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Editorial Martes 10 de Septiembre de 2019

El tema de los agroquímicos

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REDACCION

Por REDACCION

Un nuevo capítulo del extenso conflicto en torno a la aplicación de productos fitosanitarios en los bordes de pueblos y ciudades se escribe por estos días a partir de un fallo de la Justicia federal, que agitó otra vez la discusión respecto a un tema tan delicado como sensible. La cuestión no es menor considerando las dificultades presentadas por los poderes legislativos, como el de la Provincia de Santa Fe o el de la ciudad de Rafaela, para actualizar las normas que regulan el uso de los agroquímicos o, como lo suelen denominar las organizaciones ambientalistas, agrotóxicos por su poder contaminante y perjudicial para la naturaleza y la salud de las personas y vida animal.

Compatibilizar el desarrollo de la producción agrícola, sobre la cual descansa buena parte de la economía argentina, con mínimos estándares ambientales no parece ser sencillo. Ante la falta de información clara, esta problemática ingresa en la lista de temas de los que mejor es no hablar. Cuando una sociedad no tiene todos los elementos para elaborar una opinión propia sobre la materia de discusión, suele caer en el rechazo por miedo a las consecuencias, por más que no tenga certezas sobre las mismas. 

Si bien en los últimos años creció el concepto de "buenas prácticas agrícolas" para dar cuenta en cierta medida sobre la responsabilidad social de los productores a la hora de aplicar productos fitosanitarios en sus campos, la desconfianza aún se impone ante el desconocimiento y la falta de información por parte de gobiernos locales e incluso las instituciones que agrupan a los sectores de la producción rural.

En este marco, el Juzgado Federal N° 2 de San Nicolás prohibió la fumigación en las cercanías de la zona urbana de la ciudad bonaerense de Pergamino y fijó un límite "restrictivo y de exclusión" de 1.095 metros para aplicaciones terrestres y de 3 mil para las aéreas, luego de conocerse resultados de estudios que determinaron la "presencia de daño genético en los organismos de las personas" a causa de agroquímicos. La resolución judicial fue dispuesta por el juez Carlos Villafuerte Ruzo, en línea con lo solicitado por la Fiscalía Federal de esa jurisdicción y dos querellas.

Según publicó el portal Fiscales.gob.ar, la medida fue dispuesta luego de que se conocieran estudios de genotoxicidad que fueron incorporados a una causa en la que se investigan infracciones a la Ley de Residuos Peligrosos y envenenamiento de aguas potables, los que determinaron la "presencia de daño genético en los organismos de las personas".

El magistrado, en su resolución determinó el "no uso de plaguicidas, herbicidas, insecticidas, agroquímicos, productos fitosanitarios, fungicidas, y cualquier otro paquete de agroquímicos, mediante fumigaciones terrestres (mosquito, mochila, aspersores) o aéreas, con glifosato como principio activo o sales derivadas del mismo". Además, según la resolución, se ordenó suspender provisionalmente las autorizaciones de aplicaciones para futuras fumigaciones y/o pulverizaciones. El magistrado resaltó que se está ante "una situación extremadamente delicada y sensible, estando en juego la salud de niños y adultos de esa región".

De acuerdo al fallo judicial, "se detectó glifosato en sangre y orina de personas, con un incremento en los marcadores sanguíneos de daño cromosómico, sumado a los resultados de estudios de contaminación en barrios de esa región, que arrojaron un amplio cúmulo de moléculas de plaguicidas en aguas y suelo, determinándose con posterioridad - según informaron algunos de los especialistas intervinientes en autos- que el agua (de red y pozos) no resultaba apta para consumo humano, circunstancia ésta que aún se encuentra en plena etapa de discusión". Ante ello, el juez señaló en la resolución que "surge la necesidad de dar respuesta a los requerimientos y a la viabilidad de la medida en orden a la prevención de daños futuros".

Villafuerte Ruzo, que en una primera instancia (en abril pasado), había prohibido la aplicación de fitosanitarios a menos de 600 metros de los barrios de Villa Alicia, Luar Kayard y La Guarida en los que se habían denunciado afecciones en la salud y contaminación del agua, consideró en su fallo que "el riesgo ambiental y las personas afectadas son elementos suficientes para tener por configurado un peligro de daño a la salud y al medio ambiente".

El fallo del juez Federal de San Nicolás tiene otros antecedentes. En julio pasado, la Suprema Corte de Buenos Aires ratificó la decisión de prohibir las fumigaciones con agrotóxicos a menos de 1000 metros de los núcleos poblacionales en otro municipio bonaerense: General Pueyrredón. Allí la cautelar fue impulsada por la Asamblea Paren de Fumigar Mar del Plata, que reclama la aplicación de una normativa aprobada hace 11 años, que no solo limita la aplicación de agrotóxicos sino que impulsa la creación de zonas de desarrollo agroecológico.

En tanto que en mayo, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos ratificó también un fallo que ordenaba las restricciones para la aplicación de agrotóxicos en las cercanías de las escuelas rurales y las limitaba a 1000 metros terrestres y 3000 aéreos.










 

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