Salus populi suprema lex est

Notas de Opinión 20 de marzo de 2020 Por Dr. Enrique J. Marchiaro
La salvación del pueblo es ley suprema.
El Mundo y Argentina vivimos una situación inédita, pues las pandemias previas del S. XX no tuvieron el impacto que la actual tiene y tendrá. Toda medida que atempere muertes y otras consecuencias no menores es válida.
En el derecho ambiental rige el principio precautorio, por el que la falta de evidencia científica no inhibe del dictado de medidas preventivas ante un riesgo posible.
En el derecho público rige en cambio la “emergencia”, en este caso sanitaria. Ante una situación grave las medidas deben ser rápidas y proporcionales, para lo cual siempre los derechos de uno ceden ante el conjunto.
Nuestras constituciones apenas tienen 200 años y rediseñaron el Estado y el Derecho, pero no lo inventaron. Muchos institutos tienen miles de años y siguen idénticos. Y dan respuestas a graves crisis, como el adagio del título de esta nota que es obra de Marco Tulio Cicerón bajo la fórmula “Ollis salus populi suprema lex esto”.
La misma condensa mucho del ingenio y practicidad romana, según la cual no hay salvación fuera de la comunidad, pero tampoco fuera de la ley. De allí que las medidas extremas para salvar a un pueblo solo son válidas si son conforme a ley.
Nuestra Constitución autoriza este tipo de medidas y el DNU 260 es una obra magistral de derecho que será estudiado en el futuro, pues equilibra poder de policía sanitario con derechos humanos y derechos colectivos con individuales.
No sabemos mucho sobre este virus. Sí que las medidas previas de aislamiento son clave para atenuar el impacto. El virus seguramente infectó ya a miles y miles, pero muchos sin síntoma alguno, por ello debe evitarse la circulación personal.
Luego habrá un gran sector que tendrá síntomas y recurrirá al sistema de salud y un pequeño porcentaje tendrá que ser asistido en unidades de terapia intensiva. La regla 80-15-5 será sagrada en adelante. Cumplirla Estado y Sociedad es elemental.
Estamos a tiempo, tal vez pocas horas. El Estado Nacional prohibirá la circulación de personas en todo el país y ello no solo es “legal” sino “necesario”.
Situaciones de excepción requieren soluciones de excepción. De cada uno dependerá que el conjunto se salve, pues aquí no será el Estado-Papá el que haga todo por nosotros, sino que lo que cada uno haga contribuirá al conjunto.
Las sociedades actuales son complejas, sociedades del riesgo e incluso de la incertidumbre. De allí que no hay poder estatal omnímodo que sustituya a la sociedad, por el contrario, solo el obrar personal en colaboración permitirá la salvación del conjunto.

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