Policiales

Sanatorio y médicos con condena por mala praxis

ROSARIO, 10 (NA). - Un sanatorio de la ciudad de Rosario y dos médicos fueron condenados a pagar una onerosa indemnización por mala praxis por un parto que derivó en graves daños neurológicos a una niña.

El fallo fue emitido por la jueza civil y comercial 4 de Rosario, Silvia Cicuto, quien concluyó que la niña, actualmente de 12 años, sufre "una incapacidad total y permanente", por una actuación "negligente" e "imprudente" por parte de los médicos.

Se concluyó que para que sufra esas consecuencias la niña, llamada Mía, hubo un parto largamente demorado entre el 20 y 21 de junio de 2006 en el Sanatorio de La Mujer, según publicó el diario La Capital este lunes.

La menor sufre actualmente, siempre de acuerdo con el fallo, "severas secuelas neurológicas y retraso motriz", lo que le impide hablar, caminar y hasta sostener la cabeza.


LA MAMA Y

LOS HECHOS

Irina Ansaldi, la mamá de la nena, tras un curso de parto normal en el que se atendía con el obstetra Eduardo Hails, fue a asistirse el 20 de junio de 2006 feriado por la mañana y fue atendida por otra profesional de la misma especialidad, Vanina Dellisanti.

La joven refirió que había sentido contracciones y fuertes dolores desde la noche anterior, la obstetra le realizó un tacto, determinó que no había dilatación y le dijo que vuelva a su domicilio.

Sin embargo, Irina pidió un monitoreo porque no sentía al bebé y le dijeron que recién a las 15:00 iba a haber especialistas para hacerlo.

La chica regresó al sanatorio a las 14:30 con mayores dolores y le realizaron un monitoreo, tras el cual volvieron a enviarla a su casa.

Alrededor de las 21:30, la joven regresó a la clínica con aún mayores molestias y fue atendida por el obstetra que reemplazó a Dellisanti, quien decidió convocar a Hails.

El obstetra titular llegó recién cerca de la medianoche y decidió que como la bebé padecía sufrimiento, se realice una operación de cesárea de forma urgente.

La beba nació con más de 3,7 kilos y fue ingresada a Neonatología con un cuadro que rezaba: "Deprimido moderado, síndrome de distrés respiratorio, distrés cardiopulmonar, hipertensión pulmonar y asfixia perinatal".

Para la jueza, si se había detectado un "cuadro de alteración del bienestar fetal y decidido la cesárea por falta de progresión del trabajo de parto, no se explica por qué se esperó hasta la 1.30 para pasar al quirófano".



 

Autor: REDACCION

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