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Locales Sábado 18 de Marzo de 2023

Detalles sobre la nueva moratoria previsional

El joven abogado sunchalense, Andrés Chiappero, ofrece explicaciones acerca del alcance de la nueva moratoria previsional, recientemente aprobada por el Congreso y promulgada por el Gobierno nacional.

REDACCION

Por REDACCION

El Gobierno nacional promulgó esta semana la Ley N° 27.705 de Moratoria Previsional, que beneficiará a unas 800 mil personas, que a partir de ahora podrán jubilarse a pesar de haber llegado a la edad requerida sin los 30 años de aportes que exige ese trámite. En la provincia de Santa Fe, alrededor de 80 mil personas están en condiciones de jubilarse a través de esta norma, según estimó la directora Ejecutiva de la ANSES, Fernanda Raverta. 

Quiénes acceden
A la nueva moratoria, podrán acceder tanto hombres como mujeres que tengan la edad de 65 años (hombres) y 60 años (mujeres), que en uno u otro caso no cuentan con los 30 años de aportes requeridos para acceder al beneficio jubilatorio.
Asimismo, la ley crea una categoría de personas que se encuentran en “Edad Prejubilatoria”, esto es, mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes requeridos.

Períodos a regularizar
En el plan para quienes tienen o cumplan la edad jubilatoria podrán declararse aportes anteriores a 2009. Serán requisitos que en los períodos declarados se haya residido en el país y que no se haya trabajado de manera formal -ni bajo relación de dependencia, ni como autónomo o monotributista-; es decir, no debe haber aportes ya registrados por los meses en cuestión.
Además, será condición haber tenido al menos 18 años de edad en el momento del período más antiguo que se declara como adeudado. Por eso, si el sistema rige desde el actual mes de marzo, las mujeres podrán comprar hasta 27 años y 10 meses de aportes, en tanto que los varones sí tendrán, en caso de cumplirse todos los requisitos, la posibilidad de comprar los 30 años exigidos por ley. El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.

Edad pre jubilatoria
Para aquellas personas, que se encuentren en edad pre-jubilatoria, La ley crea también la “Unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad”. Cada una representará un mes de contribuciones, y podrán acceder a este plan de pagos las mujeres de entre 50 y 59 años y los varones de entre 55 y 64 años. En este caso no se fija un plazo determinado para la adhesión.
Un requisito es que el solicitante no haya estado trabajando de manera registrada –ni como dependiente, ni como autónomo ni como monotributista– en los meses declarados como adeudados. Además, la ley indica que se deberá acreditar que se tienen ingresos para pagar el valor de las unidades de cancelación.
Este plan no permitirá la jubilación inmediata, sino que las personas deberán esperar, para solicitar el beneficio, a cumplir la edad requerida (60 y 65 años, mujeres y varones). Pero permitirá ir saldando previamente obligaciones no cumplidas en su momento, para llegar a la edad de retiro en condiciones o con mayores chances de estar en condiciones de pedir la jubilación.
Los períodos por los cuales se declaren deudas deben ser anteriores al 31 de marzo de 2012, según expresa un artículo de la ley. Por los meses por los que se declara la deuda no debe haber contribuciones efectivas.
La modalidad de adquisición de las unidades representativas de aportes y la forma de cancelación deberán ser reglamentadas por la Anses y la AFIP, según dispone la nueva ley.

