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Locales Sábado 6 de Agosto de 2022

Camino N° 6: obras complementarias se harán por contribución por mejoras

El Departamento Ejecutivo remitió en la víspera el proyecto de Ordenanza que dispone la ratificación del convenio firmado con Vialidad Nacional y fija que los recursos para los trabajos no alcanzados por este acuerdo correrán por cuenta de los frentistas, mediante el sistema de prorrateo.

REDACCION

Por REDACCION

Vale recordar que en enero pasado el Municipio rubricó con el organismo nacional un acuerdo para la pavimentación del Camino 6 por un monto de 126 millones de pesos, pero en esa suma no están incluidos los costos que demandarán: el corrimientos de líneas de EPE, el desplazamiento de alambrados y la obra de alumbrado público, que importan unos 69 millones de pesos más.
En función de lo informado a los frentistas por representantes del Ejecutivo sobre el valor de la obra, del costo por propietario y de la contribución por mejoras, que se financiará en 4 cuotas, ahora el Concejo deberá refrendar el compromiso asumido por las partes.
La Ordenanza establece la ratificación del convenio suscripto, entre el Estado municipal “con la Dirección Nacional de Vialidad para la realización de la obra "Pavimentación Camino Público Nº 6 entre RN Nº 34 y Variante Rafaela" y se autoriza la ejecución de la obra de "Pavimentación Camino Público Nº 6 entre RN Nº 34 y Variante Rafaela y las Obras Complementarias", por administración o por terceros, en un todo de acuerdo a los Convenios referidos y el proyecto ejecutivo aprobado por la Dirección Nacional de Vialidad.

REGISTRO DE OPOSICIÓN
Y OBLIGACIÓN DE PAGO
En ese contexto se crea (art. 4º) “una Contribución por Mejoras por el valor de los proyectos de las Obras Complementarias de corrimiento de tendido eléctrico y alambrados para liberar la traza del Camino Público Nº 6".
Asimismo, se indica (art. 5) que “los inmuebles beneficiados por la obra quedarán afectados al pago de la contribución por mejoras establecida en la presente, prohibiéndose extender escritura alguna que afecte el dominio de los mismos, sin que previamente se acredite por boleta o por certificado expedido por la Municipalidad de Rafaela que el bien raíz no adeuda el pago de la citada contribución”.
En el artículo siguiente se aclara que “los propietarios alcanzados por la contribución por mejoras de la presente norma legal, quedan obligados al pago de su costo total, … y podrán hacerlo en hasta cuatro (4) cuotas iguales, mensuales y consecutivas".
En todos los casos, "el municipio podrá aceptar el pago adelantado de cuotas, computándose a las últimas del plan”.
“Previo a la ejecución de las obras, todos los beneficiarios titulares de inmuebles alcanzados por la contribución, podrán oponerse al beneficio y pago de la misma, a cuyos fines se habilitará un Registro de Oposición que llevará la Secretaría de Hacienda y Finanzas”, una oposición que “se considerará positiva si el monto de las Contribuciones por Mejoras que deban pagar los propietarios opositores superan el cuarenta (40%) por ciento del monto total de las liquidaciones previstas”.

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