Policiales

Prisión preventiva sin plazos para el tirador de barrio Mosconi

A las 11.30 de la mañana de ayer, en las salas 1 y 2 de los tribunales penales de primera instancia de Rafaela, se llevó adelante una audiencia imputativa y de medidas cautelares a SDF de 60 años, el único imputado por la balacera desatada en barrio Gral. Mosconi en la tarde del lunes último y que desde estas páginas publicamos con el título, "Solitario individuo arremetió a los tiros contra sus vecinos", hecho que dejó al menos cuatro personas heridas y que inmediatamente cobró amplia repercusión en los medios de comunicación provinciales y nacionales.
La audiencia estuvo presidida por el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) Dr. Javier Bottero, en tanto que el Ministerio Público de la Acusación local estuvo representado por la fiscal Dra. Lorena Korakis y actuó como abogado defensor particular de SDF, el Dr. Sergio Fregona. Asimismo actuaron como abogados querellantes representando a tres de las víctimas los Dres. José Silvela y Carlos Farías Demaldé.

SINTESIS
A modo de resumen se puede decir que SDF quedó en prisión preventiva sin plazos -tal como lo había solicitado la Fiscalía- como autor de las tentativas de homicidio cometidas con un rifle en la vía pública de esta ciudad. Así lo resolvió el juez Javier Bottero, al finalizar la audiencia.
A su vez, el juez aclaró que durante el tiempo en el que el imputado esté detenido en un establecimiento penitenciario, podrán solicitarse informes médicos en relación a su estado de salud psicológica y/o psiquiátrica.
La fiscal Korakis consideró al finalizar la audiencia que, “si bien la Defensa ofreció que el hombre sea internado [en un instituto para tratar sus adicciones], el magistrado hizo lugar a nuestro requerimiento”, valoró la funcionaria.

IMPUTATIVA
Al comienzo de la audiencia la fiscal Korakis leyó los hechos imputados, la calificación penal y las evidencias que obran en su poder.
"El 18 de abril de 2022 -dijo Korakis- aproximadamente entre las 15.45 y 16.00, SDF en circunstancias en que se encontraba en el sector del patio delantero y vereda de su domicilio ubicado en calle 26 de enero al 300 de la ciudad de Rafaela, portaba sin la debida autorización legal en condiciones de uso inmediato un arma de fuego tipo rifle semiautomático marca Smith & Wesson calibre 22 con mira telescópica apta para el disparo.
"En las circunstancias mencionadas, SDF en el momento en que advirtió la circulación por las inmediaciones de su domicilio de un automóvil marca Toyota SW4 color blanco, efectuó múltiples disparos mediante el empleo del rifle hacia zonas vitales del cuerpo de su conductora LC y a escasos metros de distancia ocasionando en la misma heridas en miembro superior derecho, en región deltoides y en ambas manos; desplegando tal conducta con voluntad de causar la muerte de LC, no logrando tal objetivo por circunstancias ajenas a su voluntad.
"Con posterioridad, SDF en el momento en que advirtió la presencia de su vecino WS (29) con su hijo menor de edad AS (10) y de PS (46) en el exterior de sus viviendas, efectuó múltiples disparos con el arma hacia zonas vitales de los cuerpos de los mismos, y a una distancia no mayor a 24 metros; ocasionando a WS lesiones en región maxilar, tórax y brazo derecho; al niño escoriaciones en región facial y codo; y a PS heridas en el muslo derecho con entrada y salida del proyectil".
Según destacó la fiscal, “el imputado no logró su objetivo letal por razones ajenas a su voluntad. Finalmente cuando personal policial arribó al lugar SDF apuntó el arma que portaba hacia el oficial de Policía MV y los suboficiales EC y SG con fines intimidatorios".
"Los hechos así atribuidos -siguió Korakis- son calificados jurídico-penalmente como portación indebida de arma de fuego de uso civil, homicidio agravado por el empleo de arma de fuego en grado de tentativa reiterados, y atentado agravado contra la autoridad, en calidad de autor y con concurso real entre sí", concluyó la Fiscal.
En representación de las víctimas querellantes, WS, RE y AS, el Dr. José Silvela señaló a La Opinión que, "Coincidimos en cuanto a la calificación penal que hace la Fiscalía en relación al homicidio en grado de tentativa. Es un hecho de gran magnitud y que por suerte no se convirtió en una catástrofe. También coincidimos en la calificación de portación indebida de arma de fuego de uso civil", señaló.
"Las penas en expectativa son, para éste último delito -agregó el letrado- de 1 a 3 años de prisión de ejecución efectiva y para la tentativa de homicidio de 8 a 25 años de prisión. Nosotros consideramos pertinente después de lo que resuelva el Juez, sentarnos con la Fiscalía a trabajar en conjunto a los fines de buscar la mejor respuesta ante este hecho", concluyó.

