Con una audiencia pública, la Justicia enriqueció el debate sobre fitosanitarios



El juez en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de los Tribunales de Rafaela, Dr. Matías Colón, presidió ayer la audiencia pública para ampliar la información en torno a la causa iniciada a partir de la presentación de organizaciones ambientalistas contra la ordenanza municipal N° 5.331 que regula la aplicación de productos fitosanitarios en áreas periurbanas de Rafaela y establece el límite agronómico. Puntualmente, la demanda apunta contra el artículo 4° en la que se habilita la aplicación de productos agroquímicos de origen biológico de línea verde desde los 50 metros hasta los 200 metros de la trama urbana.
El magistrado convocó al Concejo Municipal, donde se aprobó la norma, pero también al Departamento Ejecutivo Municipal que efectuó un veto propositivo sobre la misma. Y en la misma audiencia citó a los ecologistas, a los productores agropecuarios del periurbano y fundamentalmente a técnicos del INTA y SENASA, los organismos que aportan estudios científicos sobre los fitosanitarios de origen biológico.
Durante poco más de dos horas, quienes tuvieron mayor protagonismo fueron los especialistas de los organismos nacionales. Ahora Colón tendrá mayor información para pasar a sentencia la causa, que definirá el futuro de la ordenanza y puntualmente del límite agronómico. Hasta antes de la sanción de esta norma, el área protegida de fitosanitarios era de 200 metros.
En esta instancia, las diferentes partes involucradas expusieron sus fundamentos para debatir sobre la vigencia de la Ordenanza Nº 5.331 sancionada por el Concejo en el año 2021, específicamente el artículo que hace referencia a la distancia de la aplicación de estos productos.
En representación de la Municipalidad asistieron la secretaria de Ambiente y Movilidad, María Paz Carusso y el fiscal municipal, Dr. Daniel Fruttero. Este último evaluó esta instancia como “muy positiva ya que es la primera vez que se celebra una audiencia pública en primera instancia, en los Tribunales de Rafaela”. Además, destacó que la exposición de las partes involucradas se realizó en un clima “ordenado, prolijo, concreto y claro en cuanto a las preguntas y respuestas que se brindaron. Siempre hubo absoluto respeto, de colaboración hacia la Justicia y una amplia participación ciudadana”.
Por el lado del Concejo, hicieron uso de la palabra Leonardo Viotti, autor de la ordenanza, Brenda Vimo, y Germán Bottero, presidente del cuerpo legislativo. Y por el lado de los ambientalistas, fueron convocados Sergio Ambroggi, Guillermo Dalmazzo y Ana María Santucci, de la Asociación Balbiana, todos con el patrocinio del Dr. Enrique Marchiaro. En tanto, Sebastián Gómez y Leandro Roggero participaron en representación de SENASA, Jorge Villar y Luis Carrancio del INTA, y Marcos Delfabro, Fernando Belinde y Juan Zimmermann de Productores Unidos, con la asistencia legal de Roberto Gianfelici.
Al término del encuentro, el fiscal municipal, Daniel Fruttero, brindó precisiones sobre la audiencia.
-¿En qué consistió la Audiencia Pública?
-La audiencia se desarrolló a través de preguntas concretas y precisas que el juez formuló a diferentes actores involucrados para clarificar conceptos o incorporar información al expediente que no estaba en el mismo o se necesitaba precisar en forma previa al dictado de la sentencia. En ese espíritu, se formularon preguntas a la parte actora, es decir quienes promovieron la acción, que está constituida por personas individuales junto a organizaciones ambientalistas como Amigos de la Vida y ADAPA, a la parte demandada -Municipalidad de Rafaela-, al Concejo Municipal, en particular al autor del proyecto en debate, a los terceros que comparecieron al proceso (Asociación Civil Productores Unidos Rafaela y el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe), algunos integrantes de la Comisión Especial creada por la Ordenanza y en particular, los organismos técnicos oficiales (INTA y SENASA) que vienen participando activamente en el tema de fitosanitarios de la ciudad. Se trata del último paso previo al dictado de la sentencia.
-¿Por qué se llevó a cabo esta audiencia?
-La audiencia tuvo una finalidad informativa para el Juzgado, que recabó información sobre el tema en debate en el juicio. El aspecto puntual sobre el que se expuso fue la reducción de la distancia del límite agronómico de 200 metros, que establecía la normativa anterior, a 50 metros que establece esta nueva Ordenanza.
En este sentido, el juez buscó indagar al autor de la norma en primer término (el Concejo), y a otros participantes luego, sobre cuáles fueron los fundamentos técnicos y científicos para adoptar esa decisión, entre otras indagaciones.
-¿Cuáles fueron los argumentos presentados por las partes?
-La primera en exponer en la audiencia fue la parte actora, es decir quienes promovieron la acción judicial, sosteniendo que la Ordenanza vendría a ser regresiva respecto de la tutela del ambiente y la salud de la población en comparación con la anteriormente vigente, no solo por la reducción de las distancias sino también por la ausencia de estudios que avalen esa decisión legislativa. Ellos fueron consultados y expusieron su punto de vista ante el juez. El Concejo también evacuó algunas preguntas sobre el punto, aunque quienes aportaron mucha claridad sobre los temas consultados fueron los organismos técnicos, SENASA e INTA. Fue un panorama similar al que nos encontramos cuando se aprobó la Ordenanza en el año 2021 y llegó al Ejecutivo para que tomara la decisión de promulgarla o vetarla. En ese momento, no encontramos los fundamentos que avalaran la decisión del Concejo ya que no estaban documentados en el expediente administrativo. Si bien hubo un debate público amplio, no había sido documentado y en los considerandos de la norma tampoco estaban claros sus fundamentos, no solo en cuanto al tema de la distancia sino también sobre los postulados científicos y técnicos que los avalan.
-¿Cuál es el paso siguiente?
-El paso siguiente dentro de la causa es aguardar la resolución del juez. La causa permanecerá en el Juzgado para dictar sentencia y, probablemente, en el transcurso del mes podamos contar con una resolución. Es una causa compleja con muchos aspectos a considerar e información que se vertió hoy y que se adiciona a las pruebas e informes tanto de la parte actora como desde el municipio, que no estuvieron al momento del dictado de la norma.
-¿Cuál es la postura del municipio?
-El municipio vetó 12 artículos de los 50 que componían esta Ordenanza, aclaró imprecisiones en las que la norma incurría e incorporó disposiciones transitorias. Una de ellas buscó tener un tiempo para investigar bien qué tipo de productos y bajo qué condiciones y requisitos se podrían utilizar en el periurbano, es decir, el cinturón ecológico que la norma nomina, ubicado entre los 50 y 200 metros de distancia del radio urbano y de los establecimientos que están en zona rural. Desde la sanción del veto, tanto el Ejecutivo como la Comisión Especial trabajaron en la búsqueda de la información que no estaba en la Ordenanza, recurriendo a INTA y SENASA para adquirir mayores precisiones y poder aplicar la norma. En el medio se promovió la acción judicial. Vamos a aguardar lo que resuelva el juez para ver cómo continúa la reglamentación de la Ordenanza.

Redacción
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