Por REDACCION
Al parecer los problemas de eficiencia en la Justicia no son de ahora, ni son exclusivos de este poder del Estado en la Argentina. "Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía" es una frase adjudicada al filósofo y destacado político romano Séneca, quien vivió entre el año 2 antes de Cristo y 65 de la era cristina, lo que bien permite interpretar que los tiempos que se tomaban los jueces para impartir justicia en la Roma imperial o actualmente en la Argentina actual no eran muy diferentes.
Para respaldar esta postura bastan las palabras del ex presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el rafaelino Ricardo Lorenzetti, cuando abrió la Conferencia Nacional de Jueces en septiembre de 2010. "Cuando dicen que la justicia lenta no es Justicia, tienen razón" sostuvo en su discurso inaugural del encuentro según había titulado el diario Clarín. A confesión de partes...
En esas sentencias que perduran en estos días desde la historia profunda, se atribuye a Platón la siguiente: "Yo declaro que la justicia no es otra cosa que la conveniencia del más fuerte". En la Argentina de hoy día sobran los ejemplos para sostener la vigencia de esta afirmación acuñada en la Atenas de la antigua Grecia. La sensación es que el ladrón de gallinas tiene que ir rapidito a la cárcel -es lo que corresponde- pero aquel que se queda con fondos públicos dispone de un arsenal de herramientas legales para esquivar la prisión con mayor facilidad con que Leo Messi se quita los defensores de encima, al menos con la camiseta del Barcelona.
De todos modos, aquella cita de Platón -como la de Séneca- tampoco está reservada a pintar solamente la justicia argentina. Así se desprende de una nota de opinión que publicó el Diario El País de España el 24 de octubre de 2014, firmada por José María Mena, quien había sido fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Precisamente el título de ese artículo fue "Justicia lenta no es justicia", acompañada con la siguiente bajada de nota: "El uso sistemático del derecho al recurso, aún siendo legal, puede ser letal para la necesaria agilidad y celeridad del proceso".
Comienza su exposición afirmando que "el presidente del Tribunal Supremo ha dicho que las leyes que regulan los procesos penales en España están previstas para los 'robagallinas', pero no para los grandes defraudadores" para luego aludir a una serie de dirigentes políticos y empresarios poderosos involucrados en causas penales. Irónico, Mena manifestaba: "Hay que reconocer que es muy difícil concretar los hechos imputables a personajes tan peculiares como estos, que nunca robaron gallinas" porque "las pruebas son generalmente documentos que casi siempre están en instituciones oficiales o en entidades financieras; no es extraño que unas y otras se resistan a facilitarlas al juez completas, sin ocultaciones y con celeridad".
Mena considera que "una garantía esencial del proceso es el derecho a recurrir ante un tribunal superior las decisiones del juez de instrucción, frente a posibles arbitrariedades o excesos de este último" pero a la vez "el uso sistemático del derecho al recurso, aún siendo legal, puede ser letal para la necesaria agilidad y celeridad del proceso". Así, contar con "unos excelentes equipos de abogados, economistas y otros expertos, altamente cualificados y retribuidos, son capaces de agotar las posibilidades legales y recurrir hasta lo irrecurrible, consiguiendo la eternización desesperante de los procesos".
En este artículo de enorme actualidad pese a que fue escrito en España cuatro años atrás, el autor denuncia la existencia de "una contradicción aparente entre la necesidad de celeridad y eficacia de la justicia, y la necesidad de defensa y garantías de los acusados". Y que ante esta contradicción se extiende el clamor por la reforma de las leyes. Con cierto desencanto, subraya que "frente a la corrupción, frente a los delitos complejísimos de los que no roban gallinas, se suele pedir mayor rigor, más penas, sin embargo es poco probable que aumentar la severidad penal produzca mayor honradez". Y observa con agudeza que "a ese tipo de delincuentes lo que les frenaría no es la severidad de las penas sino la certeza de su aplicación: delinquen convencidos de que, si son descubiertos, sus bien retribuidos defensores alargarán el proceso hasta el infinito y que, finalmente, podrán eludir los rigores de una condena efectiva".
En un escenario de "gran delincuencia económica y de corrupción no existen suficientes medios" ni en el Estado para prevenir este tipo de delitos ni en los jugados para investigarlos, por lo que el resultado es "la insoportable lentitud de la justicia".
Por último, si bien hace referencia a la situación de España el concepto es aplicable para la Argentina, cuando asegura que se necesita "una voluntad política de tolerancia cero frente a la gran delincuencia económica y de corrupción, dotando a los servicios de investigación de medios suficientes, dependientes efectivamente de los jueces, libres de toda sospecha de dependencia o mediatización del Gobierno".
Los comentarios de este artículo se encuentran deshabilitados.