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Nacionales Jueves 28 de Diciembre de 2023

Anunciaron cambios en la fórmula de movilidad

JUBILADOS

REDACCION

Por REDACCION

BUENOS AIRES, 28 (NA). - Uno de los puntos de la ley ómnibus que despertará polémica es el que está relacionado con el cambio en la fórmula de actualización de las jubilaciones y pensiones.
El artículo 106 propone que se suspenda la aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificatorias mientras que se faculta al Poder Ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica.
Sin embargo hasta tanto se establezca una fórmula automática, "el Poder Ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos".

BONO DE $55.000
El Gobierno evalúa otorgar un bono de hasta $55.000 para jubilados y pensionados durante enero, con el fin de mitigar el impacto de la inflación en ese sector social.
Se trata de una "ayuda económica previsional" que impulsa el Ministerio de Capital Humano y que se formalizaría a través de un decreto.
La iniciativa, que aún no fue firmada por el presidente Javier Milei, se toma en función de "la grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país, que ha ocasionado, entre otras cuestiones, un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento".
Según el proyecto que elaboró esa cartera, el bono alcanzará a
- Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSeS, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05.
- Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
- Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSeS.
En cuanto a los montos a percibir, para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $105.712,61, la ayuda económica previsional será equivalente a $55.000.
Para aquellos que ganen más de esa cifra, la ayuda económica previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $160.712,61.
Además, el Gobierno dispondría que, en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, éstos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la ayuda económica previsional.
El bono no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto, según el proyecto.
El Ministerio de Capital Humano y la ANSeS quedarán facultados para dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del decreto, como así también para la administración, otorgamiento, pago, control, supervisión y recupero de percepciones indebidas de la ayuda económica previsional.
Por su parte, la Jefatura de Gabinete realizará las adecuaciones presupuestarias correspondientes para efectivizar el pago, de acuerdo con la iniciativa.

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