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Locales Lunes 23 de Abril de 2012

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Redacción

Por Redacción

Boletín Oficial-03-Marzo de 2012

Decreto Nº 35582


REGISTRADO BAJO EL Nº 35.582.-

Rafaela, 05 de Marzo de 2012.-

VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra E - N° 213839/4 - Fichero N° 65, Tomo 2; y

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 35.405 se llamó a Licitación Privada para contratar la locación de un inmueble que será destinado al desarrollo de las actividades de la Escuela Municipal de Música "Remo Pignoni".

Que en el acto de apertura, llevado a cabo el día 03 de Febrero de 2012, se presentó una oferta, correspondiendo la misma a la señora ILANDA DAIDINA PEROTTI.

Que, de la evaluación de los requisitos formales realizada surge que la oferente ha cumplimentado con la totalidad de los requisitos solicitados.

Que, de la evaluación técnica surge que el inmueble reúne las condiciones requeridas en cuanto a ubicación, tipo de edificación, distribución de los locales y a las condiciones de ambiente, no presenta objeción alguna y se adapta a lo requerido en el pliego.

Que, la citada oferente no tiene deuda con la Municipalidad de Rafaela por ningún concepto.

Que, de la evaluación económica surge que la oferta presentada por la señora ILANDA DAIDINA PEROTTI es conveniente a los intereses municipales.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAFAELA

D E C R E T A

Art. 1º) Adjudícase a la señora ILANDA DAIDINA PEROTTI, con domicilio en calle Tucumán 107 de la ciudad de Rafaela, la locación de un inmueble que será destinado al desarrollo de las actividades de la Escuela Municipal de Música "Remo Pignoni", por el término de dos años, con opción a renovación por uno más, por la suma de Pesos Tres Mil Ochocientos ($ 3.800,00.-) mensuales, durante el primer año,Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos ($ 4.400,00) mensuales, durante el segundo año y si se optase por la renovación por un año más, Pesos Cinco Mil Cien ($ 5.100,00.-) mensuales durante el tercer año, pagaderos por mes adelantado del día diez al quince (10 al 15 ) de cada mes, en un todo de acuerdo a su oferta y al Decreto Nº 35.405.

Art. 2º) Los plazos, la vigencia y demás condiciones de la contratación se regirán por las disposiciones emanadas del Decreto 35.405.

Art. 3°) El presente será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y el señor Secretario de Cultura.

Art. 4°) Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.

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