Región

Registro de personal no permanente: solicitan cumplimiento de la Ordenanza

FOTO PRENSA CONCEJO//
Crédito: SANTIAGO DOBLER Y CAROLINA GIUSTI// Los ediles autores del proyecto aprobado.

SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- Tal como se adelantara en  la  crónica  de la última sesión del Concejo Municipal, tuvo curso favorable un proyecto que elevara el bloque de Juntos por el Cambio. En la víspera, desde el área prensa del Cuerpo Legislativo se difundió un informe que reproducimos seguidamente.
El Concejo Municipal aprobó el proyecto presentado por el bloque Juntos por el Cambio, integrado por la concejal Carolina Giusti y el edil Santiago Dobler, por medio del cual se solicita al Departamento Ejecutivo que remita el Registro de personal no permanente de la Municipalidad de Sunchales, tal como se estableció en la Ordenanza N° 2940, aprobada en julio de 2021.
También se requiere el cumplimiento del artículo Nº 4 de la misma norma, donde se estableció que la información requerida debe ser publicada mensualmente en la página web oficial del Municipio. “La necesidad de esta Minuta de Comunicación surge del deber de información pública que se tiene que brindar desde el Departamento Ejecutivo Municipal, siendo de suma importancia para poder ejercer correctamente la función de contralor”, expresaron los autores en sus fundamentos.
El Registro de personal no permanente de la Municipalidad fue creado por la Ordenanza Nº 2940, a través de un proyecto presentado oportunamente por la entonces concejal María José Ferrero y acompañado por el Cuerpo Legislativo en pleno.
Según se dispuso, la información debe ser publicada y actualizada mensualmente en la página web de la Municipalidad y elevada de manera trimestral al Concejo Municipal, incorporando en este caso el monto a percibir por cada persona y las modalidades de pago.
Además, el Registro público debe contener la nómina correspondiente, identificando:
-Personal de Gabinete: puesto para el que fue designado, situación de revista y funciones.
-Personal contratado: plazo de contratación y renovación si correspondiese. Asignación de trabajos específicos que por su naturaleza o duración no pueden ser efectuados por el personal permanente, decreto que avala la contratación.
-Personal transitorio: servicios, explotaciones, obras o tareas de carácter temporario, eventual o estacional para las que se contrató, identificando plazo y modalidad de ejecución temporal de dichos trabajos, los que no pueden ser realizados por el personal permanente.






Autor: REDACCION

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