Condenaron a Cristina Kirchner a seis años de cárcel por corrupción

Nacionales 07 de diciembre de 2022 Por REDACCION
El fallo agrega la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en perjuicio de la obra pública en Santa Cruz. La exmandataria fue absuelta por el delito de asociación ilícita.
02-Tribunal condena

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 condenó ayer a la vicepresidenta Cristina Kirchner a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa por la concesión de obras públicas en Santa Cruz, luego de tres años y medio de debate judicial. Así lo determinaron en su sentencia conocida este martes los magistrados Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Jorge Gorini, en un caso que tuvo además como imputado al empresario Lázaro Báez, quien fue condenado a 6 años de prisión.
La lectura del veredicto, que se realizó por videoconferencia para todas las partes y fue realizada por el magistrado Gorini, había generado una enorme expectativa en el país en las últimas horas al estar involucrada la actual vicepresidenta de la Nación, que si bien fue declarada culpable, quedó absuelta por el delito de asociación ilícita.
"Esto no es ni lawfare ni partido judicial. Esto es un Estado paralelo y mafia judicial", aseguró la ex mandataria apenas se conoció el fallo en su contra. También subrayó que no será "candidata a nada" en las próximas elecciones generales, previstas para 2023, por lo que se quedaría sin fueros.
Este martes, además, la Justicia decidió absolver al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, al ex subsecretario de Obras Públicas Abel Fatala, al ex presidente de la Administración General De Vialidad Provincial de Santa Cruz Héctor Garro y al ex subsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal Carlos Santiago Kirchner.
En tanto, el fallo también condenó al ex secretario de Obras Públicas José Francisco López a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, al igual que al ex titular de Vialidad Nacional Nelson Periotti.
Asimismo, recibieron condenas el ex jefe del Distrito Santa Cruz de Vialidad Nacional Mauricio Collareda (4 años), el ex titular de la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz Juan Carlos Villafañe (5 años), el ex jefe del Distrito Santa Cruz de Vialidad Nacional Raúl Daruich (3 años y 6 meses), el ex titular de la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz Raúl Pavesi (4 años y 6 meses), el ex presidente del directorio de la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz José Raúl Santibáñez (4 años).
A pesar de que el veredicto se conoció ayer por la tarde, los jueces disponen de un período de 40 días hábiles para informar sus argumentos, lo que -tomando en cuenta la proximidad de la feria judicial de enero- estira los plazos al primer trimestre del año próximo: será el 9 de marzo.
El pasado 22 de agosto los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola pidieron una pena de 12 años de prisión para Cristina Kirchner y que sea inhabilitada de por vida a ejercer cargos públicos. Si bien la Vicepresidenta fue declarada culpable, no habrá consecuencias jurídicas inmediatas para la ex mandataria, dado que cuenta con fueros por su cargo público y segundo porque para que el fallo sea de cumplimiento efectivo debe quedar firme la condena.
De todos modos, su condena en esta causa en la que se investigaban presuntos actos de corrupción entre 2003 y 2015 significa un acontecimiento histórico en la Argentina.
El juicio comenzó en mayo de 2019 y celebró casi un millar de horas de audiencias, que tuvieron su etapa más resonante con los alegatos de la fiscalía y las defensas.

"OPERACIÓN CRIMINAL" Y
"VÍNCULOS PROMISCUOS"
La Justicia estableció que existieron "vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública (nacional y provincial) y las empresas contratistas", ello en referencia a la vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, y el empresario Lázaro Báez.
Según los jueces, entre 2003 y 2015 existió una "extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y condiciones establecidos por la ley penal", en lo que respecta a la concesión de obras públicas en Santa Cruz.
Así lo dieron a conocer los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 en una breve reseña del fallo cuyos fundamentos completos se darán a conocer el 9 de marzo próximo y por el cual condenaron a seis años de prisión a la Vicepresidenta solo por administración fraudulenta, no así por asociación ilícita también, como reclamaba la fiscalía.
Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Jorge Gorini aclararon que no juzgaron un Gobierno, ni tampoco la forma "de implementar una gestión de desarrollo vial marcadamente favorable para la provincia de Santa Cruz", pues se trata de "cuestiones políticas no justiciables".
"La evidencia ha demostrado que durante ese período las obras viales licitadas en esa provincia fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial", según esgrimió el Tribunal con la firma de sus tres integrantes.
En ese sentido, señalaron que los funcionarios, como ser la entonces presidenta de la Nación, "omitieron deliberadamente velar por los principios básicos de transparencia y competencia propios de los procesos licitatorios" y "han sido condescendientes con las empresas del grupo Báez para que éstas resultaran adjudicatarias de la mayoría de las obras viales licitadas en Santa Cruz en el segmento temporal aludido".
También que dijeron que no controlaron los procesos. "Ha sido dirimente, en esa lógica, la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado a través de su participación en los beneficios económicos producto del delito obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra", remarcó el Tribunal.
Los jueces catalogaron de un caso "inédito en la historia del país" y que "el tribunal ha podido de todos modos determinar dos ámbitos claramente mensurables en relación al perjuicio económico ocasionado: El primero consiste en la diferencia entre los montos fijados por el Estado al confeccionar el pliego para la realización de una obra y el precio finalmente contratado". "El segundo concepto está dado por la existencia de sobreprecios en, al menos, tres de las cinco obras viales peritadas", remarcaron finalmente.

ASOCIACIÓN ILÍCITA
El juez Sebastián Basso, miembro del Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2, entendió que sí existió una asociación ilícita entre 2003 y 2015 en la concesión de la obra pública en Santa Cruz, por lo que votó en favor de condenar por ese delito a la vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner.
Fue el voto en disidencia del Tribunal 2, pues sus colegas Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu optaron por condenarla solo por administración fraudulenta y en ese marco, la ex mandataria fue sentenciada a 6 años de prisión.
Para Basso sí existió una pluralidad de actos delictivos y por eso en una breve reseña que se difundió del Tribunal, sí existió una asociación ilícita, de acuerdo con su consideración.
Esa parte de la acusación, que quedó descartada por la mayoría del Tribunal, sí había sido una de las imputaciones de la fiscalía cuando había reclamado una pena de 12 años teniendo en cuenta esa figura y la de administración fraudulenta.

REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
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