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Editorial Miércoles 14 de Abril de 2021

Ley contra el acoso callejero

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REDACCION

Por REDACCION

De un tiempo a esta parte, las sociedades modernas ingresaron en una suerte de nuevo, y por cierto saludable, despertar en lo que hace a los asuntos de género, en gran medida a partir del protagonismo que asumieron los movimientos feministas decididos a visibilizar las inequidades, disimuladas a veces en las tradiciones supuestamente incuestionables, y violencias contra las mujeres. Se trata de procesos que una vez iniciados avanzan hacia transformaciones sociales que mejorarán en mundo en el que vivimos, aunque claro no son automáticos y demandan años. 

La violencia física o simbólica contra las mujeres constituye la problemática más grave que enfrenta la agenda de género. Sin duda que se han registrado avances, ya que se ha avanzado del "lugar común" al que apelaba el periodismo para encasillar el crimen de una mujer en manos de un hombre, que era el de "crimen pasional", a la figura legal de femicidio. La desigualdad en los ingresos es otro de los temas pendientes al igual que el acceso a cargos políticos o de dirección en las organizaciones. Y otra de las violencias que se han identificado en esta nueva etapa de reconocimiento de derechos se relaciona al acoso sexual callejero. 

La semana pasada, el Senado de la Nación aprobó y giró a la Cámara de Diputados un proyecto que incorpora al Código Penal el acoso sexual en espacios públicos y establece multas que irán de los tres mil a los casi 20 mil pesos. El proyecto, que ya tenía media sanción de la Cámara baja, fue aprobado con 67 votos a favor y uno en contra y devuelto a la Cámara baja por haber recibido modificaciones. La senadora Elías de Pérez destacó durante el debate que estamos 

frente a la posibilidad cierta de generar espacios más tranquilos para todas las mujeres y de que el Estado pueda tener un rol activo cuando una persona es hostigada en la calle y en lugares públicos. La legisladora recordó que se cometieron 70 femicidios en lo que va del año y que si bien el proyecto aprobado parece hablar de otro tema, en realidad hace referencia a una escala de violencia. El acoso sexual es quizás el escalón más invisibilizado de todos, agregó. 

La iniciativa incorpora al Código Penal un artículo que dispone multas de entre una y cinco "unidades de medida arancelarias", esto es entre $3.862 y $19.310, según los valores actualizados en noviembre de 2020, para quienes incurran en el acoso sexual callejero. En este sentido, se contemplan como acoso los "gestos, expresiones, palabras, contacto físico o arrinconamiento no consentido con connotación sexual perturbe la dignidad, libertad, integridad física, psicológica, sexual o el libre tránsito de una persona, con motivo de género, orientación sexual, identidad de género o su expresión".

Además, se incorporó un artículo que incluye la multa frente a esas conductas también si se llevaran a cabo "por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones, plataformas digitales o cualquier otra tecnología de transmisión de datos". El proyecto establece que las multas se elevarán cuando las víctimas sean menores de 18 años o el autor sea funcionario público o miembro de las fuerzas de seguridad y en todos los casos será una pena accesoria a la obligación de realizar talleres orientados a la educación y erradicación del acoso sexual y la violencia de género por un plazo mínimo de tres meses.

Ya en 2019, el Senado había aprobado una ley que incorpora en la normativa de género el acoso callejero "como modalidad de violencia a la mujer", aunque no establecía sanciones para esa conducta. En esa oportunidad, la Cámara alta sancionó con fuerza de ley una modificación a la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres que incorpora la figura del acoso callejero como "conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual".

A partir de esa iniciativa, promulgada días después por el Poder Ejecutivo Nacional, se define como "violencia contra las mujeres en el espacio público" a cualquier expresión de ese tipo que "afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo".

Como antecedente, cabe citar que en marzo de 2018 Francia incorporó la aplicación de multas para penalizar el acoso callejero. Los gestos desplazados, los silbidos y los comentarios obscenos en el espacio público pueden costar desde 90 hasta 750 euros en ese país europeo. La sanción se aplica a "cualquier propuesta, comportamiento o presión de índole sexista o sexual" en el espacio público.

No obstante el gobierno francés reconocía la dificultad que supone constatar un delito en flagrancia. En efecto, otros países europeos, como Bélgica o Portugal, han intentado sin éxito aplicar multas similares contra el acoso callejero. La pregunta es qué pasará en la Argentina. 


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