¿Chocaste con el auto?

Patrocinado 21 de octubre de 2021 Por REDACCION
Lee esta nota y entérate de lo que tenés que hacer en el momento del accidente, los datos que debés tomar, y cómo actuar ante la compañía de seguros.
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Esta semana les traemos un tema muy común y que es consulta habitual entre nuestros clientes. ¿Qué hacer ante la eventualidad de sufrir un accidente?, ¿Qué tengo que hacer si choco con mi auto?, ¿Qué pasa si no tengo la póliza del seguro vencida?, ¿Cómo resuelvo la situación de que la persona con la que choqué declaró ante su aseguradora que la culpa fue mía…?

Esas son algunas de las dudas que nos plantean y que trataremos de dejar en claro a lo largo de este artículo. En primer lugar, en el momento en que chocás, tenés la obligación de detenerte.

Vas a tener que darle al otro conductor los datos de tu licencia de conducir y del seguro de tu automóvil. También, deberás solicitarle a la persona con la que colisionaste los datos de su licencia y de su seguro.

¿Es necesario tomar otros datos?

Sí, aunque la ley no lo diga en forma expresa, al momento del accidente será de utilidad que tomes datos inherentes al auto con el cual chocaste: patente, marca y nombre de la empresa del seguro así como nombre, DNI, domicilio y teléfono del conductor.

En caso de que haya conducido una persona distinta del asegurado, deberás pedir los datos de quien lo sea. Es importante que averigües también el nombre, DNI, domicilio y teléfono de los testigos del accidente, en caso de que haya habido.

¿Tengo que hacer la denuncia ante la compañía de seguros?

Sí, en la Ley de Tránsito, se establece en el Artículo 65 una serie de obligaciones que tienen aquellos que hayan sido partícipes de un accidente, y una es precisamente la obligación de hacer la denuncia ante la compañía de seguros dentro de las 72 horas de ocurrido el suceso, pretendo anoticiar a la misma de lo ocurrido. En el mismo orden de ideas se expide la Ley de Seguros en su Artículo 46.

¿Qué pasa si el que me chocó se da a la fuga?

En primer término, es posible que la persona que choca y se fuga, en caso de haber dejado heridos, puede ser juzgado por delito de abandono de persona, el cual se halla contemplado en el Código Penal de la Nación, en el artículo 106. Pero, independientemente de ello, te será útil conseguir testigos que puedan darte información respecto del auto que te chocó para hacer un reclamo por daños. Cuando ocurrió el accidente no tenía pago el seguro del auto, ¿la aseguradora igualmente responderá? No, la compañía no responderá si no tenés tu prima al día. Conforme lo establece la Ley de Seguros, esto significa que tu seguro no está vigente y la empresa de seguros no se hará responsable por los daños ocurridos como consecuencia del accidente de tránsito. Correlativamente con ello, será obligatorio que lleves en el auto el comprobante de seguro vigente que te dará el productor de seguros con el cual hayas contratado.

ESTUDIO JURÍDICO BASANO&LANFRANCO

Caterina M. Basano 
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