San Lorenzo fijó su postura luego de la suspensión del partido contra Godoy Cruz: pedirán los puntos del encuentro, que fue suspendido apenas empezó el segundo tiempo por graves incidentes en la popular del Malvinas Argentina de Mendoza.
La comisión directiva del Ciclón, encabezada por el presidente Marcelo Moretti, presentarán el reclamo ante AFA, amparándose en los artículos 80 y 106 del reglamento de transgresiones y penas. A su vez, están molestos porque consideran que se sabía desde hace tiempo de la interna de la barra brava del Tomba y que no se hizo nada para prevenirlo (además, el micro del Cuervo recibió piedrazos y un dirigente resultó herido).
Más allá de eso, la directiva del club de Boedo entiende que es muy difícil que les den los puntos. Los 43 minutos restantes del encuentro, que estaba empatado en 1-1, se disputarían en algún momento (podría ser luego del parate por la Copa América). La decisión está en manos del Tribunal de Disciplina de la AFA.
¿QUE DICE EL REGLAMENTO?
rt. 80º.- MULTAS, SANCIONES O SUSPENSION - Multa de dos a seis fechas, del valor bruto
de la entrada general (precio de venta al público) de 500, según la gravedad del hecho, al club
cuyos socios, parcialidad o público partidario ubicado en los sectores asignados a dicha
institución, en oportunidad de partidos de división superior en certamen de cualquier categoría,
que:
a) Promuevan desórdenes.-
b) Arrojen cualquier clase de proyectiles o de otros elementos que se utilicen como tales.-
c) Agredan por cualquier medio al árbitro, árbitro asistente, asistente deportivo, personal técnico, jugadores o público en general, siempre que el hecho pueda atribuirse a una consecuencia inmediata de la disputa de aquél (se dispute o no el partido) o un partido anterior.
d) Provoquen intencionalmente daños materiales de consideración a las instalaciones del
estadio.-
e) Invadan el campo de juego con una conducta agresiva, o con la intención de provocar la suspensión del partido o bien con el único propósito de obtener una ventaja deportiva.-
f) Incurran en hechos graves y generalizados que impliquen desobediencia o resistencia a la autoridad.-
g) Intenten romper, voltear o escalar los cercos perimetrales.-
Si como consecuencia de los supuestos indicados anteriormente, u otra causa imputable, se impidiere la iniciación del encuentro o su prosecución, se aplicará al/los club/s responsables una deducción de 9 a 30 puntos acreditadas que sean las responsabilidades pertinentes, pudiendo decidirse la pérdida de la categoría o, incluso, la desafiliación por el término de un año con pérdida de la categoría.-
No obstante lo dispuesto en los párrafos precedentes, el Tribunal de Disciplina podrá declarar perdido el partido al equipo del club responsable, o a los dos equipos si existiera culpa concurrente, cualquiera sea el tiempo jugado y la cantidad de goles señalados.
Con información de TyC Sports.com.