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El Gobierno prohibió la exportación de carnes por cortes y no por cupos, según lo establece en el decreto denominado 

“Administración de exportaciones para lograr un equilibrio entre mercado interno y externo”, con el objetivo de proteger a los consumidores y dar previsibilidad a la producción -al menos desde la óptica oficial-. También implementa el nuevo sistema de desposte de cortes para fomentar la mano de obra.

En este marco, la prohibición de exportaciones de determinados cortes sale por decreto del Presidente de la Nación, mientras que la liberación de categorías salen por resolución del Ministerio: vacas D y E (Art 2 301/2021) y toros (Art 3 301/2021), huesos (Art 4).

Por Art. 14 resol 301/2021, la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario seguirá autorizando el volumen de exportaciones de carne vacuna, y tendrá a consideración los informes del “Observatorio de la Producción de la Carne Vacuna” que se crea en el art 12 y 13.

En tanto, la resolución 302/21 versa sobre la apertura de inscripciones para exportaciones de carne vacuna para plantas faenadoras o procesadoras no incluidas en junio 2021, y para grupos de productores, que quieran exportar en el 2022.

A su vez se dictó la resolución Conjunta entre Ministerio de Desarrollo y Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca - Resol Nro 10/2021- que determina que las carnes vacunas destinadas al comercio minorista deben salir de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kg, atendiendo a la solicitud de las entidades gremiales del sector. Para cumplir con estos requisitos se otorgan plazos de hasta 6 meses.

Autor: REDACCION

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