Ganancias: elevarán el mínimo a partir de junio y el aguinaldo quedará exceptuado

Nacionales 27 de mayo de 2022 Por REDACCION
Se aumentarán las deducciones especiales y de esta forma se reduce el nivel de ingresos desde el cuál se comienza a tributar.
02-AFIP Ganancias

El Gobierno nacional elevará el mínimo para el pago del impuesto a las Ganancias para empleados en relación de dependencia de la cuarta categoría a partir de junio y eximirá del tributo a los dos medio aguinaldos anuales. Hoy, el presidente Alberto Fernández encabezará en la Casa de Gobierno desde las 11:30 un acto para realizar el anuncio formal, acompañado por el ministro de Economía, Martín Guzmán; el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y referentes del sindicalismo, entre otros invitados.
La decisión trascendió hoy desde el Ministerio de Economía en respuesta a los reclamos públicos que en ese sentido realizó el propio Massa, el último de ellos este mismo jueves.
Desde el Palacio de Hacienda explicaron que el mecanismo a utilizar será la actualización de las deducciones especiales que reducen el monto final sobre el que se realiza la base del cálculo. En la actualidad el piso para el pago del impuesto a las ganancias de los empleados en relación de dependencia de la cuarta categoría es de $ 225.937.
"El proyecto de decreto que se está impulsando para actualizar el tope a partir del que se tributa el impuesto a las ganancias de las personas humanas comprende la actualización de la deducción especial en los dos tramos previstos en la ley original de acuerdo a las proyecciones actualizadas de salarios", indicó un estrecho colaborador de Guzmán.
Lo que hasta el momento no trascendió son los porcentajes en los que se aumentarán las deducciones, dado que será lo que definirá cuántos trabajadores podrán eludir el pago del impuesto.
La medida será instrumentada a partir de un decreto, en el que además se exceptuará a los dos medio aguinaldo del pago de este tributo.
Al igual que lo sucedió con el ahora ex secretario de Comercio Interior Roberto Feletti, Guzmán fue presionado públicamente por Massa, quien días atrás dio a conocer una carta que le envió al ministro solicitándole la elevación del piso de ganancias. Este jueves, retiró su pedido para que el mínimo no imponible se actualice de manera inmediata.
Desde el Poder Ejecutivo no hubo confirmación sobre la decisión e incluso hoy la portavoz Gabriela Cerruti dijo que no se haría antes del pago del medio aguinaldo.
Massa insistió con su pedido en un acto en la ciudad bonaerense de General Las Heras, tras lo cual Guzmán se avino a dar alguna respuesta. Si bien el ministro aceptó que la suba rija desde junio al no haber precisiones de cómo será el mecanismo no hay certeza de cómo quedarán las escalas de pago para los trabajadores.
Las actualizaciones de los pisos del impuesto a las Ganancias deben realizarse anualmente tal como marca la ley pero el Poder Ejecutivo tiene la facultad de modificar las fechas por decreto. Guzmán pretendía posponerlo para el segundo semestre, pero la presión de un sector de la coalición sumada a su estrés político lo obligaron a aceptar un adelantamiento. 

BILLETERAS VIRTUALES
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó en $ 30.000 el piso mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos deben informar ingresos y egresos de las cuentas. Además las billeteras virtuales deberán informar los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores a $ 90.000.
Asimismo se estableció en $ 200.000 el nuevo mínimo a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales. La nueva normativa entrará en vigencia mediante la Resolución General 5193/2022 que se publicará hoy en el Boletín Oficial.
La AFIP incorporó desde este año a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales trabar embargos para cobrar las deudas.
Hasta ahora los embargos sobre contribuyentes morosos que la AFIP requiere a la justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos pero a partir de estas medidas también las cuentas digitales en el listado de activos son pasibles de ser embargados para cobrar deudas.
Al no existir regulación al respecto muchos contribuyentes había decidido girar sus tenencias a esta clase de instrumentos para protegerlas. (NA)

REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
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