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Nacionales Martes 6 de Febrero de 2024

Patricia Bullrich defendió el protocolo antipiquetes ante el juez Casanello

La ministra Patricia Bullrich defendió el protocolo antipiquetes al responder el pedido de informe del juez Sebastián Casanello. Argumentó que se adoptó de acuerdo "a la normativa" porque existía un "desorden en la vía pública".

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FOTO NA Crédito: BULLRICH. La ministra defendió el protocolo antipiquetes ante el pedido de informes del juez Casanello.
REDACCION

Por REDACCION

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, respondió este martes un pedido de informes sobre el protocolo antipiquetes que le había solicitado el juez federal Sebastián Casanello, y en ese marco defendió lo actuado por las fuerzas de seguridad a su cargo en recientes manifestaciones callejeras. 

Casanello le había otorgado un plazo de 72 horas para cumplir a la ministra, a partir de una presentación de la legisladora porteña Celeste Fierro, del Frente de Izquierda, quien reclamó que se declare inconstitucional el protocolo. 

Bullrich remarcó en su respuesta al juez que la resolución se adoptó de acuerdo "a la normativa" y que se dictó porque existía un "desorden en la vía pública" que tornaba en una "situación insoportable".

La cartera de Seguridad sostuvo que dictó el protocolo “por la urgencia de la situación, así como la confusión introducida por una actitud pasiva sostenida durante mucho tiempo por las autoridades frente al desorden en la vía pública, lo cual ha derivado en una situación insoportable para la población que sufre esos actos ilícitos, en desmedro de su trabajo y de su calidad de vida”.

Bullrich afirmó en su respuesta al magistrado que el protocolo no puede considerarse inconstitucional, como pretende Fierro, “en tanto la resolución que nos ocupa de manera alguna intenta ser una disposición de carácter legislativo sino -como reza en sus considerandos- es una mera impartición de instrucciones a las fuerzas policiales y de seguridad federal a fin de ofrecerles un marco de certidumbre para su actuación frente a impedimentos al tránsito de personas o medios de transporte, cortes parciales o totales de rutas nacionales y otras vías de circulación sujetas a la jurisdicción federal”.

Y argumentó que la normativa “tampoco resulta contraria a la legislación vigente en la materia en cuanto a derechos, obligaciones y sanciones de los partidos políticos en el plano colectivo e individual, ni amenaza el menoscabo en el ejercicio legítimo del derecho a las libertades de expresión, asociación y reunión, el derecho de peticionar a las autoridades, y el derecho de protesta”. (NA).

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