Por REDACCION
BUENOS AIRES, 7 (NA). - El Banco Nación lanzó ayer una nueva línea de créditos para refacción, ampliación y finalización de vivienda única y de ocupación permanente en todo el país, por un monto de hasta $2 millones. El préstamo tiene una tasa fija del 19% durante el primer año, sin garantía hipotecaria, que se podrá pagar en un máximo de diez años (120 meses de plazo).
El crédito podrá destinarse a la edificación de ambientes adicionales a los ya existentes en el hogar, realizar arreglos que permitan mejorar la vivienda o para la interconexión de servicios básicos a la red cloacal o de gas, así como para efectuar mejoras en instalaciones eléctricas.
Se otorgarán a sola firma (sin garantía hipotecaria) y la tasa se ajustará luego del primer año mediante el Coeficiente de Variación Salarial (CVS). Podrán acceder al financiamiento todas las personas que cobran haberes a través del Banco Nación, pero también jubilados y pensionados, autónomos, monotributistas: en todos los casos, deberán contratar un paquete de servicios del banco.
El valor de la cuota será de hasta 30% de los ingresos demostrables y se pueden sumar los ingresos de dos titulares y dos cotitulares. En caso que se incluyan codeudores, la afectación de los ingresos deberá representar como mínimo el 20% del total de la cuota.
El Banco Nación aclaró que por créditos de $1 millón a un plazo de 120 meses, la cuota inicial será de $ 18.667 y los ingresos necesarios (titulares más codeudores) deben ser de $ 62.224.
Para un financiamiento de $2 millones al mismo plazo, la cuota ascenderá a $37.334 y los ingresos necesarios, $124.448.
La asistencia para la ampliación, refacción y terminación podrá ser hasta el 100% del presupuesto de obra, sin exceder los $2 millones y sin superar el 50% de la tasación de la vivienda previo a la obra.
En tanto, habrá dos desembolsos: el segundo se realizará en función del avance de obra, habiéndose verificado que se ha utilizado como mínimo el 70% del desembolso anterior (incluye la compra de materiales debidamente respaldada), no pudiendo transcurrir más de seis meses desde la acreditación del primero, detalló la entidad financiera oficial.
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