PALABRAS DEL
IMPUTADO

Finalizada la lectura de la imputativa de la fiscal Korakis, en un hecho poco habitual, el imputado SDF pidió hacer uso de la palabra y anticipó el rumbo que tomaría la estrategia de la Defensa de pedir la inimputabilidad del tirador de barrio Mosconi o su inmediato tratamiento médico, debido a "sus adicciones", a que "no estaba en sus cabales ni tenía voluntad", y que "no podía comprender la criminalidad de sus actos".
SDF expresó lo que sigue.
* "No me acuerdo de nada de lo que ocurrió -dijo- ni cual fue el motivo por el que salí de mi domicilio". "Creí que mi mamá me estaba despertando de la siesta y de repente vi a 20 personas (los policías) arriba mío".
* "No fue mi voluntad causar daños a terceros. No soy una persona de estar armada".
* "Consumo sustancias [estupefacientes] y puede ser que me haya sacado de tiempo y de contexto".
* "Pido disculpas a la sociedad, no tuve voluntad de causar daños. Son mis vecinos y nunca tuve problemas con ellos, al contrario, almorcé y compartí muchos momentos con ellos".
* "No se qué me pasó ni tengo nada contra nadie. No apunté a nadie en especial", finalizó.

ENERGICA
DEFENSA

En la segunda parte de la audiencia, la correspondiente a definir las medidas cautelares que resolvería el juez Bottero, el abogado defensor Sergio Fregona, realizó una enérgica defensa de su pupilo, basándose todo el tiempo en la inimputabilidad probable de SDF y la necesidad de que en vez de ir a una cárcel vaya a un centro de rehabilitación de sus adicciones, las cuales habrían sido la causa de todo el "brote psicótico" de SDF según lo definió su propio abogado: "Con el brote psicótico que sufrió yo quiero que tenga asistencia psiquiátrica -dijo Fregona-".
El defensor repasó asimismo algunas características de su defendido, que sostienen su tesis de un tratamiento médico en lugar de la prisión preventiva.
* Después de aludir a varias tragedias familiares que sufrió el imputado, su abogado expresó que "la voluntad de SDF estaba viciada, y todo delito penal requiere de voluntad".
* "La cantidad de cocaína, alcohol y marihuana encontrada en su cuerpo nos va a llamar la atención. En su pieza había cocaína por todas partes".
* "SDF no estaba en sus cabales. No tenía voluntad", dijo. Presentó en ese acto un informe psiquiátrico que respaldaba sus dichos sobre los trastornos relacionados con el alcohol, el tabaco y la cocaína de su defendido fechado ayer 21 de abril. Dice que, "los trastornos pueden ir acompañados de ideas delirantes y alucinaciones. La aparición de esos síntomas depende de la dosis [de estupefaciente consumido] recomendando tratamiento médico e internación".
* "Es delirante su conducta [...] No pudo comprender la criminalidad del acto. Por eso pido que se conforme una junta especial de salud mental que diga si mi cliente comprende los actos que cometió". "Estamos buscando una Clínica que acepte su obra social. En una celda no sabemos como puede terminar. Su psiquiatra dice que debe ser internado, esto recién empieza", cerró.

RESOLUCION
JUDICIAL
Al finalizar la audiencia el juez Javier Bottero resolvió ordenar la prisión preventiva sin plazos para SDF.
Entre otros puntos el Juez consideró que, se discute "la imputabilidad o no de SDF. El artículo 34 del Código Penal se refiere a la «inimputabilidad en el momento del hecho», pero la fecha del certificado médico -21/4/2022- es de otro momento", señaló el magistrado.
Continuó Bottero, "Es prematuro sostener que SDF es inimputable. Hoy con las evidencias que tengo me dicen que es plenamente capaz. En este momento SDF es imputable. Están presentes los riesgos procesales y sobre todo el entorpecimiento probatorio. Sus vecinos están vivos por fortuna", indicó.
El último aspecto fundante de su decisión, según refirió el juez Javier Bottero es que "la Defensa no ofrece un lugar para internar al imputado, y el Servicio Penitenciario puede suministrarle la medicación que necesite", sostuvo, indicando asimismo que mientras el imputado esté privado de su libertad podrán solicitarse informes médicos relativos a su salud psicológica periódicamente.

Autor: REDACCION

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