Día Mundial del Ambiente: entre incertidumbre, esperanza y desafíos

Notas de Opinión 07 de junio de 2021 Por REDACCION
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FOTO REDES SOCIALES
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Por Pablo Lorenzetti (*)

“La tierra está vibrando con distinta melodía
Ni dioses locos de furia, ni demonios vengativos
Ni naves extraterrestres, ni algún cometa perdido
La historia es mucho mas clara y tiene también sentido
La tierra se está quitando de encima al peor enemigo”. (1)


El día sábado 5 de junio se conmemoró un nuevo aniversario del Día Mundial del Ambiente, motivo que nos convoca a aportar algunas breves reflexiones sobre la temática.
Estas líneas se escriben en momentos en los que el Planeta sufre gravísimas catástrofes ambientales de todo tipo que generan a su vez consecuencias tanto en los seres humanos como en los bienes comunes.
Pensemos por ejemplo en la gran cantidad y variedad de eventos de estas características que se presentan cada vez más a menudo en nuestro país y en todo el mundo: incendios forestales, inundaciones, sequías, huracanes, derretimiento de glaciares, desaparición de islas, contaminación de recursos hídricos de todo tipo, falta de agua potable, extinción de especies animales y vegetales, polución del aire, incremento de personas desplazadas y refugiadas por causas ambientales, daños irreversibles a bienes del patrimonio cultural, proliferación de nuevas enfermedades, entre tantos otros.
Todas estas tristes realidades poseen un denominador común: son originadas directa o indirectamente por el accionar de los seres humanos.
Como si todo ello fuera poco, tanto nuestro país como el mundo entero continúan padeciendo los tremendos embates que arroja a diario la pandemia de Covid-19, encrucijada en la cual los habitantes de este Planeta también ostentamos una gran responsabilidad.
Por lo hasta aquí expuesto es que hemos decidido incluir la cita del epígrafe en este texto.
Es evidente que somos los seres humanos los principales causantes de los gravísimos daños que se están produciendo en el Planeta y por los cuales -paradójicamente- nosotros mismos nos sorprendemos y nos vemos inducidos a hacer publicaciones en las redes sociales, marchar en las calles para pedir respuestas y exigir a los medios de comunicación y a los gobernantes que se ocupen de estos problemas. Actitudes todas reactivas -y no proactivas o preventivas- frente a cada evento que nos aflige particularmente.
De manera que, como bien señala la cita que encabeza este texto, sería bueno no reincidir en lo que se ha hecho a lo largo de la historia frente a este tipo de desastres que son cada vez más recurrentes e intensos: buscar explicación en los dioses, en los demonios, en los extraterrestres o en los cometas.
Por el contrario, resultaría mucho más razonable y coherente entender que es la Tierra la que nos está interpelando a través de cada una de estas manifestaciones mediante las cuales exige la adopción de medidas urgentes y eficaces que redunden en estilos de vida mucho más sostenibles que los actuales.
En este marco de notable incertidumbre sobre la calidad de vida que la emergencia global en la que estamos inmersos deparará a las generaciones que nos sucederán, es válido destacar como positivo el accionar de gran cantidad de personas que -individualmente o agrupadas en diversas formas de organización de la sociedad civil- se preocupan y reclaman soluciones para la crisis ambiental.
Hallamos aquí entonces, y tal como mencionamos en el título de este texto, algunos datos esperanzadores en este contexto de grandes incertidumbres.
Así, además de los numerosos procesos judiciales que canalizan pretensiones con contenido ambiental en todas las jurisdicciones de nuestro país, observamos también que esta ebullición generada por la propia comunidad redunda en importantes avances legislativos.
Mencionamos solo tres ejemplos recientes -de los tantísimos que podríamos aportar- cuya contribución a la efectiva tutela de los bienes comunes es de evidente trascendencia.
El 15 de diciembre de 2020 fue promulgada la ley número 27.592 (también conocida como “ley Yolanda” en homenaje a Yolanda Ortiz, primera Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de Argentina en el año 1973) que establece la capacitación obligatoria en la temática ambiental para todas las personas que se desempeñen en la función pública en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
En otro orden, el 22 de abril de 2021 entró en vigencia el “Acuerdo de Escazú”, tratado regional de derechos humanos que se propone -entre otros objetivos- garantizar y efectivizar el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe.
Por último, el 3 de junio de 2021 se promulgó la ley número 27.621 que tiene por objeto establecer el derecho a la educación ambiental integral como política pública nacional y se propone -entre otros fines- elaborar y desarrollar la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI) y las Estrategias Jurisdiccionales de Educación Ambiental Integral (EJEAIs).
Un denominador común que vincula tanto a estas leyes como a gran parte de las demás fuentes que integran el sistema protectorio del ambiente radica en que son promovidas y sancionadas de forma inversa al esquema clásico, en el cual los diferentes organismos estatales elegidos a través de la voluntad popular imponen “de arriba hacia abajo” las normas generales o particulares a su población.
