El concurso de Vicentin seguirá en Reconquista

Nacionales 04 de julio de 2020 Por REDACCION
La Justicia rechazó el pedido del Gobierno para que el concurso de Vicentin pase al fuero porteño.
La Justicia rechazó ayer el pedido del Gobierno para que la causa por la intevención de Vicentin saliera de la órbita de la provincia de Santa Fe y se tramitara en el fuero en lo contencioso administrativo.
La gestión de Alberto Fernández buscaba que fueran los tribunales porteños los encargados de revisar las decisiones del Poder Ejecutivo, pero la jueza María Alejandra Biotti rechazó esa interpretación.
"Si bien los planteos efectuados por los integrantes del Directorio de Vicentin SAIC y los agravios expuestos por el Estado Nacional contra la decisión del juez del concurso en esta inhibitoria deberán ser resueltos ante los tribunales federales con competencia contencioso administrativo, considero que el Fuero Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal no posee competencia territorial para entender en la causa", estableció la jueza.
En su fallo, Biotti afirmó: "Corresponderá entender a los tribunales federales con competencia en materia contencioso administrativa en la localidad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe".
La jueza consideró, citando jurisprudencia, que “la competencia en razón del territorio obedece a la proximidad del órgano judicial con el lugar en que se encuentra situado alguno de los elementos de la pretensión o petición que es el objeto del proceso”. “No resulta razonable que un tribunal situado a casi 800 kilómetros de la localidad de Avellaneda, provincia de Santa Fe, entienda en una acción dirigida a cuestionar la validez constitucionalidad del DNU No 522/2020, cuyos efectos, como se dijo, se producen casi con exclusividad en ese lugar”, argumentó Biotti.
Por último, el fallo mencionó que “adoptar una solución contraria, que no atienda al lugar en el que el acto cuestionado produce sus efectos, implicaría, por un lado, vaciar de contenido a la jurisdicción de los tribunales federales con asiento en las provincias y, por el otro, obligar irrazonablemente a los demandantes a litigar de manera exclusiva en la jurisdicción territorial de los tribunales federales con asiento en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la mera circunstancia de que las máximas autoridades de la Nación están radicadas en este territorio”.
El pedido del Ejecutivo planteaba la incompetencia del juzgado santafesino para entender en el pedido de inconstitucionalidad presentado contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 522/2020, que estableció la “intervención transitoria” de Vicentin o en cualquier otra medida cautelar que se presente al respecto.
El Gobierno se refirió a la presentación efectuada el 17 de junio por los integrantes del ex directorio de la firma concursada, quienes plantearon la inconstitucionalidad del decreto presidencial y solicitaron que se suspendiera la medida y se los restituyera en sus cargos cargos.
Dos días después del pedido, el juez del concurso, Fabián Lorenzini, hizo lugar al amparo de los ex directivos y los repuso en los cargos por un plazo de 60 días, decisión que el Gobierno entendió que “contravino las disposiciones en materia de asignación de competencias a los órganos jurisdiccionales” y propuso que el expediente se traslade al Fuero Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.
El fallo de Biotti avaló un criterio que está en debate en la Corte Suprema de Justicia, aunque ya aplicado en varias causas, sobre la potestad de los fueros federales del interior del país para analizar las resoluciones del Gobierno nacional.
Por su parte, el Ejecutivo podrá apelar esta decisión, que implica el segundo fallo adverso que recibe en el caso de la intervención de la empresa agroexportadora.
Hace una semana, apoderados del Ministerio de Desarrollo Productivo plantearon en el fuero contencioso administrativo de la Capital que el fallo que dictó el juez de Reconquista, Fabian Lorenzini, (que convirtió al interventor del Gobierno en veedor y repuso a dueños en sus cargos del directorio) fue una "sentencia arbitraria", violó la ley de medidas cautelares y afectó la división de poderes.

REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
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