Policiales

Sin la carátula de homicidio,  fueron condenados por robo

Cristian David Milessi de 27 años y Matías Perea de 22 fueron condenados a cuatro años y seis meses de prisión por la coautoría del delito de robo, ocurrido el 30 de diciembre de 2019 en Rafaela, a la vez que no fueron considerados responsables por la muerte de Gonzalo Glaría en el mismo hecho. 
El tribunal pluripersonal integrado por los jueces Cristina Fortunato y José Luis Estévez y por el conjuez Sergio Beceyro tuvo a su cargo dictar la condena en el marco de un juicio oral y público y que comenzó la semana pasada y terminó ayer con la lectura de la sentencia en los Tribunales. 
"Desde la Fiscalía sostuvimos y sostenemos que el resultado muerte de Gonzalo Glaría en el contexto de comisión de un robo merecía la calificación de homicidio en ocasión de robo, por las evidencias que se colectaron a lo largo de la investigación", sostuvo el fiscal Diego Vigo al dejar en claro que no estaba de acuerdo con el fallo.
Los familiares de Glaría también plantearon su visión crítica respecto a la decisión del tribunal. "Estábamos esperanzados en que se iba a condenar y que se iba a juzgar todo lo que pasó. No nos olvidemos que estamos en Argentina con una justicia que todos los días nos deja mucho que desear. El mensaje que queda es ese: que no hay que comprometerse ni meterse cuando ves un robo", sostuvo Gustavo Glaría, padre de la víctima, ante la prensa a la salida de los tribunales. "El juicio terminó, pero está todo por apelarse. Tenemos la tranquilidad que fueron condenados por robo y que quedan detenidos hoy. La vida vale menos que un robo, ese es el mensaje que yo capto", subrayó con una evidente decepción por la sentencia. 
Vigo consideró que "no es el fallo que esperábamos pero nos satisface haber obtenido una condena de prisión efectiva, ahora aguardaremos los fundamentos del tribunal para estudiar los pasos a seguir y apelar la sentencia". Asimismo, el funcionario judicial insistió en que "tal como sostuvimos durante el debate, entendemos que hubo un homicidio en ocasión de robo, por lo tanto seremos cautelosos y analizaremos detenidamente las razones que llevaron al tribunal a resolver como lo hizo".
En tanto, en los alegatos de clausura de la defensa -el lunes-, al ser solicitada la absolución entre otras cosas se esgrimieron situaciones ligadas a que no hubo homicidio en ocasión de robo, porque Matías Perea no sabía nada del robo, y que no se había probado en el debate su coautoría; que no existió ni se pudo probar, un plan común ni ejecución conjunta; que en algunos sucesos la Fiscalía se había basado en conjeturas; que no fue acreditada violencia alguna en el robo, y sin robo no puede hablarse de homicidio en ocasión de robo; y que Cristian Milessi había reaccionado con la patada destinada a Glaría, por el accidente de tránsito.
El 31 de diciembre del 2019, Perea y Milessi citaron a dos jóvenes en el Parque de los Eucaliptus para acordar la compra de un teléfono celular pero los engañaron y los asaltaron para quitarles de 4 mil pesos. Ambos delincuentes escaparon mientras que las víctimas del robo solicitaron ayuda a Gonzalo Glaría, quien se encontraba detenido en su moto enduro en el semáforo de las avenidas Mitre y Roque Sáenz Peña. Así, se dio una persecución civil a través de avenida Roque Sáenz Peña hacia el sur, después por calle Triunvirato, y al cruzar General Paz, Glaría se puso a la par de la moto en la que se movilizaban los motochorros.
Debido a las maniobras disuasivas de los ladrones, Glaría perdió el control de su moto e impactó con fuerza contra un auto Ford Fiesta estacionado sobre la vereda, por lo que sufrió graves lesiones quedando tendido sobre la calle. En ese marco, Perea volvió al lugar, se bajó de la moto, insultó a Glaría y le arrojó una patada a la cabeza antes de huir.
El joven Glaría falleció horas después en el hospital de la ciudad de Rafaela y a causa de su fallecimiento se inició una causa judicial -que ahora tuvo su etapa con el juicio- en tanto que a comienzos del año 2020 se había registrado una masiva movilización en reclamo de justicia. 

APELACIÓN
Cabe señalar, que en la relación a cómo continuará la causa, trascendió que ante la disconformidad del fallo, tanto la Fiscalía como la defensa anticiparon la posibilidad de interponer un recurso de apelación una vez que se difundan los fundamentos.
En tanto, el Tribunal decidió diferir el cómputo definitivo de la pena impuesta hasta que el fallo obtenga firmeza. 
Asimismo, se dispuso el resguardo del derecho de las víctimas a ser informadas y expresar su opinión durante el proceso de planteo requerido por los condenados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 24.660.

Autor: REDACCION

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