Por el contrario, actualmente la mayoría de las regulaciones que protegen derechos fundamentales de las minorías y de sujetos individuales o colectivos vulnerables emergen “de abajo hacia arriba” y son receptadas y sancionadas por los organismos públicos a partir de los movimientos sociales que con cada vez más fuerza se manifiestan en las comunidades.
Piénsese en las significativas movilizaciones y reclamos tan diversos de los cuales hemos sido testigos tanto a nivel local como global en relación, por ejemplo, a la gravedad de las consecuencias del cambio climático, a la necesaria protección de consumidores hipervulnerables, a la cobertura económica de ciertos tratamientos de salud, al esclarecimiento y juzgamiento de delitos de lesa humanidad o a la lucha incansable de las víctimas de violencia de género; entre otros muchos procesos sociales cuyas conquistas han redundado tanto en legislación como en tutela jurisdiccional protectorias.
De allí la trascendencia de escuchar a la ciudadanía en estos grandes temas, de fomentar los mecanismos de difusión de información y participación y de colocarlos en el centro de la agenda pública.
En el campo ambiental, dicho proceder es fundamental y por eso los funcionarios de los diferentes estamentos estatales (ejecutivo, legislativo y judicial) ya no toman decisiones encerrados en sus despachos sino que, por el contrario, se sumergen en los territorios en los cuales se presentan los conflictos, citan a los involucrados a audiencias públicas, otorgan participación al sector científico, convocan a los medios de comunicación, etc.
Los sujetos de carácter privado (empresarios, emprendedores e individuos en general) también obran de este modo a los fines de conocer e internalizar las problemáticas ambientales que los rodean y que ya son parte de sus quehaceres cotidianos.
Esto es necesariamente así porque vivimos en una sociedad de riesgos cada vez más compleja que nos obliga a adoptar conductas y conciencia ambientales, tendientes a compatibilizar el ejercicio de nuestros derechos individuales con los de incidencia colectiva, tal como lo regulan los artículos 14 y 240 del Código Civil y Comercial de la Nación.
En esa línea, es imperioso afianzar las reglas, principios y valores del Estado de Derecho Ambiental, paradigma que pretende garantizar la calidad de los bienes comunes tanto para las generaciones actuales como para las futuras bajo un modelo ecocéntrico; no olvidando que el goce de condiciones ambientales sostenibles opera como presupuesto o precondición del ejercicio de los demás derechos fundamentales (propiedad, industria, salud, trabajo, etc.) según lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Opinión Consultiva 23/2017) y que -en casos de duda- todos los procesos ante tribunales, órganos administrativos y otros tomadores de decisión deberán ser resueltos de manera tal que favorezcan la protección y conservación del ambiente (“in dubio pro ambiente”), de acuerdo a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (causas “Majul” y “Saavedra”, entre otras).
Claro está que la propuesta no es aniquilar o suprimir derechos individuales sino, por el contrario, armonizarlos con los colectivos y tratar de satisfacer al máximo posible cada uno de ellos. Se trata de premisas que se enmarcan en la noción de función socioambiental o ecológica en el ejercicio de los derechos fundamentales, cuya fuente constitucional está fuera de discusión en nuestro ordenamiento jurídico.
Vale entonces destacar que más allá del debate y de la solución particular que se adopte en cada uno de los conflictos, lo trascendente es que el paradigma constitucional ambiental es siempre el mismo porque así fue consensuado por los ciudadanos -no pudiendo la tutela que de él emana ser disminuida o suprimida, so pretexto de inconstitucionalidad e inconvencionalidad por violación, entre otros, del principio de no regresión-, independientemente de que cambien las personas o instituciones que adoptan las decisiones.
El paradigma está antes o por encima de cualquier particularidad o subjetividad, perdura en el tiempo y funciona como garantía de cumplimiento de los derechos fundamentales que consagran tanto la Constitución Nacional como los tratados de derechos humanos actualmente vigentes.
Consideramos bajo este prisma que la conmemoración del Día Mundial del Ambiente debería operar como incentivo para que cada uno de nosotros reflexionemos e internalicemos algunos de los desafíos que nos presenta la crisis global que estamos atravesando.
Las posibilidades de involucramiento e innovación en estos temas son tan amplias como apasionantes y prueba de ello emerge de los variados aportes a la sustentabilidad que ya están produciendo áreas tan disímiles como las nuevas tecnologías, la inteligencia artificial, las neurociencias, la economía del comportamiento, el arte en sus diversas manifestaciones, el deporte, entre otras disciplinas.
Pensamos que al asumir esta responsabilidad que interpela a toda nuestra generación contribuiremos a evitar -o, al menos, morigerar- las catástrofes ambientales a las que estamos expuestos de manera cada vez más persistente.
De lo contrario, y como lo recalca la cita que incluimos en el epígrafe de este trabajo, la Tierra continuará expresándose a su modo hasta que logre sacarse de encima a su peor enemigo, que -claro está- somos nosotros mismos.

(1) Fragmento de la canción “Civilización”, editada en el año 2007 como parte del disco homónimo de la banda argentina “Los Piojos”. Letra y música: Andrés Ciro Martínez.

(*) Especialista y Profesor de Derecho Ambiental (Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires). Director Académico de Fundación Expoterra.

REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
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