Policiales

Tostado: 12 años de prisión por la autoría de homicidio

Un hombre de 24 años identificado como Conrado A. fue condenado a 12 años de prisión como autor del homicidio agravado (por el uso de arma de fuego) de Edgar Hernán Sánchez, cometido en 2020 en Tostado (departamento Nueve de Julio).
La pena también se le impuso a A. por la autoría de los delitos de daño agravado, resistencia a la autoridad, amenaza calificada (por el uso de arma) y abuso de armas.
La sentencia fue resuelta por los jueces Juan Gabriel Peralta, Gustavo Bumaguin y Nicolás Stegmayer en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos desarrollado en los tribunales de Tostado. Por su parte, el MPA fue representado por el fiscal Héctor Aiello.

HOMICIDIO
El fiscal sostuvo que “el 14 de junio de 2020 entre las 4:00 y las 4:30 de la madrugada, en calle Haití entre Carlos Gardel y Benito Martini, el condenado discutió con la víctima”. En tal sentido, agregó que “con total voluntad y conocimiento de las posibles consecuencias, A. le efectuó un disparo de arma de fuego a Sánchez que le produjo lesiones de gravedad y le ocasionaron la muerte”. “Mientras escapaba del lugar, A. realizó un nuevo disparo hacia el lugar donde había quedado la víctima”, señaló el fiscal. 
Aiello relató que “minutos después de haberle disparado a Sánchez, el condenado junto con otras personas, arrojaron piedras y botellas de vidrio contra los móviles y el personal policial que fueron al lugar a raíz del homicidio”.
El representante del MPA detalló que “provocaron daños en los vehículos del Grupo de Operaciones Tácticas y del Comando Radioeléctrico” y planteó que “resistieron así el accionar de los agentes de la fuerza pública en el ejercicio legítimo de sus funciones”.

PROCEDIMIENTO
ABREVIADO
A. fue condenado como autor de homicidio doloso agravado (por el uso de arma de fuego), daño agravado, resistencia a la autoridad, amenaza calificada (por el uso de arma) y abuso de armas.
El condenado reconoció su responsabilidad penal como autor de los delitos endilgados. También aceptó –previo acuerdo con su Defensa–, la calificación penal propuesta por la Fiscalía. Asimismo, las partes se manifestaron de acuerdo con la pena impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.
Cabe agregar que no se da a conocer el apellido del condenado hasta tanto no haya una condena firme según lo establece el artículo 5 del Código Procesal Penal de Santa Fe, bajo el subtítulo "Estado de inocencia".

Autor: REDACCION

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