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Policiales Martes 17 de Marzo de 2020

Ceres: solamente circula quien tiene domicilio en el distrito

Lo que se cita en el título de la nota, surgió tras una decisión de la Junta de Protección Civil, que impone que toda persona debe llevar su DNI, que deberá exhibir ante la fuera pública que lo requiera. 

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FOTO ARCHIVO Crédito: CONTROLES. En Ceres, para circular se debe acreditar residencia en la ciudad.
Redacción

Por Redacción

Por otra parte, está en vigencia que quien no tenga registrado el domicilio en la ciudad de Ceres, deberá ir al Registro Civil y realizar el trámite de cambio de domicilio, y posteriormente circular con la constancia.

De acuerdo a Ceres Diario, la medida también compete a aquellos tengan el DNI en su celular, en forma virtual.

COMUNICADO OFICIAL

La Junta de Defensa Civil de la localidad, en concordancia con lo establecido por el Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe, con referencia a la declaración de cuarentena obligatoria por existencia de nexo con caso probable de corona virus, comunica a toda la ciudadanía lo siguiente:

* mantener la prohibición de ingreso o egreso de las personas, a la localidad.

* Mantener la obligatoriedad de aislamiento por el termino de 14 días, de toda persona proveniente de los países que son de público conocimiento, agregándose los provenientes de Brasil y Chile, quedando esta disposición supeditada al dinamismo de los acontecimientos diarios.

*Los productores rurales deberán obtener la certificación correspondiente, para lo cual, deberán optar por el aislamiento personal (o el de quienes ellos designen) en sus domicilios particulares dentro la ciudad de Ceres, o en sus establecimientos rurales, realizando los aprovisionamientos necesarios en los puntos de control de las fuerzas de seguridad, donde permitirán la entrega y recepción de los mismos. Para este tramite, deberán acreditarse con documentación personal y certificado de RENSPA.

* Los apicultores locales estarán autorizados para transitar hasta las zonas rurales, exclusivamente los sábados y domingos, debiendo registrarse con documentación personal y certificado de RENAPA.

* Se encuentran autorizados para ingresar a la localidad, los transportes para el aprovisionamiento de gas oxígeno medicinal; combustibles para las estaciones de servicios; alimentos, e insumos médicos, farmacéuticos y de veterinaria.

* Los comisionistas locales deberán solicitar la autorización correspondiente en el Destacamento de Gendarmería nacional.

* Los pacientes en tratamiento oncológico y con diagnósticos con tratamientos que no puedan ser interrumpidos, se deberán dirigir al Hospital para obtener las autorizaciones para el ingreso y egreso local.

* Para los pacientes en diálisis, se mantienen los términos que ya han sido protocolizados anteriormente.

* Se informa a toda la población, que deben ser denunciados todos aquellos casos que transgredan los aislamientos instituídos, pudiendo comunicarse durante las 24 horas a los teléfonos numero 101 / 03491- 420082, o bien desde las 7:00 a las 13:00 -de lunes a viernes-  al Juzgado de Faltas de Ceres, quienes no tienen competencia pero colaborarán con la recepción de estas denuncias.

LO RECIBIDO EN LA POLICIA

En tanto, la Policía Provincial recibió la siguente directiva.

- Será responsabilidad de la Policía de la Provincia de Santa Fe, implementar un operativo de seguridad de emergencia en Ceres, en coordinación con las fuerzas de seguridad federales desplegadas en el terreno.

- Durante el despliegue, la Policía provincial deberá impedir el ingreso a la jurisdicción mencionada de toda persona que no posea residencia en ella, con excepción del personal sanitario y de seguridad que se encuentre expresamente autorizado.

* Impedir el egreso de la jurisdicción de sus residentes, a excepción de aquellas personas expresamente autorizadas por la autoridad sanitaria competente.

* Asistir a las autoridades sanitarias competentes, en todas las tareas de seguridad y prevención necesarias para un correcto tratamiento de la emergencia epidemiológica en curso.

*Se deberá diseñar un plan operacional que contemple el bloqueo de todos los ingresos a la localidad (ya sean caminos comunales, rutas provinciales o nacionales); prevea la realización de patrullajes en zonas que permitan eventuales intentos de salida de la jurisdicción a través de accesos no demarcados; intensifique las medidas policiales a implementar en el marco de lo ordenado.

- Se deberá designar un efectivo policial, con la idoneidad suficiente para el manejo de la contingencia y aptitud para realizar la coordinación con las autoridades sanitarias municipales, provinciales y nacionales, así como con las fuerzas de seguridad federales desplegadas en el terreno.

- Se deberán adoptar acciones de previsión y preparación logística y operativa, por eventuales desarrollos no previstos en la presente, y que requieran una intervención inmediata de los efectivos de la Policía de la Provincia desplegados.

- Corresponderá a las autoridades sanitarias competentes, la determinación de la finalización del operativo de bloqueo de ingresos, lo que será informado a través de los canales correspondientes.

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