Recomendaciones cooperativas

Notas de Opinión 05 de diciembre de 2019 Por REDACCION
Con esta entrega termina esta serie de notas sobre distintos aspectos del quehacer cooperativo.

Por Roberto Fermín Bertossi *

NOTA III

Si en la cooperativa tradicional, la meta consistió en economizar en beneficios de sus asociados, en una cooperativa modo siglo XXI el objetivo ha de ser exportar e importar (Ley 23.101) para tornar excedentariamente positivo el capital, la tecnología, la cultura ambiental (Laudato Si, 24 de mayo de 2015, Vaticano) y la integración de sus miembros (personas humanas y jurídicas) en los objetivos y en las actividades de la propia cooperativa. Esto quizá signifique, incluso a corto plazo, la forma más eficiente de beneficiar a los asociados cooperativos, proporcionalmente.
Esta prospectiva cooperativa hipermoderna y contemporánea, cobra caracteres preponderantemente especiales cuando se trata de interactuar a nivel internacional.
Lo dicho se sostiene cuando verificamos que las cooperativas han quedado desfasadas frente a la progresiva concentración de empresas y riquezas. Por caso, baste comparar las experiencias empresariales de colaboración internacional cooperativa, con las desplegadas por los grandes grupos mercantilistas multinacionales.
10) A renglón seguido, una adecuada y estratégica asignación de funciones y responsabilidades cooperativas se traducirá en logros, servicios, escalas funcionales y económicas, repercutiendo positivamente en cada economía doméstica, en cada economía productiva (Pymes), en las economías regionales y, en suma, en toda la economía en pro del bien común.
11) Para ello, las actividades y servicios cooperativos, de naturaleza operativa, contable, administrativa, financiera, digital y de relaciones institucionales, merecen una dedicación especial y especializada para poder, recién entonces, acreditar un genuino desempeño productivo y competitivo de los principios cooperativos, en un contexto de economía de mercado, tecnológicamente disruptivo.
12) En esa perspectiva, las cooperativas de grado superior (federaciones y confederaciones) están llamadas a jugar un rol dinámico y superador rumbo a la “excelencia cooperativa”.
13) Por su parte, no siendo el acto cooperativo un acto de comercio, debería ser contabilizado, ponderado, encuadrado y fiscalizado “no mercantilmente”, y así por todas las instancias relacionadas, con jurisdicción y competencia sobre el desempeño del cooperativismo, quedando éste fuera del alcance de todo impuesto, tasa o contribución arbitrarios, derivados de abusos de poder.
14) Asimismo –reiteramos- una vetusta, impropia e inconstitucional norma del año 1973(el decreto-ley N° 20.337)mal puede seguir regulando la organización y el funcionamiento cooperativo,ya que en poco menos de 40 años-además de los acontecimientos relacionados ut supra-, han sucedido muchas cosas, vg.: A) Se han reformulado los principios
cooperativos (Manchester/1995); B) el proceso de concentración, desigualdades y privilegios luce poco menos irreversible e inaceptable, razón angular que torna ineludible un programa interinstitucional federal para la refundación, refuncionalización, actualización y reempoderamiento del sistema cooperativo, urbano y rural.
15) A modo de conclusión, ante las graves dificultades de gestión que enfrentan innumerables empresas solidarias, “la educación, información y entrenamiento cooperativos” como ´desprendimientos´ del principio cooperativo esencial o “regla de oro”, esto es, la educación superior cooperativa; deben implementarse y plasmarse rápidamente, articulando saberes y estrategias pedagógicas e institucionales en general, vinculaciones universitarias y con ONG´s de reconocida trayectoria y solvencia en particular; sumando simultáneamente la capacitación para la certificación cooperativa de las normas de calidad pertinentes, algo central y clave para una nueva gestión cooperativa, más apropiada a las nuevas cosas de hoy, (Leyes 1.420, 16.583, 23.427, 26.206 (art.90))
16) Definitivamente, sin solidaridad social y con una ralentizada educación cooperativa, no puede existir diálogo ni participación –autónoma, independiente y responsable– de todos los asociados cooperativos. Sin esta participación, un serio debate continúa pendiente y, sin todo ello, la democracia cooperativa viene ofreciendo toda clase de esfuerzos y sacrificios por permanecer, en tanto, muchos problemas y desafíos persisten y crecen sin resolverse, lo que puede ir menguando no sólo la secular credibilidad de los productos, bienes y servicios cooperativos, sino la propia organización y funcionamiento de estas empresas solidarias civiles; (A propósito y más que lamentablemente, dan cuenta de esto último “escandalidades seriales” causada en todo el territorio federal por falsas cooperativas y mutuales, culposamente descontroladas por los órganos locales competentes, por el INAES, por la AFIP, por el Banco Central, por la UIF, etc.).
17) El nuevo derecho cooperativo como la nueva gestión que proponemos, favorecerá también el crecimiento, la productividad, la competitividad y el reposicionamiento de las cooperativas ante las opciones de desarrollo humano y económico, local y regional.
18) La ecología de la realidad nos revela por estos días que ante semejante corrupción, desigualdad, crímenes ambientales y privilegios inhumanos, la Doctrina Social de la Iglesia está más en sintonía con una realidad posible, habitable y duradera para todos; con mucho más de esperanza, con mucho menos de utopías ante las flagrantes extravagancias de los necios e insensatos que pretendieron infructuosa y perniciosamente comandar los destinos y el progreso de la humanidad; adversidades confirmadas por los pavorosos índices involutivos de desarrollo humano como de los -abstrusamente fracasados y postergados (una y otra vez)- Objetivos de Desarrollo Sostenible sobre los que la Asamblea General de las Naciones Unidas readoptara e insistiera nuevamente en septiembre de 2015, mediante la implementación voluntarista de una Agenda 2030´ para el Desarrollo Sostenible; con la cual, de ningún modo estamos ante una ´aporía´ sino un plan de acción posible en favor de todas las personas humanas, de todo el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia.
19) A “confesión de parte, relevo de pruebas”: Los Estados miembros de las Naciones Unidas aprobaron una resolución en la que reconocen que el mayor desafío del mundo actual es una solidaria y mancomunada erradicación del flagelo moral de la pobreza extrema (salud, alimentos y vivienda digna), sosteniendo que sin lograrla, no podrá haber desarrollo humano duradero.
20) Como los seres humanos no están solos ni aislados en el mundo, sino que viven en sociedad, la Iglesia desarrolla un juicio moral en materia económica, política, ecológica y social, a fin de inspirar actitudes justas como el uso cooperativo y fraterno de los bienes terrenos en las relaciones socio-económicas interpersonales.
Resumiendo, la Doctrina Social de la Iglesia hace a un “corpus” de principios desarrollados a través del tiempo para dar justas orientaciones ante las realidades sociales, económicas, ambientales (Sínodo de los Obispos para la Amazonia, Octubre 2019´) y políticas en constante evolución(o¿involución?).
Finalmente, muchas formas ha tomado en la práctica el camino hacia la democratización de la economía y de la igualdad de oportunidades, la más humana y equitativamente paradigmática es, sin titubeos, “el auténtico cooperativismo”, al fin y al cabo, nuestra más preciada recomendación.

(*) Experto CoNEAU Cooperativismo / Investigador Cijs / UNC / Premio Adepa-Faca, 1990´ (Primera mención especial a la abogacía)

REDACCION

Redacción de Diario La Opinión de Rafaela
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