaría? ¿Esto es una desgracia como lo planteó la defensa en su alegato de apertura?”.
* “Existió una creación de riesgo prohibido que de potencial pasó a concreto”. “La muerte de Glaría fue resultado directo del riesgo prohibido creado por los imputados para consumar el hecho”.
* “Concluimos que la probada convergencia delictiva de los imputados no tuvo solución de continuidad, implicó la creación de un riesgo concreto para Glaría atribuible a los imputados, ni a la víctima, ni a la naturaleza. Y la muerte de Glaría que se produjo como consecuencia de las heridas sufridas por el impacto contra el automóvil en esa estrecha calle, elegida por los imputados en fuga, fue resultado directo de ese peligro desplegado por ambos imputados para consumar el hecho”.
* “Defenderse de un delito o asumir la legítima defensa de un tercero, no puede ni debe ser valorado como una conducta temeraria. No dice eso la ley […] Gonzalo estaba protegido por el derecho, estaba legitimado, y utilizó un medio al alcance de las circunstancias”.
* “Gonzalo no estaba obligado a ejercer la legítima defensa de un tercero, pero al asumirla el derecho estaba amparándolo”.
* “Al saberse perseguidos Matías P. y Cristian M. podían desistir del riesgo prohibido que mantenían en el tránsito vehicular, pero no lo hicieron, resistieron la pretensión neutralizante de Glaría”.

CALIFICACIÓN PENAL
Finalmente el fiscal Vigo sostuvo que la calificación penal aplicable a ambos imputados es la de “homicidio en ocasión de robo” (art. 165 del Código Penal) con sus agravantes, y como monto de la pena solicitó 16 años de prisión a cada uno de los imputados, con inmediata detención y prisión preventiva ante el posible peligro de fuga.

ALEGATOS DE CLAUSURA
DE LA DEFENSA

A su turno, ambas defensoras, las abogadas Amalia Cassina -por Cristian M.- y Georgina Allasia -por Matías P.- brindaron también sus alegatos de clausura.
La Dra. Georgina Allasia sostuvo entre sus conceptos principales que:
* “No hay homicidio en ocasión de robo porque Matías P. ni sabía nada del robo. No se probó en el debate su coautoría”.
* “No hay plan común ni ejecución conjunta, porque no se pudo probar. Matías P. no tenía conocimiento de lo sucedido, de lo que estaba ocurriendo a 165 m de distancia. Nunca tuvo el dominio funcional del hecho”.
* “Matías P. es inocente. No hay otro camino que la absolución de Matías P.” […] “No corresponde prisión preventiva y una condena es innecesaria”.
Por su parte la Dra. Amalia Cassina afirmó que:
* “En todos los sucesos de la compraventa del celular la Fiscalía se basa en conjeturas”.
* “No había plan previo ni organización. Matías P. nunca estuvo en alerta porque no había ningún plan común”.
* “No está acreditada la violencia en el robo. Y sin robo no hay artículo 165 (homicidio en ocasión de robo)”.
* “C. Milesi no tenía idea que el menor BD habló con Glaría. No tenía conocimiento de esta situación”.
* “Durante el transcurso de Roque Sáenz Peña, C. Milesi no sabía que Glaría venía atrás. Entonces no iba huyendo de nadie porque no sabía que Glaría lo estaba persiguiendo”.
* “Nunca tuvieron conocimiento de la persecución ni Matías P. ni Cristian M.”.
* “Cristian M. reaccionó con la patada a Glaría por el accidente de tránsito”, concluyó.

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