Por REDACCIÓN
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afecta a los consumidores.
Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.
Desde el 1° de enero deben informarse las siguientes operaciones solo si superan los siguientes importes:
- $600.000: Total de consumos con tarjetas de débito del país. Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
- $1.000.000: Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes. Total de depósitos a plazo constituidos en el mes. Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio. Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes. Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
- $2.000.000: Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas. (NA)
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