El Gobierno provincial dio a conocer la Resolución Nº 036
con la que se reglamenta la temporada de caza menor en nuestra Provincia. A
continuación resumimos los aspectos más importantes de la misma.
CAZA
DE PATOS: habilitada desde el 7 de mayo hasta el 7 de agosto,
ambas fechas inclusive.
Podrán aprehenderse
como máximo: Pato Crestón diez (10) piezas, Pato Sirirí Común diez (10)
piezas y Pato Sirirí Pampa cinco (5) piezas, con un máximo de doce (12) piezas
en total en la sumatoria de las tres especies por cazador y en transporte,
cualquiera sea la duración de la excursión de caza, o por día si la/s
excursión/es se realiza/n en el mismo día. Departamentos
habilitados: la caza de patos de las especies habilitadas sólo podrá
efectuarse en los departamentos 9 de Julio, Vera, General Obligado, San
Cristóbal, San Justo, San Javier, Garay, San Jerónimo, Iriondo y General López
y dentro de estos en las ecorregiones establecidas en la resolución.
CAZA
DE PERDIZ: habilitada desde el 22 de mayo al 24 de julio ambas fechas
inclusive y solamente los días sábados, domingos y feriados. Podrá aprehenderse
como máximo diez (10) piezas de Perdiz Chica Común en total, por cazador y en
transporte, cualquiera sea la duración de la excursión de caza, o por día si
la/s excursión/es se realiza/n en el mismo día. Departamentos
habilitados: San Cristóbal, 9 de Julio, Vera, General Obligado, Las
Colonias, Castellanos, San Javier, Garay, Belgrano, San Jerónimo y General
López.
CAZA
DE COTORRAS, PALOMA, MORAJU, VARILLERO Y
LIEBRE:
habilitada desde el 7 de mayo al 7 de agosto, ambas fechas inclusive. La caza de la paloma torcaza puede
practicarse durante todo el año. Podrá aprehenderse un máximo de cincuenta (50)
piezas en total de cada una de las especies citadas en el presente artículo
(Cotorra, Paloma, Morajú y Varillero) por cazador y en transporte cuando se
utilicen perdigones de plomo, cualquiera sea la duración de la excursión de
caza, o por día si la/s excursión/es se realiza/n en el mismo día y sin límite de piezas cuando para su caza se utilicen
cartuchos con perdigones que no contengan plomo. Liebre: sólo dos piezas por cazador
Departamentos
habilitados: San Cristóbal, 9 de Julio, Vera, General Obligado, Las
Colonias, Castellanos, San Javier, Garay, Belgrano, San Jerónimo y General
López.
PARA TENER EN CUENTA: además en
la citada resolución se establece que: “Para
realizar la actividad de caza de las especies Pato
Crestón, Sirirí Común, Sirirí Pampa y Perdiz Chica Común, el cazador sólo podrá
portar un máximo de treinta (30) cartuchos con perdigones desde el Nº 3 al N° 9
inclusive” y que “en la presente temporada de caza
deportiva 2011, practicada en áreas de humedales, cada cazador podrá utilizar
cartuchos con munición de plomo sólo en un número equivalente al 75% del total
de los autorizados, el restante 25% de cartuchos deberá poseer otro tipo de
munición que no contenga plomo”. “Junto
con la
Licencia - Permiso el cazador deberá portar la autorización por escrito del propietario u ocupante legal del campo
donde realizó el acto de caza y la Planilla
Individual de Caza, la cual será de uso, portación y devolución
obligatoria”.