Por Prof. José Angel Mondino
Hay minorías no consideradas o no tenidas en cuenta en la reglamentación y en las prácticas reales en el Sistema Educativo Provincial. Si hablamos de reglamentaciones tenemos que hacer referencia a la última de ingreso y/o ascenso que según afirmaciones del Secretario de Bienestar Docente es el resultado de un acuerdo entre el gremio docente (AMSAFE) y el propio Ministerio de Educación. En consecuencia cabe preguntarse: ¿hay minorías que no deben tenerse en cuenta justamente por ser minorías? ¿La justicia no debe ser para todos? Estamos hablando de los maestros de educación manual que fueron “utilizados” hasta el presente y durante muchísimo tiempo y ahora se los deja de lado para el ingreso y/o ascenso. ¿No debe un gremio luchar por todos sus afiliados? ¿No corresponde que el Ministerio de Educación considere a estos agentes que vienen trabajando desde hace tiempo?
La nueva reglamentación fija un orden por prelación para la confección de los escalafones de ingreso y ascenso: los agentes deben poseer título docente -título habilitante- título supletorio o ser idóneos, ocurre que existen agentes que vinieron y vienen desempeñándose con años de antigüedad en el cargo de maestro de educación manual (así figuran en todos los aspectos administrativos y solamente en los diseños curriculares y en los horarios institucionales, como en la libretas de calificaciones de los alumnos aparecen como horas de tecnología), resultando afectados al pretender su titularización o el ascenso al cargo directivo de los Talleres de Educación Manual (que siguen figurando así aunque se diga que se da tecnología). Estos agentes resultaron útiles en un momento, se perfeccionaron, asistieron a cursos sobre tecnología, leyeron y trabajaron con eficiencia no valorada en ninguna de sus realizaciones, aunque algunos trabajos resultaron premiados en las ferias de ciencias que organiza la provincia. Estos trabajos fueron el resultado de esos agentes que no poseen título docente pero conocen de pedagogía y de didáctica y llevaron a sus alumnos a resultados altamente deseables. Cabe mencionar que esta normativa viola principios de Legalidad Objetiva o de Juridicidad y Jerarquía Normativa porque lesiona y afecta el derecho constitucional de carrera profesional consagrado en el artículo 113 de la Constitución Provincial donde queda comprendido sin hesitar el derecho al acceso al trabajo. En este caso debemos hablar de la permanencia en el trabajo.
Cuando la Ley Federal de Educación modifica las horas de Actividades Prácticas y Educación Manual convirtiéndolas en Tecnología, no crea paralelamente el profesorado de Tecnología en los Institutos de Formación Docente que posee la provincia, ni siquiera modifica el nombre de las cátedras para el pago de haberes y el ofrecimiento de cargos o el ascenso a direcciones de Talleres de Educación Manual o supervisores zonales de cada una de las especialidades: en la Región III existe un cargo de supervisora de Actividades Prácticas (niñas) y un cargo de Supervisor de Talleres de Educación Manual (varones). ¿Tienen títulos docentes para ejercer ese cargo, el último de la carrera docente? Por su parte el Ministerio de Educación no se ocupó del perfeccionamiento de dichos agentes dictándoles las cátedras necesarias para que se conviertan en docentes.
La reforma que hoy se pretende comenzó por lo último perjudicando a una minoría que debe ser respetada y tenida en cuenta. A tal efecto Aristóteles afirmaba que el bien común es el derecho a obtener un lugar en la sociedad utilizando como sinónimo de interés público o bienestar general al que se refiere el Preámbulo de la Constitución y mediante este, el derecho individual... Hoy estos derechos están cercenados y sería necesario que gremio y ministerio acuerden como reparar el daño realizado. El gremio porque su deber es defender el derecho de todos a trabajar, y el ministerio porque es su obligación velar por todos los agentes que tiene trabajando para que lo hagan en mejores condiciones, puedan perfeccionarse correctamente y no vean truncado su derecho al trabajo considerando que la provincia no cuenta con instituciones que otorguen el título de profesor en tecnología.
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