Impedimentos para acceder

Con la moratoria de ley 24476 y durante la vigencia de la moratoria anterior (Ley 26970, que incluía solo mujeres), en el año 2016, se dispuso que para acceder a estos beneficios, debía realizarse un análisis socioeconómico y patrimonial del peticionante, para permitirle el acceso sólo bajo determinados parámetros objetivos que demostrarían vulnerabilidad.
Respecto de esta nueva ley, aún no se conoce qué parámetros se tomarán en cuenta para la admisión al plan, porque la ley no los establece, sino que delega en la Anses la tarea de fijarlos de manera tal que los planes, que implican un amplio subsidio del Estado, se otorguen sobre la base de “evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas objetivas”. La condición de tener que pasar un examen socioeconómico rige también para el ingreso a las moratorias desde hace varios años (no fue así en los inicios, lo que permitió el ingreso de personas sin importar su condición económica).
Los parámetros objetivos, que mencione en el párrafo anterior son por ejemplo: el promedio de ingresos brutos anuales que se percibieron en los 12 meses anteriores al tiempo que se realiza la evaluación, la tenencia de bienes personales, automotores, aviones, embarcaciones y fundamentalmente, algo a lo que se le viene prestando atención desde hace un tiempo, es el consumo que se realiza a través de tarjetas de crédito y debito (incluyendo extensiones).
Por otro lado, además de haber tenido que residir en el país en los períodos por los que declaran deuda, se previó la incompatibilidad de los beneficios otorgados vía el plan con “el goce de otra prestación previsional de cualquier naturaleza”, con la excepción del cobro de un único beneficio, si es contributivo y no mayor al haber mínimo. De todas maneras, se podría renunciar al cobro de otra mensualidad para acceder al programa.

Funcionamiento del sistema
La ley crea un sistema, que permitiría la “compra” de períodos de contribuciones que no se hicieron en su debido momento. Pero no deberá hacerse un pago efectivo por esa adquisición, sino que, dependiendo de la cantidad de meses involucrados y en función de un precio predeterminado por cada período declarado como adeudado, se registrará una deuda con el Estado, que se irá cancelando mediante descuentos en los haberes que se percibirán mensualmente, en el caso de personas que se encuentren en edad jubilatoria.

Compra de aportes
Cada mes de aporte que se adquiera tendrá un precio equivalente al 29% de la remuneración mínima que rige en el sistema laboral para calcular los descuentos de la seguridad social. Ese valor de referencia se actualiza cada tres meses según el índice de movilidad previsional; por lo tanto, el precio para determinar la deuda y los descuentos de los haberes para saldarla variarán con frecuencia trimestral.
Entre marzo y mayo el valor de cada unidad (es decir, de cada mes de aporte que se quiera saldar) es de $5729,97. Si se necesitaran 10 años, la deuda tendría un valor inicial, actualizable, de $687.596,4. Y si se pagara en 120 cuotas, la primera sería de $5729,97; en cambio, si el plan fuera de 60 cuotas, cada una sería inicialmente de $11.459,94. Esos serían los montos a descontar de los haberes.

¿Cuánto se prevé que cobrarán las personas que accedan a este beneficio?

La ley establece que “la Unidad de Pago de Deuda Previsional será considerada al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU)”. Se interpreta, entonces que para quienes tengan aportes hechos, la prestación se calculará teniendo en cuenta esas contribuciones y en función de la fórmula vigente.
Para el caso de los asalariados, se calcula el 1,5% de la remuneración promedio de los últimos 10 años con aportes, y se multiplica el resultado por la cantidad de años contribuidos. Luego se suma el monto de la PBU, que es igual para todos. De todas maneras, habrá que esperar a que estén aprobadas todas las reglamentaciones y a que el plan se ponga en marcha para conocer, en detalle, cómo serán otorgados los beneficios.
Por ejemplo, con una remuneración promedio de la última década de $240.000 y 10 años de aportes efectivos, si se declaran 20 años en el plan de la nueva ley, se determinará una obligación con el Estado de $1.375.192,80 (monto actualizable). Si se toma un plan de 120 meses para la cancelación, cada cuota inicial será de $11.459,94. Y el haber determinado (dados los aportes ya hechos), será de $62.836,76 en bruto. Hechos los descuentos del plan de moratoria y el destinado a financiar el PAMI, le quedarían en mano $49.366,58. En los próximos meses, además, a eso se le sumaría el bono que, en este caso en particular, sería de $10.828,67; quedaría entonces un ingreso de $60.195,25.
El importe del descuento dependerá, además de la cantidad de aportes que se declaren, del número de cuotas. La ley establece que habrá un máximo de 120, pero la Anses podría disponer especificaciones sobre ese tema.

* Andrés Chiappero, abogado, docente. Asesoramiento en Jubilaciones y Pensiones.Accidentes y Enfermedades Laborales (ART),sucesiones y divorcios.     
              

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