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Policiales Jueves 7 de Marzo de 2024

Causa Spaggiari: confirman prisión preventiva a principales imputados

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Redacción

Por Redacción

El 19 de febrero último, en las salas de los tribunales penales de Rafaela, se realizó una audiencia de segunda instancia, donde los abogados defensores solicitaron el fin de la prisión preventiva que pesa sobre sus pupilos, los principales imputados en la causa conocida como “Caso Spaggiari”, los hermanos Matías y Fernando S. -de 45 y 48 años respectivamente- y su madre Mirta C. –de 71 años- quien se encuentra detenida preventivamente con prisión domiciliaria.
La instancia procesal estuvo presidida por el juez de Cámara en lo Penal, Dr. Sergio Enrique Alvira; en representación de la Fiscalía Regional N° 5 el fiscal Guillermo Loyola; y como querellantes los Dres. Alejandro Otte, Rafael Juarez, Juan Manuel Chiappero, y Miguel Chiappini. Como defensores asumieron ese papel los abogados Cecilia Alamo, Juan Manuel Lovaiza, José María Silvela y Andrés Colón.
Lo que se solicitaba fue revocar el fallo de primera instancia y con ello la prisión preventiva que pesa sobre los tres imputados principales en la causa, que ya acumula 179 denuncias y 408 estafas según lo dio a conocer el fiscal del MPA que lleva la causa Guillermo Loyola, días atrás.
Luego de solicitado el fin de las medidas cautelares sobre quienes están imputados como jefes de “asociación ilícita en carácter de coautor y estafas reiteradas”, los hermanos Matías y Fernando S., y “asociación ilícita en carácter de miembro en calidad de coautora y estafas reiteradas” para Mirta C., el juez Alvira disponía del plazo legal de 10 días para expedirse sobre si estos imputados seguían o no privados de la libertad.

CONFIRMACIÓN
Esa decisión se conoció en el mediodía de ayer, y en la misma el juez Sergio Enrique Alvira resolvió: “1.- No hacer lugar a los planteos de nulidad impetrados por los defensores; 2.- Confirmar en todas sus partes la resolución impugnada”; confirmando así en la Cámara en lo Penal la prisión preventiva de primera instancia dictada por el juez Gustavo Bumaguín el 28 de octubre de 2023.
Se recuerda asimismo que en la audiencia de apelación los letrados defensores se manifestaron agraviados además en que se disponga la inhibición general de los bienes requerida por el fiscal y la querella -con el argumento de los artículos 22 bis y 23 del Código Penal- manifestando disconformidad con la interpretación del juez, ya que la misma refiere específicamente al decomiso y no a la medida cautelar más gravosa como lo es la inhibición general de bienes.

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